Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 18/01/2001

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Otros. AYUNTAMIENTO DE PATERNA DE RIVERA

ANUNCIO de bases.

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La Comisión Municipal de Gobierno en sesión celebrada el día 5 de diciembre de 2000, acordó convocar concurso-oposición para la provisión de plazas de funcionarios que están siendo desempeñadas por personal laboral fijo que estén adscritos a puestos de trabajo que corresponden a funcionarios, al amparo de la Orden de 27 de marzo de

1991, del Ministerio de las Administraciones Públicas, «Boletín Oficial del Estado¯ núm. 78, de 1 de abril, que a continuación se señalan:

- Escala Administración Especial. Subescala Servicios Especiales. Clase Servicio Vías y Obras. Número de plazas: Una. - Escala Administración Especial. Subescala Servicios Especiales. Clase Auxiliar Administrativo. Número de plazas: Una.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE FUNCIONARIZACION DE PERSONAL LABORAL FIJO POR EL TURNO DE «PLAZAS AFECTADAS POR LA LEY DE MEDIDAS¯

1.º Objeto de la convocatoria.

Es la provisión, mediante el procedimiento que determina la Orden de 27 de Marzo de 1991, del Ministerio de las Administraciones Públicas, «Boletín Oficial del Estado¯ núm. 78, de 1 de Abril, por el que se articula el proceso de funcionarización del personal laboral adscrito a puestos de trabajo que corresponden a funcionarios, de las plazas que en las siguientes bases se describen.

2.º Ambito de aplicación y escala para la que se efectúa la convocatoria y número de plazas que incluye.

2.1. Solo podrán participar en este proceso selectivo el personal laboral fijo del Ayuntamiento de Paterna de Rivera, que esté adscrito a puestos de trabajo que corresponden a funcionarios de:

- Escala Administración Especial. Subescala Servicios Especiales. Clase Servicio Vías y Obras. Número de plazas: Una. - Escala Administración Especial. Subescala Servicios Especiales. Clase Auxiliar Administrativo. Número de plazas: Una.

2.2. Las plazas convocadas y no cubiertas no podrán ser acumuladas a otros turnos de acceso.

3.º Requisitos para ser admitidos a las pruebas selectivas. Al término del plazo de presentación de las instancias los aspirantes deberán de haber acreditado los siguientes requisitos.

3.1. Ser español.

3.2. Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por la edad determinada por la legislación básica en materia de función pública. 3.3. Estar en posesión del título de:

3.3.1. Para la Subescala de Auxiliar de Administración, Grupo D: Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente. 3.3.2. Para la Subescala de Servicios Especiales, Grupo D: Certificado de Escolaridad o equivalente.

3.4. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones.

3.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

4.º Documentación a presentar por los candidatos. 4.1. Copia compulsada del contrato laboral suscrito con este Ayuntamiento, o certificación acreditativa de su relación laboral expedida por el Secretario General del Ayuntamiento.

4.2. Certificación expedida por el Secretario General del Ayuntamiento, que acredite que el puesto de trabajo del que era titular el aspirante ha sido clasificado por el Ayuntamiento Pleno como reservado a funcionario y adscrito a la Escala de Administración a la que concurra.

5.º Sistema de selección.

Será el de concurso-oposición.

5.1. La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, será valorada con arreglo a la siguiente puntuación:

- Por cada año trabajado en esta Entidad Local 0,50 puntos. - Por cada año trabajado en otra Entidad Local 0,25 puntos.

Que deberán ser justificados en el momento de presentación de las instancias, mediante certificación acreditativa expedida al efecto. Y que en su cómputo total no puede sobrepasar de 4,5 puntos de la nota final del proceso selectivo.

Los puntos obtenidos en esta fase de concurso no se podrán aplicar para superar la fase de oposición.

5.2. La fase de oposición constará del siguiente ejercicio práctico que versará sobre la plasmación real de los conocimientos adquiridos por el aspirante, mediante la contestación de un test sobre las materias del temario.

5.3. Temario.

5.3.1. Subescala de Auxiliares de Administración.

Tema 1. Estructura y contenido de la Constitución de 1978. Derechos fundamentales y libertades públicas. La Corona.

Tema 2. El Estado de las Autonomías: Principios y

características. Competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. Ideas generales de la Administración del Estado, Autonómica, Local, Institucional y Corporativa.

Tema 3. Concepto y regulación del procedimiento administrativo. Su iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Referencia a los recursos administrativos.

Tema 4. La Administración Local: Entidades que comprende. Regulación actual. Organos del Municipio y sus competencias. Organos de la Provincia y sus competencias.

Tema 5. Régimen de funcionamiento de las Corporaciones Locales. Sesiones y acuerdos.

Tema 6. El personal al servicio de las Corporaciones Locales: Sus clases. La oferta de empleo público y las relaciones de puestos de trabajo. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Especial referencia a los derechos colectivos. El régimen de

incompatibilidades. La Seguridad Social de los funcionarios locales.

Tema 7. El Presupuesto de las Corporaciones Locales:

Elaboración, aprobación y ejecución.

Tema 8. Las Haciendas Locales: Referencia a los ingresos. Las Ordenanzas Fiscales.

Tema 9. Los derechos y deberes de los vecinos en el ámbito local. Información y participación ciudadana. El ciudadano como cliente y como usuario de los servicios públicos.

Tema 10. La atención al público: Acogida e información. Los servicios de información y reclamación administrativa.

Tema 11. La comunicación de la Administración. Ideas generales. La comunicación telefónica. La comunicación escrita. El expediente administrativo. La comunicación oral. Otras formas de comunicación. El uso correcto del lenguaje administrativo.

Tema 12. El Registro de documentos: Concepto. El Registro de entrada y salida: Su funcionamiento en las Corporaciones Locales. La presentación de instancias y otros documentos en las oficinas públicas. La informatización de los Registros.

Tema 13. El archivo: Concepto. Clases de archivo y su

funcionamiento. Principales criterios de ordenación. Especial referencia al archivo de gestión. El derecho de los ciudadanos al acceso a archivos y registros.

Tema 14. El trabajo personal. Su organización y planificación. Evaluación y autocontrol. La motivación del personal en el sector público.

Tema 15. Definición de informática. Concepto de ordenador. Clasificación de los ordenadores. La Unidad Central de Proceso. Dispositivos de entrada y salida.

Tema 16. Representación de la información. Codificación de la información. Sistemas de codificación binaria. Medidas de la información (bit, byte, palabra, carácter).

Tema 17. Almacenamiento de la información. Fichero. Registro. Campo. Operaciones sobre ficheros. Organización de ficheros. Dispositivos de almacenamiento. Ficheros en disco. Directorios.

Tema 18. El sistema lógico (software). Programas del sistema. Programas de aplicación. Sistema operativo.

Tema 19. Bases de datos. Necesidad. Objetivos. Prioridades. Estructura lógica.

Tema 20. Telemática. Transmisión de datos. Tipo de conexión. Elementos físicos. Ofimática. Objetivos. Ventajas y aplicaciones ofimáticas. Procesadores de textos. Hojas de cálculo. Bases de datos. Gráficos. Paquetes integrados.

5.3.2. Subescala Servicios Especiales. Clase Servicio Vías y obras.

Tema 1. Estructura y contenido de la Constitución de 1978. La división de poderes de España: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. La Corona.

Tema 2. La administración Central y Periférica del Estado. Los Organismos Autónomos.

Tema 3. la organización territorial del Estado según la Constitución. Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía.

Tema 4. La Administración Local: Regulación actual y entidades que comprende. Especial referencia al Municipio y la Provincia. Elementos constitutivos del Municipio: Población, territorio y organización.

Tema 5. Competencias municipales. Organos de gobierno del Ayuntamiento. El Ayuntamiento...: Organización interna de distribución de competencias y ubicación de sus dependencias. (Igual, en su caso, para la Diputación Provincial).

Tema 6. Derechos, deberes y responsabilidades de los

funcionarios públicos. Situaciones administrativas, incompatibilidades y Régimen disciplinario.

Tema 7. El ciudadano ante la Administración. Derechos del ciudadano en su trato con el Ayuntamiento. El funcionamiento al servicio del público.

Tema 8. Las normas de relación con el ciudadano: Idea general de la iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo. La atención al público. Normas para la atención personalizada.

Tema 9. Conocimiento del Municipio o Provincia...: Principales aspectos de su historia, geografía, cultura, festejos, etc.

Tema 10. Conocimiento del Municipio o Provincia...: Principales aspectos urbanísticos, calles, plazas, medios de comunicación, etc. Ubicación de sus principales edificios públicos, monumentos, etc.

5.4. La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de sus dos fases.

6.º Procedimiento.

6.1. Instancias.

Los aspirantes pueden presentar las solicitudes en el plazo de quince días desde la publicación de estas Bases en el último Boletín en que se publiquen BOP o BOJA, acompañadas de los justificantes acreditativos de que cumplen los requisitos que señala la Base 3, y de los documentos que se determinan en la Base 4.

6.2. Cumplido el plazo de presentación de instancias el Alcalde- Presidente mediante Resolución:

6.2.1. Declarará la lista de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas de selección.

6.2.2. Nombrará los miembros que han de formar parte del Tribunal con arreglo a la siguiente estructura:

- Presidente, el de la Corporación o miembro de ésta en quien delegue.

- Secretario, el de la Corporación o funcionario en quien delegue, que además actuará de vocal.

- Vocales:

Un representante de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Un miembro de la Corporación.

El Tesorero del Ayuntamiento.

Un representante de la Junta de Personal.

Otorgando un plazo de quince días para que puedan ser recusados por parentesco hasta el segundo grado amistad o enemistad manifiesta los miembros del Tribunal.

6.2.3. Señalado el día y la hora en que darán comienzo las pruebas.

6.3. Propuesta de nombramiento.

Los aspirantes que hayan superado las pruebas serán propuestos por el Tribunal para ser nombrados por el Organo de Gobierno competente en el plazo máximo de un mes.

7.º Normas de destino.

7.1. El personal laboral que supere las pruebas selectivas de acceso, quedará destinado en el puesto de trabajo de personal funcionario en que su puesto se haya reconvertido, y deberá de permanecer en el mismo durante un plazo mínimo de dos años, siéndole de aplicación, con la imprescindible adaptación a la Entidad Local, lo dispuesto en el art. 20.1.f) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

7.2. Dichos puestos de trabajo de personal funcionario tendrán funciones idénticas a las que venía desempeñando como laboral y las retribuciones serán las propias del puesto de funcionario, y en todo caso no serán inferiores a las consolidadas por el contratado laboral en el puesto que como tal ha venido desempeñando.

7.3. Los aspirantes que no superen la convocatoria mantendrán su situación de laboral indefinido.

Paterna de Rivera, 27 de noviembre de 2.000.- El Secretario.

AYUNTAMIENTO DE ROTA (CADIZ)