Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 11/03/2000

1. Disposiciones generales

Consejería de Asuntos Sociales

ORDEN de 18 de febrero de 2000, por la que se convoca la adjudicación de plazas de nuevo ingreso en las Guarderías Infantiles gestionadas por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales para el curso 2000/2001 y se hacen públicos los precios que regirán en las mismas.

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El Decreto 61/1990, de 27 de febrero, por el que se establece el sistema de adjudicación de plazas de Guarderías Infantiles gestionadas por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales, modificado por el Decreto 40/1993, de 13 de abril, prevé en su artículo 5 que anualmente se procederá por la Consejería de Asuntos Sociales a realizar la convocatoria para la adjudicación de plazas de nuevo ingreso en dichas Guarderías Infantiles para cada curso.

Por otra parte, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de junio de 1993, por el que se fija la cuantía de los precios públicos en las Guarderías Infantiles del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, establece, en el último párrafo de su artículo 2, la actualización automática de dichos precios, en función de las variaciones del Indice de Precios al Consumo, que deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

A fin de dar cumplimiento a dichos preceptos, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y a propuesta de la Directora Gerente del Instituto Andaluz de Servicios Sociales,

D I S P O N G O

Artículo 1. Objeto.

Mediante la presente Orden se convoca la adjudicación de plazas de nuevo ingreso en las Guarderías Infantiles gestionadas por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales para el curso

2000/2001.

Artículo 2. Solicitudes y documentación.

1. Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo oficial que figura como Anexo a esta Orden, y que estará a disposición de los interesados en las Guarderías Infantiles y en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales.

2. Se deberá aportar, junto a cada solicitud, la siguiente documentación:

a) Fotocopia del libro de familia o, en su defecto, partida de nacimiento.

b) Documentación acreditativa de los ingresos netos que realmente perciban los distintos miembros de la unidad familiar.

c) Justificantes de las demás circunstancias alegadas.

Artículo 3. Plazo y lugar de presentación.

1. El plazo de presentación de solicitudes de nuevo ingreso en las Guarderías Infantiles gestionadas por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales para el curso 2000/2001 será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.2. Las solicitudes serán presentadas en la Guardería que se haya señalado en las mismas como preferente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 4. Procedimiento de adjudicación.

La adjudicación de las plazas se efectuará conforme al

procedimiento y baremos aprobados por el Decreto 61/1990, de 27 de febrero, por el que se establece el sistema de adjudicación de plazas de Guarderías Infantiles gestionadas por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales, modificada por el Decreto

40/1993, de 13 de abril.

Artículo 5. Precios públicos.

La cuantía mensual a abonar por las familias de los usuarios de las Guarderías Infantiles, en concepto de participación en el coste de financiación de los servicios, queda actualizada en función de las variaciones experimentadas en el Indice de Precios al Consumo con arreglo al siguiente baremo:

RNPCF igual o inferior a 484.890 ptas. (1/2 SMI): 0 ptas. RNPCF entre 484.891 ptas. (1/2 SMI) y 727.335 ptas. (3/4 SMI):

3.760 ptas.

RNPCF entre 727.336 ptas. (3/4 SMI) y 969.780 ptas. (1 SMI):

7.521 ptas.

RNPCF entre 969.781 ptas. (1 SMI) y 1.454.670 ptas. (1,5 SMI):

12.533 ptas.

RNPCF entre 1.454.671 (1,5 SMI) y 1.939.560 ptas. (2 SMI):

18.802 ptas.

RNPCF superior a 1.939.560 (2 SMI): 25.066 ptas.

RNPCF: Renta Neta Per Cápita Familiar.

SMI: Salario Mínimo Interprofesional establecido para el año

1999.

Disposición Transitoria Unica. Solicitudes de reserva de plazas.

Las solicitudes de reserva de plazas presentadas en el modelo anteriormente vigente tendrán el mismo régimen y efectos que las formuladas según el modelo que figura como Anexo a la presente Orden.

Disposición Final Primera. Instrucciones y medidas de

ejecución.

Se faculta a la Directora Gerente del Instituto Andaluz de Servicios Sociales para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias de ejecución de esta Orden.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 18 de febrero de 2000

ISAIAS PEREZ SALDAÑA

Consejero de Asuntos Sociales

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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