Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 25/07/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 14 de junio de 2000, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, con carácter genérico, de la iglesia de Nuestra Señora de la Misericordia, de Almócita (Almería).

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I. La Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla una serie de mecanismos jurídico- administrativos y de conocimiento, cuyo objetivo es facilitar, esencialmente, la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.

Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación de los mismos.

La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura, a la que compete la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.

II. Por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico se propone la inscripción genérica en dicho Catálogo General de la Iglesia de Nuestra Señora de la Misericordia, de Almócita (Almería), de acuerdo con el artículo 7.1 de la Ley 1/1991, de

3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, y el artículo.2 del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía.

La Iglesia de Nuestra Señora de la Misericordia, de Almócita (AImería), permite explicar los avatares históricos de la localidad, siendo importante elemento configurador de su trama urbana en la que destaca, sin construcciones adosadas, por su volumen y la textura y color de sus paramentos. Constituye un ejemplo significativo de la pervivencia de tipologías mudéjares en el barroco.

Vista la propuesta del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, y de conformidad con lo establecido en el artículo

9.1 y 2 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, y en el ejercicio de sus competencias, según lo establecido en el artículo 5.1 del Decreto 4/1993, de

26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, y el artículo 5 del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Incoar el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andeluz, con carácter genérico, de la Iglesia de Nuestra Señora de la Misericordia, de Almócita (Almería), cuya identificación y descripción figuran como Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Proceder, de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, a la anotación preventiva de dicho inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.3, esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción genérica.

Tercero. Según lo previsto en el artículo 15 de la Ley/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucia, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

Cuarto. Según lo dispuesto en el artículo 33.2 de la Ley antes citada, en el supuesto de inmuebles objeto de inscripción genérica, la Consejería de Cultura podrá exigir la suspensión de actuaciones o transformaciones de los mismos por espacio de treinta dias hábiles con el fin de decidir sobre la

conveniencia de incluirlos en alguna de las tipologías de inscripción específica.

Quinto. Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor. La tramitación del expediente se llevará a cabo por la Delegación Provincial de la Consejeria de Cultura en Almería, conforme a lo dispuesto en la

Resolucion de 1 de junio de 1999 de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico en las Delegaciones Provinciales de la Consejeria.

Sexto. Que la presente Resolución sea notificada por la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura en Almería a los propietarios del bien, a los titulares de otros derechos y al Ayuntamiento de Almócita (Almería), conforme al artículo del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, con las indicaciones previstas en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptimo. Que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme al artículo 11 del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Proteccion y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, sirviendo, además, dicha publicación de

notificación a los efectos establecidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para los interesados desconocidos en este

procedimiento.

Sevilla, 14 de junio de 2000.- El Director General, Julián Martínez García.

A N E X O

Identificación.

Denominación: Iglesia de Nuestra Señora de la Misericordia. Localización: Almócita (Almería).

Fecha de construcción: Reedificada a fines del siglo XVII, consagrada en 1703.

Estilo: Barroco.

Descripción:

Iglesia construida en aparejo mixto de sillares y mampostería, posee una sola nave y cabecera de testero plano a la que se adosan un cuerpo de reducidas dimensiones, que sirve de sacristía en planta baja y coro en la alta, y la torre

campanario, de la que se conservan los dos primeros pisos.

La nave de la iglesia carece actualmente de cubierta en un primer tramo tras la portada de los pies; el segundo se cubre mediante techumbre plana de vigas de hormigón. Se conserva la cubierta correspondiente a la cabecera, que presenta armadura de madera a cuatro aguas con decoración de lacería y limas moamares.

En el centro de la fachada Sur, elevada sobre una escalinata, se sitúa la portada principal formada por un arco de medio punto enmarcado por molduras sobre el que aparece una

hornacina flanqueada y rematada por volutas, sobre la cual figura el anagrama de María y una corona.

En el muro Oeste existe otra portada de composición semejante a la principal: Un arco de medio punto enmarcado por molduras sobre cuya cornisa hay dos flameros en los extremos y dos volutas en el centro, que se rematan por una cruz de la Orden de Malta.

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