Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 20/3/2001

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, por el que se notifica Resolución por la que se declara la extinción del permiso de funcionamiento de Salones Recreativos y de Juego a la empresa titular de salones ETS 76/92 Manuela Guerrero Tirado.

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De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el domicilio del interesado, se publica por anuncio el texto común de la Resolución de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas.

«Examinado el expediente número 76/92 de Empresas Titulares de Salones, cuyo titular es Manuela Guerrero Tirado, empresa inscrita con el número T-JA-1753, se procede a considerar los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que a la precitada empresa, por la Delegación del Gobierno de Málaga, se le concedió permiso de funcionamiento para el Salón Recreativo sito en Avda. Andalucía, 31, de Benahavís (Málaga).

Segundo. Que, por la Delegación del Gobierno de Málaga, se ha formulado propuesta de resolución, en el sentido de que se declare la extinción del permiso de funcionamiento concedido al precitado salón recreativo como consecuencia de estar caducada la licencia municipal de apertura.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Unico. Que el Decreto 180/1987, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo 25.1.i), establece que el permiso de funcionamiento podrá extinguirse por la caducidad o revocación de la licencia municipal de apertura. El citado artículo, en su apartado 2, atribuye la competencia para declarar la extinción del permiso de funcionamiento al Director General del Juego, hoy Director General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas.

Vistos la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el precepto legal citado, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta Dirección General ha resuelto declarar la extinción del permiso de funcionamiento del Salón Recreativo sito en Avda. Andalucía,

31, de Benahavís (Málaga), Código del Local RMA-6863.¯

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al recibo de la presente Resolución, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999.

A N E X O

Salón: Salón Recreativo, Avda. Andalucía, 31, de Benahavís (Málaga).

Empresa: Manuela Guerrero Tirado.

Expte.: 76/92.

Sevilla, 2 de marzo de 2001.- El Director General, José Antonio Soriano Cabrera.