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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada, con fecha 29 de marzo de 2000, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número Uno de Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo núm./2000, promovido por Banco Español de Crédito, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor.
FALLO
Que debo estimar y estimo parcialmente el recurso contencioso- administrativo interpuesto por el Banco Español de Crédito contra Resolución de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía de fecha 11 de octubre de 1999, en el sentido de considerar cometida una sola de las infracciones allí confirmadas, la prevista en el art..5 del Estatuto de los Trabajadores, reduciendo las sanciones impuestas, por consiguiente, a una sola de 10.000 ptas. Sin costas.
Sevilla, 13 de junio de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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