Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 23/03/2000

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Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 1 de febrero de 2000, por la que se autorizan tarifas de taxis de Jaén. (PP. 232/2000).

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De conformidad con lo establecido en el Decreto/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, y en los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 1986 y de 26 de noviembre de 1996,

DISPONGO

Autorizar las Tarifas de Taxis, que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ASOCIACION GREMIAL PROVINCIAL DE AUTO-TAXI DE JAEN

Concepto/Tarifas autorizadas IVA incluido

Tarifa 1

Por bajada de bandera 146 ptas.

Por km recorrido 81 ptas.

Hora de espera 2.009 ptas.

Carrera mínima 371 ptas.

Tarifa 2

Por bajada de bandera 180 ptas.

Por km recorrido 102 ptas.

Hora de espera2.510 ptas.

Carrera mínima 463 ptas.

Esta tarifa es de aplicación a Servicios prestados en días laborables de 22 a 6 horas, sábados a partir de las 15 horas, domingos y festivos las 24 horas, Ferias (junio y octubre), Navidad, Reyes y Semana Santa.

Tarifa 3

Por km recorrido 162 ptas.

Hora de espera 2.009 ptas.

Carrera mínimaSegún tarifa de aplicación

Esta tarifa es de aplicación a los Servicios fuera de los límites del casco urbano y hasta el límite del término municipal de Jaén.

Suplementos

Por bulto o maleta de más de 60 cm 50 ptas.

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 1 de febrero de 2000

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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