Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 02/05/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 27 de marzo de 2000, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hacen públicos los listados provisionales de admitidos y excluidos para la concesión de anticipos al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, ejercicio de 2000.

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Examinadas las solicitudes relativas a anticipos reintegrables para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía en el presente ejercicio económico, se comprueban los siguientes

HECHOS

Unico. A la vista de las solicitudes recepcionadas en esta Dirección General, se han detectado errores u omisiones en algunas de ellas, al no adjuntarse a las mismas la documentación necesaria conforme a las normas que regulan el anticipo reintegrable.

A este Hecho le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de 14 de diciembre de 1992 (BOJA del día 24), modificada parcialmente por la de 1 de octubre de 1993 (BOJA del día 14), que regula la concesión de los anticipos reintegrables para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, en cuya Disposición Final Primera se fija la competencia para conocer y resolver en el asunto a favor de la Secretaría General para la Administración Pública, la cual ha sido delegada a esta Dirección General mediante Resolución de 10 de diciembre de

1996 (BOJA del día 28).

II. Artículos 2, 6 y 9 y siguientes de la misma Orden, mediante los que se establecen el plazo de presentación de solicitudes, que comprende los días 5 al 20 de febrero de cada año, ambos inclusive, así como los requisitos que han de acreditarse y la documentación que ha de aportarse para ser beneficiario del anticipo.

III. Artículo 13 del mismo texto legal, por el que se establece que, una vez elaborados los listados de admitidos y excluidos, se publicará una Resolución provisional contra la que los interesados podrán interponer reclamación en el plazo de diez días hábiles, pudiéndose, en el mismo plazo, subsanar los defectos detectados en las solicitudes.

En base al Hecho y los Fundamentos de Derecho expuestos y demás de general aplicación, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Publicar los listados provisionales del personal funcionario y no laboral y del personal laboral admitido para la concesión de anticipos reintegrables en el ejercicio económico de 2000, así como del personal excluido de esta ayuda, con indicación de las causas de exclusión, quedando a tales efectos expuestos en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía de las distintas provincias.

Segundo. Conceder plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, para que los interesados presenten las reclamaciones que estimen pertinentes en relación al contenido de los listados que se publican y, en su caso, subsanen los defectos padecidos en su solicitud o en la documentación preceptiva.

Dichas reclamaciones se presentarán en los Registros Generales de las Consejerías y Organismos Autónomos y sus Delegaciones en las distintas provincias, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 27 de marzo de 2000.- El Director General, Vicente Vigil-Escalera Pacheco.

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