Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 06/03/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

ORDEN de 13 de febrero de 2001, por la que se dispone la ejecución del fallo de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede de Granada), en el recurso núm. 404/97, promovido por don José Antonio Linaza Malagón y otros.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, ha dictado sentencia con fecha 15 de enero de 2001, en el recurso contencioso-administrativo núm. 404/97, seguido a instancias de don José Antonio Linaza Malagón y otros contra las Ordenes de

30 de septiembre de 1996 de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, de convocatoria del concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la propia Consejería y del Servicio Andaluz de Salud.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallo: Estima el recurso interpuesto por don José Antonio Linaza Malagón, don Fernando Lazuen Alcón, don José Miguel Cantón Guerrero, doña Elena Aznarte Padial, doña María de las Mercedes Castro García, doña Rosa María García Rodríguez, doña Teresa María Sánchez Dueso, don Antonio Gómez Jiménez, don José María Tintore Romero, don Jesús Leyva Campaña, don Francisco de Paula Palma Contreras, don Ignacio López Pérez, doña Herminia Fornieles Pérez, don José Galindo Moya, don Jesús Garrido Cara y don Fernando Fernández Villalobos contra las Ordenes de 30 de septiembre de 1996 de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, de convocatoria del concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la propia Consejería y del Servicio Andaluz de Salud, decretándose la nulidad de las mismas por no ser conformes a derecho; y sin costas.¯

En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

D I S P O N E

Artículo único. Que se ejecute el fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos.

Sevilla, 13 de febrero de 2001.- El Consejero, P.A. (Dto./2000, de 31.5), El Viceconsejero, Ignacio Moreno Cayetano.

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