Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 17/03/2001

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Otros. AYUNTAMIENTO DE CANJAYAR (ALMERIA)

ANUNCIO de bases.

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DECRETO DE ALCALDIA

De conformidad con lo acordado por el Ayuntamiento Pleno en sesiones de fecha 14 de mayo y 17 de septiembre de 1998, vista la Resolución de la Alcaldía-Presidencia de esta Corporación de fecha 24 de septiembre de 1998, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 10 de noviembre, visto el informe de la Secretaría de la Corporación de fecha 4 de mayo del mismo año, conforme a las atribuciones que me confiere el art. 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, vengo a resolver:

Primero. Convocar pruebas selectivas para la provisión de una plaza de la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 1998 por el sistema de concurso-oposición con promoción interna.

Segundo. Aprobar, a tal efecto, las bases que regirán dicha convocatoria, cuyo contenido es el siguiente:

CONCURSO-OPOSICION CON PROMOCION INTERNA ADMINISTRATIVO

BASES GENERALES

1. Naturaleza y características de las plazas a cubrir y sistema selectivo elegido.

1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición con promoción interna, de acuerdo con lo establecido en los artículos 22 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, y 75 del R.D.

364/95, de 10 de marzo, de una plaza de Administrativo, encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo C, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente que igualmente se especifica.

1.2. Al presente concurso-oposición le será de aplicación la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; R.D.L. 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio, las bases de la presente convocatoria junto con los Anexos que la acompañan, y supletoriamente el Real Decreto

364/95, de 10 de marzo.

2. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

2.1. Para ser admitido a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a las plaza convocada, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario del Ilmo. Ayuntamiento de Canjáyar.

b) Pertenecer a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo D.

c) Tener una antigüedad de, al menos, dos años en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo D, en el Ilmo. Ayuntamiento de Canjáyar.

d) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de 2.º Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias, o bien tener una antigüedad de, al menos, diez años en la Escala Auxiliar de Administración General o de cinco años en tal Escala y haber superado un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función pública.

f) No estar incurso en causa de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente de Función Pública.

2.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán

reunirse el último día del plazo de presentación de instancias.

3. Instancias y documentación a presentar.

3.1. Los aspirantes presentarán instancia ajustada al modelo que se publica en el Anexo II, en el Registro General del Ilmo. Ayuntamiento de Canjáyar, donde será debidamente registrada. El plazo de presentación es de 20 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Sr. Presidente de la Corporación, bastando que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la base 2.ª de la presente

convocatoria, referida a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, con la excepción del título académico exigido en la base 2.1.d) o documento oficial de la solicitud del mismo, del que deberá presentarse fotocopia junto con la instancia, y además una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

La fotocopia del título académico o documento de su solicitud y del DNI deberá estar compulsada por los organismos públicos autorizados para ello, previa exhibición del original.

3.3. También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.5. Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso presentarán junto a las instancias antes señaladas los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en el apartado de las bases de la presente convocatoria. En la instancia deberán enumerarse los documentos aportados.

3.6. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

3.7. Los aspirantes que se presenten por el sistema de

promoción interna deberán adjuntar a la instancia, además, certificado expedido por el Secretario de la Corporación acreditativo del cumplimiento de los requisitos a que hace referencia la base 2.1 de las presentes.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente de la Corporación Municipal dictará Resolución, a propuesta del Tribunal Seleccionador, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y exponiéndose además en el tablón de anuncios de la Corporación.

4.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del art. 71 de la Ley 30/92, se concede a los aspirantes excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.La publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posible impugnaciones o recursos.

4.3. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados por el Tribunal, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, se expondrá en el tablón de anuncios de la Corporación.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría tercera de las recogidas en el art. 33.1 del R.D. 236/88, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, está integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Como titular, el Alcalde-Presidente de la

Corporación o Concejal en quien delegue. Como suplente, el Concejal en quien delegue la Alcaldía.

Vocales:

1. Un miembro titular y otro suplente propuestos por la Junta de Andalucía en representación de ésta.

2. Dos miembros titulares y dos suplentes propuestos por la Excma. Diputación Provincial de Almería.

3. Un miembro titular y otro suplente designado por la

Corporación Municipal.

Secretario: El que lo sea de la Corporación o funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional en quien delegue.

5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base 6.ª de la presente convocatoria.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad, al menos, de los Vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.

5.4. El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando, por tanto, con voz pero sin voto.

5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, o se hubieran

realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.6. Podrá cualquier interesado promover recusación en

cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.

5.7. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los

resultados.

5.8. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio de que de oficio deba el afectado notificarlo al organismo al que representa.

5.9. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal sin apelación alguna.

6. Procedimiento de selección.

6.1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

6.3. Antes de la celebración del ejercicio correspondiente a la fase de oposición se reunirá el Tribunal, procediéndose a valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. El escrito resultado de ésta ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con

indicación además de la puntuación por méritos profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan en el apartado de la base 6.9 «aplicación del concurso¯. Dicho escrito ha de publicarse en el tablón de anuncios de la Corporación con, al menos, una antelación de 48 horas a la realización de la prueba correspondiente a la fase de

oposición.

6.4. La realización del ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la Presidencia a la que hace referencia la base 4.ª de la presente

convocatoria, en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo.

6.5. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir del primero de la letra «B¯, de conformidad con Resolución de 23 de febrero de 2000, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública (BOE núm. 54, de 3 de marzo de 2000).

6.6. Los aspirantes serán convocados para la prueba en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

6.7. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.8. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carnet de conducir.

6.9. Valoración de méritos. Fase de concurso:

a) Antigüedad: 0,5 puntos por cada año de trabajo en el Ilmo. Ayuntamiento de Canjáyar.

b) Formación: 0,2 puntos por cada actividad formativa

relacionada con el puesto de trabajo objeto del concurso, con un máximo de 2,00 puntos.

c) Permanencia en puesto de trabajo de igual o de superior contenido al del puesto convocado: 0,4 puntos por cada mes, con un máximo de 2,00 puntos.

Aplicación del concurso.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

6.10. Fase de oposición: Constará de una prueba práctica eliminatoria y obligatoria para todos los aspirantes en relación con las materias recogidas en el Anexo I.

De conformidad con lo establecido en el art. 77 del R.D.

367/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, se exime en esta fase de la realización de pruebas sobre las materias cuyo conocimiento ha sido acreditado suficientemente en las de ingreso en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar.

Prueba práctica: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico a elección del aspirante entre dos a propuesta del Tribunal y que versarán sobre conocimientos y manejo de los módulos de las Aplicaciones Informáticas relacionadas con las materias del Anexo: Haciendas Locales, Padrón de Habitantes, Contabilidad, Nóminas y Seguridad Social. La resolución de los supuestos se efectuará por los aspirantes de manera

individualizada en tiempo máximo de dos horas.

6.11. La calificación de esta prueba será de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

6.12. El cómputo de la puntuación del ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose las nota más alta y la más baja.

6.13. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición y de la del concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.

7. Listas de aprobados.

7.1. Una vez finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de los candidatos que hubiesen superado la misma por orden de

puntuación total obtenida, en la que constarán las

calificaciones obtenidas en el ejercicio y de la fase de concurso.

7.2. La relación definitiva de aprobados será elevada al. Sr. Presidente de la Corporación con propuesta de nombramiento de funcionario de carrera.

7.3. Los opositores que no se hallen incluidos en tales relaciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.

7.4. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

8. Presentación de documentos.

8.1. Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en la Secretaría de esta Corporación los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas bases.

8.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados podrá demostrarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.

8.3. Quienes ostenten la condición de funcionarios públicos estarán dispensados de aportar aquellos documentos que

justifiquen las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válido la presentación de la certificación del organismo o entidad de la que dependen acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.

8.4. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Nombramiento de funcionarios de carrera y toma de

posesión.

9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Sr. Presidente de la Corporación nombrará funcionario de carrera al aprobado en el proceso selectivo.

9.2. El plazo para tomar posesión será de 30 días naturales, a contar desde el día siguiente a la notificación de la

Resolución.

9.3. De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.

10. Base final.

La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

1. El Padrón Municipal. Concepto. Mantenimiento, revisión y custodia. Gestión del Padrón: Gestión de bajas, altas y modificaciones. Acceso a los datos del Padrón. El Censo Electoral: Concepto. Relación con el Padrón de Habitantes.

2. La Ley de Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos y su gestión. Elaboración de padrones de impuestos y tasas.

3. El Presupuesto de las Entidades Locales. Estructura

Presupuestaria. Elaboración y Aprobación.

4. Las Modificaciones Presupuestarias. Los Créditos

Extraordinarios. Los Suplementos de Crédito. Las

Transferencias. La incorporación de remanentes.

5. La Ejecución Presupuestaria: Ejecución del Presupuesto de Gastos, Fases. La liquidación del Presupuesto. El Remanente de Tesorería.

6. Las Operaciones de Crédito en las Entidades Locales. Clases. Tramitación. Organo competente para su aprobación.

7. Las Subvenciones como recurso de la Hacienda Local: Su contabilización y justificación a la Entidad concedente.

8. La Contabilidad Municipal. Los Estados y Cuentas Anuales de las Entidades Locales.

9. Las Obligaciones Fiscales de las Entidades Locales. IRPF, IVA, Declaración de Operaciones con terceros.

10. Las Entidades Locales y la Seguridad Social. Normas de cotización a la Seguridad Social: Determinación de la Base de Cotización. Tipos de Cotización y Coeficientes reductores. Cotización en el caso de incapacidad temporal y maternidad.

ANEXO II

MODELO DE SOLICITUD

Don/Doña .............................................., con DNI núm............................... , funcionario/a del Ilmo. Ayuntamiento de Canjáyar, de la Escala de

Administración General, Subescala Auxiliar, conociendo la convocatoria por parte del Ilmo. Ayuntamiento de Canjáyar de una plaza de Administrativo de Administración General por el sistema de concurso-oposición con promoción interna, según Resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 2 de febrero de

2000 publicada en el BOE de fecha.............................

SOLICITA: Tomar parte en dicho proceso selectivo, declarando cumplir las condiciones y requisitos establecidos para tal fin en la base 2.ª

A tal efecto acompaña la siguiente documentación, de

conformidad con la base 3.ª

Canjáyar, a ..... de ............... de 2001.

Fdo.: .......................

Sr. Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Canjáyar, Almería.

Canjáyar, 2 de febrero de 2001.- El Alcalde-Presidente, Francisco Guzmán Sánchez.