Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 22/07/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 30 de marzo de 2000, de la Junta de Provincial de Hacienda de Huelva, por la que se resuelve la reclamación económico-administrativa, correspondiente al expediente 16/97 a nombre de don Jorge Luis Sala Turrens.

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Presidente: Ilmo. Sr. don Juan Masa Parralejo, Delegado Provincial de Hacienda.

Vocales:

Doña Carmen Morón Socias, Interventora Provincial. Don Juan A. Garrido Feria, Jefe Servicio de Gestión de I.P. Vocal-Ponente.

Don Pedro Pérez González-Toruño, Letrado de la Junta.

Secretario:

En Huelva a 30 de marzo de 2000, reunida la Junta Provincial de Hacienda, para ver y fallar en única instancia la reclamación económico-administrativa, interpuesta por don Jorge Luis Salas Turrens, contra liquidación por recurso cameral permanente, por importe de 3.767 pesetas.

A N T E C E D E N T E S

Que por Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, se remite Resolución, declarándose incompetente para conocer de reclamación interpuesta contra recurso cameral, entre cuyos documentos figura un escrito del interesado interponiendo solamente la reclamación.

Dado trámite de alegaciones, no se formula ninguna.

CONSIDERACIONES JURIDICAS

Primera. Que el presente recurso, interpuesto en tiempo y forma y por persona legitimada para ello, siendo competente territorial y funcionalmente, por la materia, esta Junta Provincial, para conocer en única instancia, ello conforme a lo que se determina el Decreto 175/87, de 14 de julio, de la Junta de Andalucía, ello en relación con el R.D. 391/96, de 1 de marzo, que aprueba el Reglamento de las Reclamaciones Económico-Administrativas.

Segunda. Que ante la falta de alegaciones que concrete la fundamentación del reclamante, se desconoce cual es la causa de la reclamación, aunque se conozca el objeto, por lo que ha de desestimarse la reclamación.

Tercera. Que en el presente caso, se está ante la ausencia de motivos del recurso, por cuanto dado trámite de alegaciones, no se formuló ninguna, por lo que ha de mantenerse el acto impugnado.

En consecuencia con lo expuesto, esta Junta Provincial acuerda: Desestimar la presente reclamación, confirmándose las liquidaciones recurridas.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, en el plazo de dos meses, a partir de la notificación de la presente.

Huelva, 30 de junio de 2000.- El Presidente, El Secretario, Los Vocales. Firmado y rubricado.

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