Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 22/08/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 23 de junio de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde parcial de la vía pecuaria Vereda del Mojón Blanco a San Nicolás del Puerto, en su tramo 1.º, en el término municipal de San Nicolás del Puerto (Sevilla).

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Examinado el expediente de deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda del Mojón Blanco a San Nicolás del Puerto¯, en su tramo 1.º, que va «desde su entrada por el lugar denominado Mojón Blanco hasta la carretera de Las Navas de la Concepción a San Nicolás del Puerto¯, en el término municipal de San Nicolás del Puerto (Sevilla), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria denominada «Vereda del Mojón Blanco a San Nicolás del Puerto¯, en el término municipal de San Nicolás del Puerto (Sevilla), fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 9 de octubre de 1963. Segundo. Mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 24 de julio de 1997 se acordó el inicio del deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda del Mojón Blanco a San Nicolás del Puerto¯, en su tramo 1.º, en el término municipal de San Nicolás del Puerto (Sevilla). Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el 6 de noviembre de 1997, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo, asimismo, publicado, el citado extremo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla núm. 225, de fecha 27 de septiembre de 1997. Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

Quinto. A la dicha Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente deslinde en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso. Tercero. La vía pecuaria denominada «Vereda del Mojón Blanco a San Nicolás del Puerto¯ fue clasificada por Orden de fecha 9 de octubre de 1963, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso. Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla con fecha 30 de junio de 1999, así como el informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía de fecha 22 de septiembre de 1999,

HE RESUELTO

Primero. Aprobar el deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda del Mojón Blanco a San Nicolás del Puerto¯, en su tramo 1.º, que va «desde su entrada por el lugar

denominado Mojón Blanco hasta la carretera de Las Navas de la Concepción a San Nicolás del Puerto¯, en una longitud de 2.564 metros, en el término municipal de San Nicolás del Puerto (Sevilla), a tenor de la descripción que sigue, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución. Descripción:

«Penetra esta vía pecuaria, procedente del término municipal de Constantina, en San Nicolás del Puerto por la finca del Mojón Blanco, donde existe una alambrada que delimita esta finca con las fincas de La Vejera y El Cumplido, ambas de Constantina, y se considera además línea divisoria entre estos dos términos municipales.

Existe en esta alambrada un portón sin cerrojo, que da paso a ambos lados y por donde existe un camino que atraviesa dicha finca por la dehesa que la constituye. Nada más entrar en esta finca, la vía pecuaria transcurre junto al lindero de monte de la finca Minas del Cerro del Hierro con la parte de dehesa de la finca Mojón Blanco, siempre por esta última. De esta manera se llega a otro portón sin cerrojo, donde por la izquierda se halla una alambrada eléctrica de la finca Mojón Blanco, siguiendo la vía pecuaria su trayectoria, además de llevar en su interior el camino anteriormente citado. De nuevo se llega al portón sin cerrojo que delimita las fincas de Mojón

Blanco con la finca de las Minas del Cerro del Hierro, donde queda definida la vía pecuaria por los dos mojones existentes, hasta que se llega frente a la línea de ferrocarril del Cerro del Hierro, hoy desmantelada, existiendo en su lugar un camino.

Transcurre la Vereda paralela a esta antigua línea de

ferrocarril para salir de la finca Mojón Blanco y cruzar la carretera de Las Navas de la Concepción a San Nicolás y posteriormente por el antiguo paso sobre la vía del

ferrocarril, donde actualmente existen las ruinas de la caseta del guardagujas. Al poco de cruzar la vía de ferrocarril ya desmantelada se dirige hacia la carretera de Constantina a San Nicolás, por donde continúa¯.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la

notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 23 de junio de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Jesús Jiménez Martín.

ANEXO A LA RESOLUCION DE 23 DE JUNIO DE 2000, DE LA

SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE PARCIAL DE LA VIA PECUARIA «VEREDA DEL MOJON BLANCO A SAN NICOLAS DEL PUERTO¯, EN SU TRAMO 1.º, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE SAN NICOLAS DEL PUERTO (SEVILLA)

REGISTRO DE COORDENADAS

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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