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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica, para general conocimiento, en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada con fecha 19 de enero de 2001, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo núm. 501/98, promovido por Empresa Pública de la Radio y Televisión Andaluza (RTVA), sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que estimando el recurso formulado por la entidad «Empresa Pública de la Radio y Televisión Andaluza¯ contra la primera de las Resoluciones que se dicen en el Antecedente Primero de esta sentencia y estimando en parte el recurso interpuesto contra la segunda de las Resoluciones, debemos anular y anulamos la Resolución que resuelve el recurso ordinario 917/97, dejando sin efecto la primera y segunda de las sanciones por importe de
50.001 pesetas cada una, confirmando la tercera, sin que haya lugar a otro pronunciamiento y sin hacer expresa imposición de las costas a ninguna de las partes.
Sevilla, 18 de septiembre de 2001.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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