Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 06/04/2000

1. Disposiciones generales

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 6 de marzo de 2000, de la Dirección General de Comercio, Consumo y Cooperación Económica, por la que se convocan becas para la formación de expertos en Comercio Interior para el año 2000, y se abre el plazo para solicitar ser entidad colaboradora.

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A tenor de lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden de 24 de febrero de 1998, de la Consejería de Trabajo e Industria, por la que se regulan las bases que han de regir la convocatoria, selección y realización de becas de Comercio Interior, y en virtud de las atribuciones que me están conferidas,

RESUELVO

Primero. Convocar para el año 2000 veinte becas de Comercio Interior, que tendrán la siguiente cuantía:

a) 1.224.000 pesetas (un millón doscientas veinticuatro mil pesetas) para los becarios que, por el destino asignado, no necesiten trasladarse de la provincia donde tengan su lugar de residencia.

b) Incremento del 20% sobre la cantidad recogida en el apartado anterior cuando el adjudicatario se viera obligado a trasladarse de la provincia donde tenga su residencia debido al destino asignado, según lo indicado en el artículo 3.3 de la Orden de 24 de febrero de 1998, por la que se han de regir las bases para la convocatoria, selección y realización de becas de Comercio Interior, siempre que las disponibilidades presupuestarias así lo permitan.

Segundo. Los Centros de destino serán centros de trabajo de las Administraciones autonómica, estatal, local o educativa o de otras Corporaciones de derecho público, organizaciones empresariales y sindicales entre cuyos objetivos se encuentre el de la defensa, mejora o promoción del sector comercial andaluz, Cámaras Oficiales de Comercio, así como empresas comerciales, debiendo tener todas las entidades enunciadas anteriormente establecimientos en Andalucía, reservándose la Consejería de Trabajo e Industria un mínimo de dos becarios.

Las localidades de disfrute de las becas dependerán de las necesidades de las entidades colaboradoras, siendo éstas siempre dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. El Tribunal de Selección a cuyo cargo estará el proceso selectivo, estará integrado por las siguientes personas:

- Presidenta: Doña Ana Isabel Moreno Muela, Jefa del Servicio de Análisis y Planificación Comercial de la Dirección General de Comercio, Consumo y Cooperación Económica.

- Vicepresidenta: Doña Irene Rodrigo Calvo, funcionaria del Servicio de Análisis y Planificación Comercial la Dirección General de Comercio, Consumo y Cooperación Económica.

- Secretario: Don José Antonio Sanz Serrano, funcionario del Servicio de Análisis y Planificación Comercial de la Dirección General de Comercio, Consumo y Cooperación Económica.

- Vocal: Doña María José Díaz Orellana, funcionaria destinada en el Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Trabajo e Industria.

Cuarto. El plazo para la presentación de las solicitudes para participar en el proceso selectivo de la adjudicación de las becas será de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Los interesados cumplimentarán, por duplicado ejemplar, el modelo de solicitud que se acompaña a la presente Resolución como Anexo I y que se aprobó en la Orden de

24 de febrero de 1998, por la que se regulan las bases que han de regir la convocatoria, selección y realización de becas de Comercio Interior, que se presentarán en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Trabajo e Industria o en los demás órganos y oficinas que correspondan, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. Las empresas, asociaciones o instituciones interesadas en adquirir la condición de entidad colaboradora presentarán solicitud conforme al modelo que se adjunta a la presente Resolución como Anexo II, que se aprobó en la Orden indicada en al apartado anterior, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las solicitudes se presentarán en las Delegaciones Provinciales de la

Consejería de Trabajo e Industria o en los demás órganos y oficinas que corresponda, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto. Las becas que se convocan por la presente Resolución se regirán por lo dispuesto en la Orden de 24 de febrero de 1998, de la Consejería de Trabajo e Industria, por la que se regulan las bases que han de regir la convocatoria, selección y realización de becas de Comercio Interior.

Sevilla, 6 de marzo de 2000.- El Director General, P.S. (Decreto 316/96, de 2.7), El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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