Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 21/04/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 26 de febrero de 2001, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se publican actos administrativos relativos a procedimientos de reintegro en materia de Formación Profesional Ocupacional.

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Habiéndose intentado notificar por el Servicio de Correos los siguientes actos administrativos a la entidad que a continuación se relaciona y no pudiéndose practicar, se hace por medio del presente anuncio, al venir así establecido en el art. 59. 4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, y a tenor de lo dispuesto en el art. 60.2 de la citada Ley anterior, se procede a la publicación íntegra del acto.

RESOLUCION DE EXPEDIENTE DE REINTEGRO

Expte. FPO núm. 21-150/95 J.

De conformidad con las normas vigentes, este Servicio de Formación y Empleo eleva a V.I. la siguiente Propuesta de Resolución:

Visto el expediente referenciado, en virtud de petición formulada por la entidad denominada M.ª del Carmen Rosa Giles y documentación complementaria, aportadas en solicitud de ayuda para la ejecución de los Programas de FPO, al amparo del Decreto 28/95, de 21 de febrero.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º Mediante Resolución dictada por la Delegación Provincial de Trabajo e Industria de Huelva de la Junta de Andalucía, en fecha 27.7.95, se otorgó a la entidad M.ª del Carmen Rosa Giles con NIF 75.442.189T, y domicilio en C/ Muelle de Portugal, s/n, C.P. 21400, de Ayamonte, una subvención por valor de tres millones seiscientas cincuenta y ocho mil doscientas pesetas (3.658.200 pesetas) para cubrir los costes derivados del desarrollo de acciones en materia de Formación Profesional Ocupacional programadas por la beneficiaria, de cuya cantidad ésta percibió un anticipo del 75% por importe de dos millones setecientas cuarenta y tres mil seiscientas cincuenta pesetas (2.743.650 pesetas).

2.º En fecha 10 de abril de 2000, esta Delegación Provincial dictó Acuerdo de Inicio de expediente de Reintegro de la cantidad de tres millones quinientas noventa y nueve mil treinta pesetas (3.599.030 pesetas), integrada por dos millones setecientas cuarenta y tres mil seiscientas cincuenta pesetas (2.743.650 pesetas) más ochocientas cincuenta y cinco mil trescientas ochenta pesetas (855.380 pesetas), correspondientes a los intereses legales devengados, Acuerdo que confería a la entidad un plazo de quince días desde su notificación para que, con vista al expediente, pudiera efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificaciones que considerara convenientes a su derecho, con apercibimiento de que transcurrido dicho plazo se resolvería sin más trámite.

3.º Tras haberse intentado la notificación al interesado y no habiendo llegado la misma a buen término, se procede a practicar la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/99, de

13 de enero, teniendo lugar la publicación en BOJA el 20 de julio de 2000, núm. 83. De igual forma, se publica en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Ayamonte, según documentación acreditativa que obra en el expediente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Según lo establecido en el artículo 17 de la Orden de 31 de marzo de 1993, será competente para conocer y resolver en materia de FPO el Ilmo. Sr. Delegado Provincial.

Segundo. En aplicación del artículo 112 de la Ley 5/1983, de

19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tras su modificación en virtud del artículo 26 de la Ley 7/1996, de 31 de julio, en caso de existencia de partidas ya anticipadas y no invertidas se procederá a su reintegro a la Tesorería General de la Junta de Andalucía.

En el caso presente, y ante la falta de oposición por parte de la entidad subvencionada, a tenor del Acuerdo de Inicio de expediente de Reintegro a que se hizo referencia, procede confirmar el citado Acuerdo en todos sus términos y disponer el requerimiento a la misma de reintegrar la cantidad de tres millones quinientas noventa nueve mil treinta pesetas

(3.599.030 pesetas) a la Tesorería de la Junta de Andalucía. En el caso presente, y ante la falta de oposición por parte de la entidad subvencionada, a tenor del Acuerdo de Inicio de expediente de reintegro a que se hizo referencia, procede aquí confirmarlo en todos sus términos y disponer el requerimiento a la misma de reintegrar a la citada Tesorería General la cantidad referida anteriormente.

Tercero. En la tramitación del expediente se han observado todos los preceptos de obligado cumplimiento.

Vistas las actuaciones practicadas, los preceptos legales citados y demás de general aplicación, el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico

R E S U E L V E

1.º Declarar el incumplimiento de la obligación de

justificación/finalidad para la que se concedió la subvención.

2.º Declarar que, como consecuencia de lo anterior, procede el reintegro de la cantidad de 2.743.650 pesetas más 855.380 pesetas en concepto de intereses de demora, devengados desde la fecha de pago de la subvención.

3.º El reintegro deberá efectuarse en el siguiente plazo:

a) Si la Resolución se notifica entre los días 1 y 15 de cada mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b) Si se notifica la Resolución entre los días 16 y último de cada mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día

20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera verificado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía de apremio.

4.º El ingreso del reintegro se efectuará en Entidad

Colaboradora de la Junta de Andalucía. En el documento de ingreso u orden de transferencia deberá hacer constar que la causa del ingreso es el reintegro de la subvención, teniendo la entidad que presentar ante esta Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico, Servicio de Formación y Empleo, copia de dicho ingreso en el plazo de 10 días desde que la misma fuere llevada a efecto.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados en la forma prevista en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero, con la

advertencia de que contra la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Andalucía, en Sevilla, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en el art. 46 de la Ley 29/98, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Con carácter previo y potestativo cabe interponer, ante esta Delegación Provincial, recurso de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad con el art.

116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

Huelva, 26 de febrero de 2001.- El Delegado, Manuel Alfonso Jiménez.