Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 11/01/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 1 de diciembre de 2000, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Alcalá del Río (Sevilla) para que enajene directamente ocho viviendas de sus bienes de propios a los vecinos ocupantes de las mismas.

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El Pleno del Ayuntamiento de Alcalá del Río (Sevilla) en sesión celebrada el día 31 de enero de 2000 acordó incoar expediente de enajenación directa de ocho viviendas municipales a los ocupantes de las mismas.

Queda suficientemente acreditada la posesión pacífica y continuada de los adjudicatarios por un tiempo superior a dos años.

Las viviendas objeto de la enajenación directa y los adjudicatarios de las mismas son las que se relacionan a continuación:

1. Vivienda en suelo urbano situada en la calle Los Maestros, número 1, que, linda por su izquierda con calle de su situación, por la derecha con la también vivienda de propiedad municipal de calle Los Maestros, número 3, y por el fondo con terrenos de vivienda situado en calle Variante. Tiene una superficie de 276,10 m¯, y una superficie construida de 90,12 m¯ en planta baja. Su valor: 2.253.000 pesetas. Se adjudica a don Joaquín Alonso Gallego.

2. Vivienda en suelo urbano situada en la calle Los Maestros, número 3, que, linda por su izquierda con la también vivienda de propiedad municipal de calle Maestros número 1, por la derecha con la también vivienda de propiedad municipal de calle Los Maestros número 5 y por el fondo con terrenos de vivienda situado en calle Variante. Tiene una superficie de 210,61 m¯, y una superficie construida de 92,59 m¯ en planta baja. Su valor:

2.314.900 pesetas. Se adjudica a don Manuel Zambrano Barroso.

3. Vivienda en suelo urbano situada en la calle Los Maestros, número 5, que, linda por su izquierda con la también vivienda de propiedad municipal de calle Los Maestros, número 3, por la derecha con la también vivienda de propiedad municipal de calle Los Maestros, número 7, y por el fondo con terrenos de vivienda situado en calle Variante. Tiene una superficie de 210,61 m¯, y una superficie construida de 99,09 m¯ en planta baja. Su valor:

2.477.250 pesetas. Se adjudica a don Eduardo Silva Proenza.

4. Vivienda en suelo urbano situada en la calle Los Maestros, número 7, que, linda por su izquierda con la también vivienda de propiedad municipal de calle Los Maestros número 5, por la derecha con la también vivienda de propiedad municipal de calle Los Maestros, número 9, y por el fondo con almacén de cereales de calle Variante. Tiene una superficie de 151,74 m¯, y una superficie construida de 95,03 m¯ en planta baja. Su valor:

2.375.750 pesetas. Se adjudica a don Rafael García-Baquero Muñoz.

5. Vivienda en suelo urbano situada en la calle Los Maestros, número 9, que, linda por su izquierda con la también vivienda de propiedad municipal de calle Los Maestros número 7, por la derecha con la también vivienda de propiedad municipal de calle Los Maestros, número 11, y por el fondo con almacén de cereales de calle Variante. Tiene una superficie de 151,74 m¯, y una superficie construida de 84,60 m¯ en planta baja. Su valor:

2.115.012 pesetas. Se adjudica a don Enrique García Benítez.

6. Vivienda en suelo urbano situada en la calle Los Maestros, número 11, que, linda por su izquierda con la también vivienda de propiedad municipal de calle Los Maestros número 9, por la derecha con la también vivienda de propiedad municipal de calle Los Maestros, número 13, y por el fondo con almacén de cereales de calle Variante. Tiene una superficie de 151,74 m¯ y una superficie construida de 84,20 m¯ en planta baja. Su valor:

2.105.168 pesetas. Se adjudica a don Manuel Riejos González.

7. Vivienda en suelo urbano situada en la calle Los Maestros, número 13, que, linda por su izquierda con la también vivienda de propiedad municipal de calle Los Maestros número 11, por la derecha con la también vivienda de propiedad municipal de calle Los Maestros, número 15, y por el fondo con almacén de cereales de calle Variante. Tiene una superficie de 151,74 m¯, y una superficie construida de 84,60 m¯ en planta baja. Su valor:

2.115.501 pesetas. Se adjudica a don Manuel Rosa Cruz.

8. Vivienda en suelo urbano situada en la calle Los Maestros, número 15, que, linda por su izquierda con la también vivienda de propiedad municipal de calle Los Maestros, número 13, por la derecha con grupo escolar Nuestra Señora de la Asunción y por el fondo con viviendas del grupo residencial Nuestra Señora de la Asunción. Tiene una superficie de 152,22 m¯ y una superficie construida de 111,50 m¯ en planta baja. Su valor: 2.787.543 pesetas. Se adjudica a don Antonio Brocal Borrego.

La legislación a tener en cuenta en la materia que nos ocupa está representada por la Disposición Transitoria Primera de la Ley 7/99, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, que señala que «las entidades locales podrán enajenar directamente los inmuebles de su propiedad en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, entre otros, en el siguiente supuesto:

B) Viviendas ocupadas mediante cualquier título por quienes ostenten la posesión pacífica de las mismas, y cumplan los siguientes requisitos:

a) Que el ocupante haya estado en posesión efectiva y

continuada de la vivienda que constituya su domicilio habitual dos años inmediatamente antes de la entrada en vigor de la Ley cualquiera que sea su título de ocupación.

b) Que la entidad local no hubiere iniciado acciones de desahucio en vía administrativa o judicial antes de la entrada en vigor de esta Ley¯.

En el expediente tramitado se dan los supuestos establecidos en la citada Disposición Transitoria Primera.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/81, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.4 de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Autorizar al Ilmo. Ayuntamiento de Alcalá del Río (Sevilla) a que enajene directamente la viviendas ubicadas en calle Los Maestros núms. 1, 3, 5, 7, 9, 11, 13 y 15 a don Joaquín Alonso Gallego, don Manuel Zambrano Barroso, don Eduardo Silva Proenza, don Rafael García-Baquero Muñoz, don Enrique García Benítez, don Manuel Riejos González, don Manuel Rosa Cruz y D. Antonio Brocal Borrego.

Segundo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la

notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 1 de diciembre de 2000

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación

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