Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 22/05/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 30 de abril de 2001, de la Secretaría General para la Administración Pública, de concesión de las subvenciones objeto de la Orden que se cita, en el ámbito del personal vinculado administrativa o estatutariamente a la Administración de la Junta de Andalucía.

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La Orden de 17 de julio de 1997 de la Consejería de Gobernación y Justicia, publicada en el BOJA núm. 91, de 7 de agosto, y la Orden de 19 de enero de 1998, publicada en BOJA núm. 15, de 7 de febrero, regulan la concesión de subvenciones a las Organizaciones Sindicales para financiar su acción sindical en los ámbitos del personal laboral y personal vinculado administrativa o estatutariamente a la Administración de la Junta de Andalucía.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, procede su Resolución, una vez examinada la documentación presentada por cada una de las Organizaciones Sindicales y comprobadas las cuantías que les corresponden, en función de lo establecido en el artículo 5 de la citada Orden de 17 de julio.

En su virtud, esta Secretaría General para la Administración Pública, y en uso de la competencia delegada que tiene atribuida por su Disposición Adicional Unica,

R E S U E L V E

Primero. Conceder la subvención anual a las Organizaciones Sindicales por la cuantía que a continuación se indica y respecto del ámbito del personal vinculado administrativa o estatutariamente a la Administración de la Junta de Andalucía, con la siguiente distribución:

Organización beneficiaria: CSI-CSIF.

Importe total: 23.205.304 ptas.

2001: 17.403.978 ptas.

2002: 5.801.326 ptas.

Organización beneficiaria: CC.OO.

Importe total: 23.023.966 ptas.

2001: 17.267.974 ptas.

2002: 5.755.992 ptas.

Organización beneficiaria: UGT.

Importe total: 21.633.714 ptas.

2001: 16.225.286 ptas.

2002: 5.408.428 ptas.

Organización beneficiaria: CEMSATSE.

Importe total: 11.532.673 ptas.

2001: 8.649.505 ptas.

2002: 2.883.168 ptas.

Organización beneficiaria: ANPE.

Importe total: 3.911.899 ptas.

2001: 2.933.924 ptas.

2002: 977.975 ptas.

Organización beneficiaria: STES-USTEA.

Importe total: 3.700.338 ptas.

2001: 2.775.253 ptas.

2002: 925.085 ptas.

Organización beneficiaria: CGT.

Importe total: 1.692.481 ptas.

2001: 1.269.361 ptas.

2002: 423.120 ptas.

Organización beneficiaria: SAE.

Importe total: 1.480.921 ptas.

2001: 1.110.691 ptas.

2002: 370.230 ptas.

Organización beneficiaria: ASTISA.

Importe total: 816.018 ptas.

2001: 612.014 ptas.

2002: 204.004 ptas.

Organización beneficiaria: SPAS.

Importe total: 544.012 ptas.

2001: 408.009 ptas.

2002: 136.003 ptas.

Organización beneficiaria: FATE.

Importe total: 211.560 ptas.

2001: 158.670 ptas.

2002: 52.890 ptas.

Organización beneficiaria: USO.

Importe total: 151.114 ptas.

2001: 113.335 ptas.

2002: 37.779 ptas.

Segundo. Conforme a lo indicado en el artículo 7 de la Orden de 17 de julio de 1997, la subvención tendrá la consideración de gasto plurianual ajustado a los requisitos previstos en los artículos 3.º y 4.º del Decreto 44/1993, de 20 de abril, es decir, se hará efectiva en dos anualidades de forma que el 75% del total se liquidará con cargo al ejercicio de 2001 y el 25% restante al de 2002.

Tercero. Las cantidades correspondientes a cada subvención se imputarán a la aplicación presupuestaria

01.12.00.01.00.482.00.1.3.A.8. «Ayudas a Organizaciones Sindicales¯ de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio de 2001.

Cuarto. La finalidad de la subvención es la financiación de los gastos corrientes de las Organizaciones Sindicales

beneficiarias que se enumeran en el artículo 4 de la Orden de

17 de julio de 1997.

Quinto. La documentación a que se refiere el artículo 8 de la citada Orden de 17 de julio de 1997, acreditativa de la aplicación dada por las Organizaciones Sindicales a las cuantías otorgadas, se remitirá a la Secretaría General para la Administración Pública en el plazo de tres meses, contados a partir de la fecha en que se efectúe cada uno de los pagos.

Sexto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 30 de abril de 2001.- La Secretaria General para la Administración Pública, Presentación Fernández Morales.