Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 13/12/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

ORDEN de 29 de octubre de 2001, por la que se modifica la de 30 de abril de 2001, que declara el carácter forestal, por abandono de la actividad agrícola, de los terrenos públicos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, integrantes del Corredor Verde del Guadiamar.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El artículo 13 de la Ley 11/1998, de 28 de diciembre, declaró de utilidad pública e interés social, a efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios, la realización de las actuaciones precisas para recuperar el equilibrio ecológico y los recursos naturales de la zona afectada por la rotura de la balsa de decantación de residuos de la mina ubicada en el término municipal de Aznalcóllar (Sevilla), consistentes en la regeneración, la forestación y la restauración hidrológico-forestal de los suelos, con la finalidad de constituir un corredor verde que garantizara, por una parte, la calidad de las aguas que abastecen los Espacios Protegidos de Doñana y el Estuario del Guadalquivir, y, por otra, el desplazamiento de la fauna silvestre.

Segundo. Culminados los trabajos de descontaminación y las principales actuaciones de regeneración y restauración en la zona, por Orden de la Consejería de Medio Ambiente de 30 de abril de 2001 (BOJA de 16 de junio) se ha declarado el carácter forestal de los terrenos públicos integrantes del Corredor Verde del Guadiamar, formados en total por una superficie de

4.373,8713 ha, en la cual están incluidos los terrenos que fueron directamente afectados por la riada de lodos tóxicos.

Tercero. En el proceso se adquirieron fincas o partes de fincas que no estaban afectadas por los lodos procedentes del vertido, bien porque fueron ofrecidas libremente para su compra, y en aquel momento se consideró conveniente su adquisición, o bien porque de acuerdo con el artículo 22.1 del Reglamento de Expropiación Forzosa resultaba antieconómico para el propietario la conservación de la parte de la finca no afectada.

Cuarto. Las fincas adquiridas en las circunstancias antes señaladas son de pequeña extensión y en conjunto suponen una superficie de 81,6149 hectáreas, distribuidas en dieciséis parcelas, a lo largo del río Guadiamar, sobre los municipios de Aznalcázar y Sanlúcar la Mayor según los datos recogidos en el Anexo I. Estas parcelas están situadas en la faja de amortiguación del Corredor Verde, faja que actualmente se está revisando por la Dirección General de Ordenación del Territorio para limitar los usos intensivos, lo que le resta aún más su capacidad agraria.

Quinto. En virtud de todo lo anterior, con fecha 20 de julio de 2001, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, previo informe de la Oficina Técnica del Corredor Verde del Guadiamar, solicita al Centro Directivo competente la declaración del carácter forestal de los terrenos antes indicados y su consiguiente incorporación al citado Corredor.

Sexto. Por la Dirección General de Gestión del Medio Natural se dicta con fecha 28 de agosto de 2001 acuerdo de inicio del procedimiento correspondiente.

Séptimo. Con fecha 29 de agosto de 2001 se da traslado del expediente a la Consejería de Agricultura y Pesca, la cual manifiesta su conformidad con fecha 4 de octubre de 2001.

Octavo. En el procedimiento no existen terceros interesados, dada la titularidad pública de los terrenos.

Noveno. Con fecha 23 de octubre de 2001 se emite informe favorable por el Servicio de Ordenación y Defensa de los Recursos Forestales de la Dirección General de Gestión del Medio Natural, elevándose propuesta de Resolución por el Ilmo. Sr. Director General de Gestión del Medio Natural el 24 de octubre de 2001.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 2.3 del Decreto 208/1997, de 9 de

septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, dispone que los terrenos dedicados a siembras o plantaciones características de cultivos agrícolas podrán adquirir la condición de forestales por abandono de la

actividad agrícola, siempre que reúnan las condiciones que el mismo establece, entre las que se incluyen no haberse

desarrollado sobre ellos actividad agrícola por espacio superior a un año y haber adquirido las características de la definición básica de monte o terreno forestal contenida en el apartado 1.a) del precepto, como resultado de actuaciones de reforestación o regeneración de la cubierta arbórea, arbustiva o de matorral.

En los terrenos que constituyen el Corredor Verde del

Guadiamar, pese a encontrarse calificados como de uso agrícola, se ha paralizado toda actividad agrícola a partir de la adquisición de los mismos.

Segundo. En la tramitación del expediente se han respetado los requisitos procedimentales previstos en el artículo 2 del Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía.

Tercero. La competencia para resolver sobre la declaración corresponde al titular de la Consejería de Medio Ambiente, de conformidad con el artículo 2.5 del citado Decreto.

Por todo ello, vistos la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía; el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, y demás normativa de general y pertinente aplicación, a petición de la Oficina Técnica del Corredor Verde del Guadiamar y a propuesta de la Dirección General de Gestión del Medio Natural,

HE RESUELTO

Modificar la superficie del Corredor Verde del Guadiamar, determinada en la Orden de 30 de abril de 2001, integrando en el mismo la superficie de los terrenos que se relacionan en el Anexo I, con la delimitación geográfica y cartográfica que se recoge en el Anexo II, declarando, asimismo, su carácter forestal.

Sevilla, 29 de octubre de 2001

FUENSANTA COVES BOTELLA

Consejera de Medio Ambiente

ANEXO II

La delimitación física y geográfica por términos municipales de los terrenos que integran el Corredor Verde del Guadiamar se describe a continuación:

Parte de parcela 17 del polígono 2 del t.m. de Sanlúcar la Mayor.

Norte: Parcela 8 del polígono 2 del término municipal de Sanlúcar la Mayor.

Oeste: Corredor Verde Sanlúcar la Mayor.

Sur: Parcela 4 del polígono 2 del término municipal de Sanlúcar la Mayor.

Este: Parcela 8 del polígono 2 del término municipal de Sanlúcar la Mayor.

Parte de la parcela 2 del polígono 6 del t.m. de Sanlúcar la Mayor.

Norte: Arroyo de la Cañada de los Charcos.

Oeste: Carretera de Sanlúcar a Aznalcóllar.

Sur: Parcela 3 del polígono 6 del término municipal de Sanlúcar la Mayor.

Este: Corredor Verde de Sanlúcar la Mayor.

Parte de parcela 23 del polígono 7 del t.m. de Sanlúcar la Mayor.

Norte: Parcela 1 del polígono 7 del término municipal de Sanlúcar la Mayor.

Oeste: Corredor Verde de Sanlúcar la Mayor.

Sur: Parcela 2 del polígono 7 del término municipal de Sanlúcar la Mayor.

Este: Camino de Aznalcóllar.

Parte de la parcela 319 del polígono 25 del t.m. de Sanlúcar la Mayor.

Norte: Parcela 322 del polígono 25 del término municipal de Sanlúcar la Mayor.

Oeste: Corredor Verde de Sanlúcar la Mayor.

Sur: Parcela 87 del polígono 25 del término municipal de Sanlúcar la Mayor.

Este: Parcela 245 del polígono 25 del término municipal de Sanlúcar la Mayor.

Parcela 243 del polígono 25 del t.m. de Sanlúcar la Mayor. Norte: Parcela 242 del polígono 25 del término municipal de Sanlúcar la Mayor.

Oeste: Corredor Verde de Sanlúcar la Mayor.

Sur: Corredor Verde de Benacazón.

Este: Fincas de particulares.

Parcela 50 del polígono 2 del t.m. de Aznalcázar.

Norte: Parcela 49 del polígono 2 del término municipal de Aznalcázar.

Oeste: Parcela 49 del polígono 2 del término municipal de Aznalcázar.

Sur: Parcela 49 del polígono 2 del término municipal de Aznalcázar.

Este: Corredor Verde de Aznalcázar.

Parcela 41 del polígono 2 del t.m. de Aznalcázar.

Norte: Parcela 45 del polígono 2 del término municipal de Aznalcázar.

Oeste: Línea de Ferrocarril.

Sur: Parcela 77 del polígono 2 del término municipal de Aznalcázar.

Este: Corredor Verde de Aznalcázar.

Parcela 22 del polígono 3 del t.m. de Aznalcázar.

Norte: Parcela 21 del polígono 3 del término municipal de Aznalcázar.

Oeste: Corredor Verde Aznalcázar.

Sur: Parcela 23 del Polígono 3 del término municipal de Aznalcázar.

Este: Línea de Ferrocarril Sevilla-Huelva.

Parcela 23 del polígono 3 del t.m. de Aznalcázar.

Norte: Parcela 22 del polígono 3 del término municipal de Aznalcázar.

Oeste: Corredor Verde Aznalcázar.

Sur: Parcela 24 del polígono 3 del término municipal de Aznalcázar.

Este: Línea Ferrocarril Sevilla-Huelva.

Parcela 24 del polígono 3 del t.m. de Aznalcázar.

Norte: Parcela 23 del polígono 3 del término municipal de Aznalcázar.

Oeste: Corredor Verde de Aznalcázar.

Sur: Parcela 25 del polígono 3 del término municipal de Aznalcázar.

Este: Línea de Ferrocarril Sevilla-Huelva.

Parte de la parcela 25 polígono 3 del t.m. de Aznalcázar. Norte: Parcela 24 del polígono 3 del término municipal de Aznalcázar.

Oeste: Corredor Verde de Aznalcázar.

Sur: Línea de Ferrocarril Sevilla-Huelva y resto de la parcela

25 del polígono 3 del término municipal de Aznalcázar.

Este: Línea de Ferrocarril Sevilla-Huelva.

Parcela 66 del polígono 30 del t.m. de Aznalcázar.

Norte: Carretera de Aznalcázar a Pilas.

Oeste: Vereda.

Sur: Parcela 25 del polígono 30 del término municipal de Aznalcázar.

Este: Corredor Verde de Aznalcázar.

Parte de la parcela 39 del polígono 28 del t.m. de Aznalcázar. Norte: Parcela 37 del polígono 28 del término municipal de Aznalcázar.

Oeste: Parcela 85 del polígono 28 del término municipal de Aznalcázar.

Sur: Parcela 41 del polígono 28 del término municipal de Aznalcázar.

Este: Corredor Verde de Aznalcázar.

Parte de la parcela 41 del polígono 28 del t.m. de Aznalcázar. Norte: Parcela 39 del polígono 28 del término municipal de Aznalcázar.

Oeste: Parcela 85 del polígono 28 del término municipal de Aznalcázar.

Sur: Parcela 43 del polígono 28 del término municipal de Aznalcázar.

Este: Corredor Verde de Aznalcázar.

Parte de la parcela 45 del polígono 28 de Aznalcázar.

Norte: Parcela 43 del polígono 28 del término municipal de Aznalcázar.

Oeste: Parcela 45 del polígono 28 del término municipal de Aznalcázar.

Sur: Parcela 47 del polígono 28 del término municipal de Aznalcázar.

Este: Corredor Verde de Aznalcázar.

Parte de la parcela 49 del polígono 28 del t.m. de Aznalcázar. Norte: Parcela 47 del polígono 28 del término municipal de Aznalcázar.

Oeste: Parcela 109 del polígono 28 del término municipal de Aznalcázar.

Sur: Parcela 50 del polígono 28 del término municipal de Aznalcázar.

Este: Corredor Verde de Aznalcázar.

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