Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 24/2/2000

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Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 21 de enero de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la Resolución adoptada por la Consejera resolviendo el recurso administrativo interpuesto por don José Manuel Mingorance Comino, en representación de la entidad Campo Príncipe, SL, contra la Resolución recaída en el expediente sancionador núm. GR-17/98-EP.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don José Manuel Mingorance Comino, en representación de la entidad «Campo Príncipe, S.L.¯, contra la Resolución del Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación y Recursos de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva,, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

«En la ciudad de Sevilla, a seis de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

Visto el recurso interpuesto y en base a los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. Por la Inspección de Juegos y Espectáculos Públicos fue formulada denuncia contra la entidad "Campo Príncipe, S.L.", respecto al establecimiento denominado "Al Kebir", sito en C/ Nevot de San Cecilio, 24, de Granada, por haber celebrado una fiesta fin de año, los días 31.12.97 y 1.1.98, careciendo de la correspondiente autorización administrativa.

Segundo. Tramitado el procedimiento en la forma legalmente prevista, el día 3 de abril de 1998 se dicta Resolución por la que se imponía una sanción consistente en multa de 150.000 ptas. por la comisión de una infracción administrativa a lo dispuesto en los artículos 8.1 y 23.d) de la Ley Orgánica

1/1992, de 21 de febrero, sobre protección de la seguridad ciudadana.

Tercero. Notificada oportunamente la resolución sancionadora, el interesado interpone recurso, cuyas argumentaciones se dan por reproducidas al constar en el correspondiente expediente administrativo.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I

A tenor de lo dispuesto en el artículo 39.8 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, resulta competente para la resolución del presente recurso la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia.

II

De acuerdo con lo previsto en el artículo 114.2 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo para la interposición de recurso ordinario contra las resoluciones administrativas es de un mes, a partir, según su artículo 48, apartado 4, del día de su notificación. El apartado 2 del citado artículo 48 dispone que si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán de fecha a fecha. Por tanto, una interpretación literal de los citados preceptos hace concluir que el recurso ordinario interpuesto es extemporáneo y ha prescrito el derecho a recurrir, dado que, como consta en el expediente administrativo, la Resolución recurrida se notifica en fecha 13 de abril de 1998 por aviso de recibo de la Oficina de Correos, y el recurso ordinario se interpone en fecha 14 de mayo de 1998 mediante presentación en el Registro General de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada.

Vistos la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre

Protección de la Seguridad Ciudadana, y demás normas de especial y general aplicación, resuelvo no admitir el recurso ordinario interpuesto fuera de plazo, confirmando la Resolución recurrida.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa. El Secretario General Técnico, P.D. (Orden

11.12.98). Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos¯.

Sevilla, 21 de enero de 2000.- El Secretario General

Técnico, Rafael Cantueso Burguillos.

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