Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 27/06/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 283/2000, de 31 de mayo, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz), de una parcela sita en la Barriada Blas Infante de la citada localidad, con destino a la construcción de un Centro de Educación Secundaria, y se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia.

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Por el Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía la parcela F-3 del Polígono Ardila, ubicada en la Barriada Blas Infante de dicho municipio, con destino a la construcción de un Centro de Educación Secundaria, que se realizará en dicha parcela y sus colindantes, F-4 y F-5, que son propiedad de la Comunidad Autónoma.

Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 31 de mayo de 2000,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz) de la siguiente finca:

Parcela de terreno F-3, de forma rectangular, en término de esta ciudad, al sitio denominado Polígono «La Ardila¯, con superficie aproximada de 5.900 m. Linda: Al Norte, con parcela F-4; al Sur, con vía peatonal que la separa de las parcelas F-

1, F-2 y F-9; al Este, con la parcela F-5; y, al Oeste, con vial del Polígono.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de San Fernando, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de dicha ciudad, al folio 148, del tomo 567, libro 567, finca 24.716.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública que será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la citada Ley del Patrimonio, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la finca donada, que se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a la construcción de un Centro de Educación Secundaria.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 31 de mayo de 2000

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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