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En cumplimiento del artículo 15 de la Orden de 3 de enero de 2000 (BOJA núm. 8, de 22 de enero de 2000), por la que se regula la Cooperación con las Diputación Provinciales y los Ayuntamientos de municipios con población superior a los veinte mil habitantes, pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Servicios Sociales Comunitarios, se da publicidad de la siguiente Addenda:
Addenda al Convenio de Cooperación entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Granada para el desarrollo de los Servicios Sociales Comunitarios:
- Programa de atención social a inmigrantes de origen extranjero:
Consejería de Asuntos Sociales: 4.625.000 ptas. Red de información. Orientación y apoyo legal: 2.625.000 ptas. Mediación e interpretación intercultural: 2.000.000 de ptas.
Sevilla, 7 de diciembre de 2000.- La Secretaria General Técnica, M.ª Angeles Martín Vallejo.
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