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Finalizado el plazo de vigencia del 4.º Acuerdo de Concertación Social de Andalucía, Pacto por el Empleo y la Actividad Productiva, se han valorado muy positivamente los resultados del Programa de Fomento del Empleo estable, regulados en el Decreto 199/97 y desarrollado por la Orden de
30 de septiembre de 1997, por ello y toda vez que por Decreto
119/00, de 18 de abril, se modificó el referido Decreto estableciendo la finalización de los plazos de los Programas de Empleo una vez transcurridos 3 meses desde su publicación, resulta oportuno y conveniente prorrogar el plazo de presentación de ayudas para el citado programa, al objeto de no interrumpir el ritmo favorable de creación de empleo, y ello por haberse prorrogado la vigencia del IV Acuerdo de Concertación Social, de conformidad con los Agentes Sociales y Económicos firmantes de dicho Acuerdo.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 28 de julio de 2000,
DISPONGO
Artículo único. Se modifica la Disposición Transitoria Tercera, añadiéndose al final un nuevo párrafo en el sentido siguiente: «excepto las ayudas al empleo estable, desarrolladas por la Orden de 30 de septiembre de 1997, que podrán presentarse hasta el 31.12.00¯.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Se autoriza al Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico para dictar cuantas Disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.
Segunda. El presente Decreto entrará en vigor el día 14 de agosto de 2000.
Sevilla, 28 de julio de 2000
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSE ANTONIO VIERA CHACON
Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico
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