Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 19/08/2000

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 27 de julio de 2000, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos y la relación de seleccionados correspondientes al concurso extraordinario de acceso a la condición de personal laboral de carácter indefinido en plazas pertenecientes al Instituto Andaluz de la Mujer, convocado mediante Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de 17 de febrero de 2000 (BOJA núm., de 7 de marzo).

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Culminado el proceso selectivo de personal laboral indefinido de nuevo ingreso convocado mediante la Orden referenciada y en cumplimiento de lo establecido en las Bases Novena y Décima de la Convocatoria, corresponde ahora, por una parte, elevar a definitivos los listados provisionales de admitidos y excluidos al concurso, hechos públicos mediante Resolución de este Organismo de fecha 31 de mayo de 2000 (BOJA núm. 75, de 1 de julio ), y por otra, aprobar la relación de seleccionados. Junto a ello, se hacen públicos los destinos a cubrir.

En su virtud, y de conformidad con la delegación de competencias realizada en este Organismo por la Consejería de Gobernación y Justicia mediante lo dispuesto en la Base Primera, apartado 6.º, de la Convocatoria, DISPONGO

Primero. Elevar a definitiva la relación de aspirantes admitidos y excluidos, que quedará expuesta, con indicación de las causas de exclusión, en los tablones de anuncio de las sedes de los Servicios Centrales del Instituto Andaluz de la Mujer de Sevilla y Málaga, sitos en las calles Alfonso XII, de Sevilla, y San Jacinto, 7, de Málaga, respectivamente, y de los Centros de la Mujer adscritos a este Organismo en las distintas provincias, de conformidad con lo dispuesto en la Base Octava, apartado 3.º, de la Convocatoria. Segundo. Aprobar la relación de aspirantes seleccionados de acuerdo con la propuesta efectuada por la Comisión de Selección. Dicha relación se publica, mediante Anexo I de la presente Resolución, con indicación de la puntuación obtenida y del orden derivado de la misma. El personal seleccionado será contratado en régimen de contratación indefinida y adscrito, con carácter provisional, a un destino de la categoría en la que hubiera resultado adjudicatario. Tercero. Publicar, mediante su inclusión en el Anexo II, la relación de destinos a cubrir por los aspirantes seleccionados que en el momento de la publicación de la presente Resolución no mantengan una relación laboral temporal vinculada a los programas de contratación del Capítulo VI del Presupuesto de Gastos de este Organismo. Quienes, en el momento antedicho, estén contratados en los mencionados programas en las mismas categorías en que hubieren resultado seleccionados continuarán adscritos provisionalmente a los mismos centros de destino que vinieren ocupando, quedando exentos de solicitar destino. Cuarto. Los aspirantes seleccionados que, de acuerdo con lo establecido en el punto anterior, deban participar en la adjudicación de destinos presentarán, en los registros de entrada de este Organismo o en los Centros de la Mujer de las distintas provincias, solicitud de destino indicando el Grupo y categoría donde hayan resultado seleccionados y destino a que aspiren con expresión del orden de preferencia. El plazo de solicitud se computará desde el día siguiente al de la publicación en BOJA de esta Resolución hasta el día 20 de septiembre de 2000.

Quinto. En cumplimiento de lo ordenado en la Base Décima de la Convocatoria, los adjudicatarios que no tengan la condición de personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía deberán presentar, en el mismo lugar y plazo establecidos en el apartado anterior, junto a la solicitud de destino, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título académico oficial que, de acuerdo con lo regulado en la Base Segunda de la Convocatoria, sea necesario para ser seleccionado en la categoría correspondiente o de la titulación profesional, expedida por el Inem, o del contrato de trabajo y certificado de la empresa en el caso de que dicho título sea suplido mediante formación laboral o experiencia laboral equivalentes, respectivamente, compulsado según lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de noviembre).

b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio. Los aspirantes que accedan mediante la opción de minusválidos deberán presentar certificado de los órganos competentes del Instituto Andaluz de Servicios Sociales u organismos similares de otras Administraciones Públicas que acredite tal condición, especifique el grado de minusvalía padecida y la capacidad para desempeñar las funciones del destino que solicite.

c) Declaración o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Declaración jurada de no desempeñar ningún puesto en el sector público ni realizar actividad privada incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad.

e) Fotocopia compulsada por ambas caras del Documento Nacional de Identidad.

f) Fotocopia compulsada de la Cartilla de la Seguridad Social. Quienes tengan la condición de personal en situación de activo de la Administración de la Junta de Andalucía quedan exentos de presentar los documentos referidos.

Los seleccionados que presten servicios en otras

Administraciones Públicas podrán suplir los documentos

anteriormente referidos mediante la presentación de

certificación acreditativa del cumplimiento de los requisitos correspondientes.

La falta de presentación en plazo de la documentación exigible implicará la renuncia al Concurso quedando anuladas las actuaciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto. Mediante Resolución de este Organismo Autónomo se adjudicarán los destinos provisionales a quienes estuvieren obligados a solicitarlos. El plazo máximo para la

formalización de los contratos será de diez días a partir de la finalización del plazo de solicitud de destinos y

presentación de documentación, salvo que, en su caso, se establezca otro distinto en la resolución de adjudicación de destinos. En todos los casos, los efectos de los contratos se iniciarán el día 1 de enero de 2001.

Séptimo. Los aspirantes seleccionados se personarán en la sede de este Organismo o de sus Centros Provinciales donde hubieren obtenido destino a fin de formalizar el contrato y realizar los demás trámites que resulten necesarios. La no

comparecencia en el plazo señalado, sin causa que lo

justifique, supondrá el desistimiento del trabajador a

formalizar el contrato con la Junta de Andalucía.

Octavo. Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Base Decimoprimera de la Orden de Convocatoria.

Sevilla, 27 de julio de 2000.- La Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, Teresa Jiménez Vílchez.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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