Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 13/02/2001

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 10 de enero de 2001, de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, por la que se aprueba el Plan General de Inspección sobre Espectáculos Públicos, Juego y Espectáculos Taurinos para el año 2001.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas la Consejería de Gobernación sobre establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas, juego y apuestas y espectáculos taurinos, la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas viene realizando anualmente un Plan General de Inspección, que permite conocer la adecuación legal en que se encuentra cada sector o actividad inspeccionada, así como corregir y en su caso sancionar los incumplimientos en que las mismas pueden incurrir tanto respecto a la actividad desarrollada, como a las condiciones del establecimiento o local en que las mismas se realizan.

En el área de Espectáculos Públicos, la publicación en el año

2000 de la nueva Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía potencia la competencia de la Administración Autonómica para comprobar la adecuación de las instalaciones y el cumplimiento de las medidas de seguridad en todos los establecimientos y locales de pública concurrencia destinados a Espectáculos Públicos, y Actividades Recreativas. Dicha competencia se atribuye de forma directa a la Junta de Andalucía en los locales que tienen un aforo superior a 700 personas y de forma subsidiaria en los restantes establecimientos cuando no conste la Inspección Municipal. Para el presente año se pretende continuar la revisión de estos establecimientos, iniciada el ejercicio anterior, y durante la cual se han ido corrigiendo y subsanando cuantas deficiencias se han observado en los mismos.

En el área de Juego y Apuestas, el resultado de las inspecciones periódicas que se vienen realizando demuestra un adecuado grado de cumplimiento por parte de las Empresas y Locales autorizados y un incremento de determinadas actividades ilegales desarrolladas por personas y en locales no autorizados, los cuales conllevan una voluntad de fraude y, en su caso, posible estafa al ciudadano que participa de los mismos. En base a ello, es objetivo prioritario para este ejercicio que las actuaciones de la Unidad de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma, se centre en la intervención, decomiso y denuncias para la correspondiente sanción de estas actividades, con especial actuación en sorteos, bingos, y máquinas recreativas tipo B, que carezcan de las autorizaciones necesarias para su explotación y desarrollo.

En el área de Espectáculos Taurinos, el Plan de Inspección para el presente ejercicio incluirá, el control de las Escuelas Taurinas, elaborándose un informe detallado por cada centro que determine la situación actual en que se encuentra en relación a la nueva normativa reglamentaria que deberán cumplir. Así mismo, se iniciará la revisión de plazas de toros portátiles a efectos de supervisar el grado de adecuación y autorización que tienen concedido. Por último se incrementarán las actuaciones de inspección en aquellos espectáculos taurinos donde se practique reventa ilegal de localidades.

A la vista de todo ello, y de acuerdo con las competencias que me vienen atribuidas en el art. 9.d) del Decreto 138/2000, de

16 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Gobernación, y la modificación del mismo aprobada en el Decreto 373/2000, de 28 de julio,

R E S U E L V O

Primero. Aprobar para el año 2001, el Plan General de Inspección en materia de Espectáculos Públicos, Juego y Espectáculos Taurinos que a continuación se relacionan en el Anexo.

Segundo. El referido Plan se desarrollará en todas las

provincias y localidades de la Comunidad Autónoma de Andalucía que resulten afectadas por el contenido del mismo.

Tercero. Los objetivos del Plan General, serán complementados en cada provincia con cuantas otras actuaciones se consideren necesario realizar por parte de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en base a las denuncias e incidencias que se produzcan en las mismas y atendiendo a las

peculiaridades de cada una de ellas.

Cuarto. Mensualmente se remitirá a esta Dirección General, el calendario de visitas realizado, así como las actuaciones y resultados que en las mismas se hayan obtenido de acuerdo con los procedimientos y sistemática establecidos.

Quinto. De la presente Resolución se dará traslado a la Dirección General de Política Interior, para que el Comisario Jefe de la Unidad de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma adopte cuantas medidas considere necesarias en orden a

garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos, así como a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía para la coordinación, ejecución y seguimiento del Plan en el ámbito provincial de cada una de ellas.

A N E X O

PLAN GENERAL DE INSPECCION DE 2001

1.º Control de los Establecimientos Públicos destinados a Cines, Discotecas, Teatros, Salas de Fiestas y Celebraciones, especialmente los que tengan previsto un aforo con capacidad igual o superior a 700 personas.

Actuaciones a realizar:

1. Comprobación de que las actividades desarrolladas en el Establecimiento se encuentran autorizados por la

correspondiente Licencia Municipal de apertura.

2. Verificación del correcto funcionamiento de las medidas de seguridad.

2.1. Comprobación de la existencia y cumplimentación de los Libros Oficiales diligenciados por los Servicios de Industria y en dónde se registran las revisiones periódicas de todos los equipos y sistemas de protección contra incendios.

2.2. Comprobación de la tenencia y actualización de los certificados de ignifugación de cuantos materiales instalados así lo requieran.

2.3. Verificación del funcionamiento correcto de las puertas de emergencia y de los sistemas de evacuación.

2.4. Comprobación de la certificación acreditativa de la revisión anual de la instalación eléctrica.

2.5. Revisión de la Póliza del seguro de accidentes exigido por la Ley 13/1999, de 15 de diciembre.

2.6. Constatación de la existencia del Plan de Emergencia que establece el art. 24 del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (R.D./1982, de

27 de agosto).

3. Información sobre los elementos y medidas de las

instalaciones existentes en cada uno de ellos.

2.º Revisión de los Parques Acuáticos abiertos en Andalucía durante la época estival.

Actuaciones a realizar:

1. Requisitos y condiciones establecidas en el expediente de autorización concedida.

2. Mantenimiento de las medidas de seguridad reguladas para establecimientos públicos.

3. Instalaciones y medios destinados a la protección y

salvamento de los usuarios.

4. Control de la titulación y número de socorristas en cada una de las atracciones.

5. Control de la titulación y número de personal sanitario.

6. Revisión de los controles sanitarios sobre el tratamiento de las aguas. Comprobación en el libro de Registro del Control del Agua. Análisis de tipo A y en su caso B y C.

7. Revisión del seguro de accidentes exigido por la Ley/1999, de 15 de diciembre.

8. Comprobación de la existencia y cumplimentación de los libros oficiales diligenciados por los Servicios de Industria y en dónde se registran las revisiones periódicas de todos los equipos y sistemas de protección de incendios.

9. Comprobación de la tenencia y actualización de los

certificados de ignifugación de cuantos materiales instalados así lo requieran.

10. Revisión y debida anotación en el Libro Oficial de

Inspección.

11. Denominación y número de atracciones que tienen en

funcionamiento.

3.º Control y reprensión del Juego Ilegal.

Actuaciones a realizar:

1. Intervención y seguimiento de la celebración de sorteos mediante combinaciones aleatorias sin autorización, con la finalidad de su sometimiento a la preceptiva autorización autonómica y abono de las correspondientes tasas fiscales.

2. Intervención y denuncia de la explotación y venta de boletos que ofrecen premios utilizando el sorteo de la ONCE,

especialmente los que expende ilegalmente la asociación denominada Organización Impulsora de Discapacitados.

3. Intervención y denuncia del juego del Bingo en salas no autorizadas, cuando el desarrollo del mismo exceda del mínimo legal exento.

4. Intervención y denuncia de la explotación y comercialización de la práctica de juegos en establecimientos públicos no autorizados para ello, y mediante máquinas o equipos

informáticos no homologados como máquinas recreativas o de azar.

5. Intervención y decomiso de máquinas recreativas tipo B instaladas sin ninguna autorización.

6. Intervención y decomiso de máquinas grúas o similares, cuando sus productos de venta y de regalos y el mecanismo de selección de los mismos no se adecue a la normativa y criterios establecidos.

4.º Control de las Escuelas Taurinas autorizadas en

Andalucía.

Actuaciones a realizar:

1. Comprobación de la vigencia y en su caso renovación de la autorización concedida por la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas para su

funcionamiento.

2. Plantilla del Profesorado: Constatación del número de Profesores y sus titulaciones.

3. Comprobación del Plan de Enseñanzas. Número de clases prácticas y tentaderos a los que se asiste.

4. Presupuesto de la Escuela.

4.1. Financiación:

- Subvenciones: Públicas y Privadas.

- Ingresos por matrículas y por clases impartidas.

4.2. Gastos.

- Personal.

- Gastos Corrientes.

- Clases Prácticas.

5. Alumnado.

- Número de alumnos y edades.

- Verificación de expedición de Certificados trimestrales de Escolarización.

- Comprobación de la existencia de autorización paterna en los casos que corresponda.

6. Comprobación de la adecuación de las instalaciones a la normativa vigente.

- Existencia de aula para clases teóricas.

- Disponibilidad acreditada de Plaza de Toros para las clases prácticas.

7. Comprobación de la existencia de algún tipo de seguro de accidente para el alumnado, en el desarrollo de las clases prácticas.

5.º Control de los recintos y plazas de toros portátiles destinados a celebraciones de espectáculos taurinos y festejos populares.

Actuaciones a realizar:

1. Comprobación de que las instalaciones donde se desarrollan las actividades se encuentran autorizadas con la

correspondiente Licencia municipal.

2. Informe detallado de las instalaciones taurinas existentes en relación con los requisitos reglamentarios que las mismas deben cumplir, así como el tipo y número de festejos para las que son utilizados.

3. Detección de posibles anomalías en las instalaciones o defecto de montaje para espectáculos taurinos.

6.º Reventa ilegal de localidades de espectáculos taurinos. Intervención, decomiso y denuncia de la reventa ilegal de localidades cuando el precio solicitado por las mismas supere el que expresamente tengan establecido y no cuente con la preceptiva autorización para ello.

Sistemática de ejecución del Plan de Inspección.

- La Inspección en el área de Espectáculos Públicos y las Escuelas Taurinas, se realizará por los Equipos de Inspección de los Servicios Provinciales de Juego y Espectáculos Públicos, con la asistencia del personal técnico que en su caso estime necesaria, debido a su especialidad en la materia, así como la colaboración de la Asociación de Organismos de Control de Andalucía, en cumplimiento del acuerdo marco suscrito entre la Consejería de Gobernación y dicha entidad.

- El control del Juego Ilegal, la revisión de las instalaciones con recintos taurinos y la reventa ilegal de localidades, será realizada de forma debidamente coordinada, en su caso, por la Unidad de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma y por los equipos de inspección de los servicios provinciales.

- En cualquier caso, y de conformidad con la normativa

establecida podrá instarse la colaboración de otras fuerzas y cuerpos de seguridad cuando la eficacia en el cumplimiento de los objetivos del Plan así lo requiera.

- La coordinación, planificación mensual, seguimiento y evaluación de resultados será ejercida por los Jefes de Servicio Provinciales de Juego y Espectáculos Públicos, bajo la superior dirección del Delegado del Gobierno en cada provincia.

Sevilla, 10 de enero de 2001.- El Director General, José Antonio Soriano Cabrera.

Descargar PDF