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La Orden de 17 de febrero de 2000 (BOJA núm. 28, de 7 de marzo), de la Consejería de Gobernación y Justicia, convoca concurso extraordinario de acceso a la condición de personal laboral de carácter indefinido en plazas correspondientes a las Consejerías de Trabajo e Industria, Obras Públicas y Transportes, Agricultura y Pesca, Medio Ambiente, Asuntos Sociales y al Instituto Andaluz de la Mujer.
Mediante Orden de 27 de julio de 2000, de esta Consejería de Medio Ambiente, se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, y la relación de seleccionados, correspondiente al concurso extraordinario de acceso a la condición de personal laboral de carácter indefinido en plazas pertenecientes a esta Consejería.
Por otra parte, la Orden de 31 de octubre de 2000 (BOJA núm
132, de 16 de noviembre), de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Junta de Andalucía, en aplicación del acuerdo de 27 de julio de 1999, de la Comisión del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, sobre empleo público.
Por lo tanto, y de conformidad con la disposición adicional segunda de la Orden de 31 de octubre de 2000, anteriormente citada, procede adscribir a dicho personal laboral de carácter indefinido a los puestos de trabajo correspondientes a la Consejería de Medio Ambiente.
DISPONGO
Primero. Adscripción provisional del personal laboral de carácter indefinido.
Los laborales de carácter indefinido, cuyos datos identificativos aparecen en el Anexo I de esta Orden, quedan adscritos, respectivamente, en los puestos que se detallan en el mencionado Anexo I. Dicha adscripción tiene carácter provisional.
Segundo. Gestión de las inscripciones registrales.
Por los órganos correspondientes de los Centros Directivos (Delegaciones Provinciales y Servicios Centrales) a los que quedan adscritos el personal laboral incluido en el Anexo I de la presente Orden, se gestionarán los actos objeto de inscripción en el Registro General de Personal.
Tercero. Efectos.
La presente Orden surtirá efectos desde el día 1 de enero de
2001.
Cuarto. Contra la presente Orden se podrá interponer reclamación previa a la vía laboral de conformidad con lo dispuesto en el art. 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 30 de noviembre de 2000
FUENSANTA COVES BOTELLA
Consejera de Medio Ambiente
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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