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La Orden de 3 de enero de 2000, que regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones en materia de infraestructura turística, establece, en su artículo 10.5, el plazo de resolución de las solicitudes de subvención en tres meses.
Ante el elevado número de expedientes tramitados que imposibilita el cumplimiento de dicho plazo, y al amparo de lo previsto en el artículo 42.6 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Delegación Provincial acuerda ampliar el plazo de resolución de los expedientes que se tramitan en tres meses más del plazo previsto.
Almería, 24 de mayo de 2000.- El Delegado, P.V. (Decreto 21/85,
5.2), El Secretario General, José López García.
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