Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En virtud de las facultades que me vienen atribuidas por el artículo 21 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y del acuerdo adoptado por el Pleno de esta Institución en la sesión celebrada el día 7 de febrero de
2001,
RESUELVO
De conformidad con el art. 12 de la citada Ley 1/1988, ordenar la publicación del Informe de Fiscalización de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, correspondiente al ejercicio 1998.
Sevilla, 4 de abril de 2001.- El Consejero Mayor, Rafael Navas Vázquez.
FISCALIZACION DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA 1998 (OE 06/99)
El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su sesión celebrada el día 7 de febrero de 2001 con asistencia de todos sus miembros, ha acordado aprobar por mayoría, con el voto en contra de un Consejero, el Informe de Fiscalización de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, correspondiente al ejercicio 1998.
INDICE
I. Introducción.
II. Objetivos y Alcance.
II.1. Limitación al Alcance.
III. Rendición de Cuentas.
III.1. Estados Presupuestarios.
III.2. Estados Financieros.
IV. Fiscalización.
IV.1. Liquidación Presupuestaria.
IV.1.1. Modificaciones Presupuestarias.
IV.1.2. Gastos.
IV.1.2.1. Gastos de Personal.
IV.1.2.2. Gastos en Bienes Corrientes y Servicios. IV.1.2.3. Gastos Financieros.
IV.1.2.4. Transferencias Corrientes y de Capital. IV.1.2.5. Inversiones Reales.
IV.1.2.6. Activos Financieros.
IV.1.3. Ingresos.
IV.1.3.1. Tasas y otros Ingresos.
IV.1.3.2. Transferencias Corrientes y de Capital. IV.1.3.3. Ingresos Patrimoniales.
IV.1.3.4. Enajenación de Inversiones Reales. IV.1.3.5. Activos Financieros.
IV.1.3.6. Pasivos Financieros.
IV.1.3.7. Deudores.
IV.1.4. Financiación Afectada.
IV.1.5. Tesorería.
IV.1.6. Remanente de Tesorería.
IV.2. Control Interno.
V. Conclusiones y recomendaciones. Opinión.
VI. Anexos.
I. Criterios para determinar los derechos que pudieran
considerarse de difícil materialización según los
artículos 172 de la LRHL y 101 y siguientes del
R.D. 500/90.
II. Estados y Cuentas Anuales.
II.1.Liquidación Presupuesto ejercicio corriente.
II.2.Liquidación Presupuesto ejercicios cerrados.
II.3.Modificaciones Presupuestarias.
II.4.Balances de Situación al 31.12.
II.4.1.Cuentas de Orden.
II.5. Cuenta de Resultados.
II.6. Estado de Tesorería.
II.7. Remanente Líquido de Tesorería.
VII. Alegaciones al contenido del Informe de Fiscalización.
ABREVIATURAS
CAP Cuenta de Administración del Patrimonio.
CCA Cámara de Cuentas de Andalucía.
CD Crédito Definitivo.
CI Crédito Inicial.
Dot/DOT Dotación.
DPC Derechos Pendientes de Cobro.
DR Derechos Reconocidos.
GMU Gerencia Municipal de Urbanismo.
ICAL Instrucción de Contabilidad de la Administración Local.
IGAE Intervención General de la Administración del Estado. LRHL Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
M Modificaciones.
MP Millones de pesetas.
OR Obligaciones Reconocidas.
PD Presupuesto Definitivo.
PGCAL Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la Administración Local.
PI Presupuesto Inicial.
PP Pendiente Pago.
PR Pagos Realizados.
RN Recaudación Neta.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]