Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 18/01/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE SALOBREÑA (GRANADA)

EDICTO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don Manuel Pérez Cobos, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Salobreña (Granada)

Hago saber: Que mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 11 de diciembre de 2000 se aprueba la convocatoria para cubrir una Plaza de Ingeniero Técnico Industrial incluida en la Oferta de Empleo Público de 2000 cuya provisión se rige por las siguientes:

B A S E S

Primera. Objeto de la convocatoria

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad y mediante el procedimiento de concurso oposición libre, de una plaza de Ingeniero Técnico Industrial vacante en la plantilla de funcionarios/as de este Ayuntamiento, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Media. La plaza consta incluida en la Oferta de Empleo Público del ejercicio de 2000, aprobada por Decreto de la Alcaldía de fecha 9 de junio de 2000 y publicada en el BOE núm. 171 de 18 de julio del mismo año.

1.2. La plaza está dotada económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo B y las retribuciones complementarias establecidas en el Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento.

Segunda. Legislación aplicable.

2.1. El proceso selectivo de la mencionada plaza se regirá por las presentes Bases y en lo no previsto en las mismas le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por la que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y R.D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y programas mínimos a los que ha de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local y Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

2.2. Además de la normativa legal correspondiente a la función pública, será de aplicación lo dispuesto en el art. 39 de la Ley

50/1999.

Tercera. Requisitos de los/as aspirantes. Para ser admitido/a a las pruebas para el acceso a la función pública local será necesario que los/as aspirantes reúnan a la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias los siguientes requisitos y condiciones:

a) Ser español/a o nacional de un estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y desarrollado por Real Decreto 800/1995. b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Industrial d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones. e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

f) No estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto en Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

Cuarta. Instancias y documentación.

4.1. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud, ajustada al modelo-solicitud que se inserta al final de estas Bases, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base tercera de esta convocatoria.

4.2. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Salobreña y se presentarán en el Registro General en cualquiera de las formas contempladas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4.3. Las solicitudes vendrán acompañadas de justificante de haber ingresado los derechos de examen que serán de 3.000 pesetas. Su cuantía se ingresará en la Tesorería Municipal o bien mediante giro postal o telegráfico.

4.4. Quedará exento del abono de los derechos de examen el personal que preste sus servicios en el Ayuntamiento de Salobreña por aplicación del Acuerdo Regulador del Personal de este Ayuntamiento

Quinta. Admisión de candidatos.

5.1. Terminado el plazo de presentación de instancias en el plazo de un mes la Alcaldía dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes, admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, lugar de exposición de dichas listas y plazo para subsanación de errores. La Resolución será publicada en el BOP y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Salobreña.

5.2. Transcurrido el plazo de subsanaciones, la Alcaldía dictará Resolución aprobando las listas definitivas, designando los miembros del tribunal e indicará el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio. A la Resolución se dará publicidad mediante la inserción de Edictos en el Boletín Oficial de la Provincia.

5.3. La aspirantes excluidos podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el siguiente al de la publicación del Decreto, como previo al contencioso-administrativo.

Sexta. Tribunal de selección.

6.1. De conformidad con lo dispuesto en el art. 4.e) y f) del R.D. 896/1991, de 7 de junio, el Tribunal tendrá la siguiente composición:

- Presidente: El de la Corporación o miembro en quién delegue. - Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía, un representante de la Junta de Personal y dos funcionarios, o miembros en quienes deleguen.

- Secretario: El Secretario de la Corporación o en su defecto un funcionario del Ayuntamiento.

6.2. Todos los vocales y los suplentes que se designen, deberán tener igual o superior titulación a la exigida para el puesto. 6.3. Los Tribunales de selección no podrán constituirse ni actuar sin la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros titulares a suplentes.

6.4. Los miembros del Tribunal están sometidos a las causas de abstención y recusación de las reguladas en la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

6.5. El Tribunal está autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar las acuerdos necesarios para velar por el buen orden de la convocatoria.

6.6. Los miembros de los Tribunales serán retribuidos de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, modificado por Resolución de

11 de febrero de 1991 (BOE de 23 de febrero de 1991). La categoría estará en función del Grupo que se corresponda con la plaza a cubrir.

Séptima. Desarrollo de las pruebas.

7.1. La fecha, hora y lugar en que dará comienzo el primer ejercicio de la oposición será anunciado, al menos, con diez días de antelación, mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de edictos de lo Corporación sin que entre la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente exista un plazo inferior a setenta y dos horas.

7.2. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de los opositores se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Z¯. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por lo letra «Z¯, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «A¯.

7.3. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios en el BOP. Los anuncios se harán públicos por el Tribunal en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

Octava. Proceso selectivo.

1. Fase de concurso: Se valorará con arreglo al siguiente baremo.

A) Méritos profesionales:

Por cada trimestre de servicios completos prestados a la administración local en puesto de igual contenido al que se opta: 1 punto.

La puntuación máxima de los méritos profesionales será de 3 puntos.

B) Formación:

Por cada curso relacionado con el Medio Ambiente o el Urbanismo, según lo siguiente:

- De 400 o más horas: 1,5 puntos.

- De 250 hasta 399 horas: 0,5 puntos.

La puntuación máxima de la formación será de 2 puntos. 2. Fase de la oposición:

Primer ejercicio: De carácter eliminatorio y consistirá en contestar por escrito a un cuestionario comprensivo de cuarenta preguntas de respuestas múltiples, tipo test, de las que sólo una será correcta, todas ellas pertenecientes al temario que se inserta al final de estas Bases como Anexo I. El tiempo máximo para su realización será de una hora. Cada pregunta contestada acertadamente se valorará en 0,25 puntos. La puntuación máxima será de 10 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter eliminatorio y consistirá en desarrollar por escrito, en un periodo máximo de hora y media, la emisión de dos informes relacionados con las funciones de la plaza a cubrir. Se valorarán las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes. El ejercicio se calificará por cada miembro del tribunal entre 0 y 10 puntos, siendo la nota del ejercicio la media aritmética de las puntuaciones. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

La puntuación de la fase de oposición será la suma de la obtenida en cada uno de los ejercicios.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en cada una de las Fases.

Novena. Listas de aprobados, presentación de documentos y nombramiento de Funcionarios de Carrera.

9.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de aprobados, por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas. Igualmente elevará la respectiva propuesta de nombramiento de funcionario de carrera a la Presidencia de la Corporación.

9.2. El aspirante aprobado dispondrá de un plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del Acta en el tablón de edictos para presentar los siguientes documentos:

a) Certificación en extracto del Acta de nacimiento expedida en el Registro Civil correspondiente.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, del título exigido. c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones propias de la plaza convocada.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico, ni psíquico que impida el desempeño de las funciones propias de la plaza convocada.

e) Declaración de no estar incurso en incompatibilidad y compromiso de no desempeñar ninguna otra actividad pública o privada ajena a esta Administración, salvo las legalmente permitidas en e1 régimen de incompatibilidades

9.3. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía elevará a definitivas la propuesta de nombramiento. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, contados a partir de la fecha de notificación del nombramiento, de conformidad con lo previsto en la legislación vigente. El aspirante que no tomara posesión de su cargo en el plazo señalado, sin causa justificada, decaerá en todos sus derechos.

Décima. Base final.

La convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en la forma establecida por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

Grupo I (Materias comunes).

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales, Características y Estructura.

Tema 2. El Gobierno.

Tema 3. El Poder Legislativo,

Tema 4. El Poder Judicial.

Tema 5. La Corona.

Tema 6. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Las Comunidades Autónomas. Organización y Competencias. Tema 7. El Régimen Local Español: Principios Constitucionales y Régimen Jurídico.

Tema 8. Organización Municipal. Organización Provincial. Tema 9. Competencias Municipales y Provinciales.

Tema 10. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. Enumeración. La Ley. Clases de Leyes.

Tema 11. El Acto Administrativo: Concepto, Clases y Elementos. Tema 12. El Presupuesto: Concepto y Características. El Ciclo Presupuestario. La Relación Jurídico Tributaria: Concepto, Naturaleza y Elementos. El Hecho Imponible: Concepto y Clases. El Sujeto Pasivo.

Grupo II (Materias específicas).

Tema 13. Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tema 14. Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma Andaluza de 12 de diciembre de 1995. Tema 15. Reglamento de Informe Ambiental de la Comunidad Autónoma Andaluza de 30 de abril de 1996.

Tema 16. Reglamento de calificación Ambiental de la Comunidad Autónoma Andaluza de 19 de diciembre de 1995.

Tema 17. Reglamento de Calidad del Aire de la Comunidad Autónoma Andaluza de 20 de febrero de 1996.

Tema 18. Ordenanza municipal contra la contaminación por ruidos y vibraciones.

Tema 19. Ley 10/1998 de residuos. Normas reguladoras. Normativa de residuos en la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tema 20. Reglamento de Calidad de aguas litorales.

Tema 21. Reglamento general de policía de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Tema 22. Aguas residuales urbanas. Características.

Contaminaciones que generan. Sistemas naturales de depuración de aguas residuales urbanas.

Tema 23. Tecnologías de bajo coste o no convencionales de depuración de aguas residuales urbanas. EDAR convencionales. Tipos. Reutilización de aguas residuales. Tratamiento de lodos de depuradoras.

Tema 24. Contaminación atmosférica. Definición. Unidades. Tipos: materias sólidas. Compuestos del azufre. Compuestos inorgánicos del carbono. Compuestos del nitrógeno. Ozono. Compuestos orgánicos. Metales. Fuentes de contaminación atmosférica. Legislación sobre contaminación atmosférica.

Tema 25. Normas técnicas para la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte. Tema 26. Actividades productoras de humos y olores.

Contaminantes y control de emisión. Tratamientos de efluentes. Diseño de instalaciones.

Tema 27. Instalaciones de protección contra incendios en los edificios. Normativas de aplicación. Diseño de instalaciones. Compartimentación, evacuación y señalización.

Tema 28. Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, recogida, transporte y planta de transferencia.

Tema 29. Tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos. Vertederos controlados, reciclaje, incineración.

Tema 30. Plantas de recuperación y compostaje.

Tema 31. Gestión de Residuos Sólidos Urbanos en el municipio de Salobreña y en la Provincia de Granada.

Tema 32. Legislación medioambiental andaluza y su incidencia en el Urbanismo.

Tema 33. Actividades sujetas y no sujetas a licencia de apertura. Legislación estatal y autonómica. Actividades clasificadas e inocuas.

Tema 34. Procedimiento para la obtención de la licencia municipal de apertura. Horarios comerciales. Cambio de titularidad o traspaso de licencia. Extinción, licencias provisionales. Emplazamientos y distancias de actividades clasificadas. Organos Competentes.

Tema 35. Seguridad e Higiene en el Trabajo. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Tema 36. Propagación del sonido al aire libre y en espacios cerrados.

Tema 37. Instrumentos de medida acústica y de vibración. Tema 38. Técnicas de medida del ruido y de la vibración. Tema 39. Niveles sonoros y su medida.

Tema 40. Materiales absorbentes del sonido.

Tema 41. Aislamiento del sonido transmitido por el aire. Tema 42. Aislamiento del sonido transmitido por estructuras. Tema 43. Control del ruido en edificios.

Tema 44. Medida y análisis del ruido de maquinaria.

Tema 45. Control del ruido de maquinaria.

Tema 46. Ruido de ventilación. Sistemas de ventilación para pequeños equipos.

Tema 47. Control del ruido y criterios para el control del ruido en calefacciones, ventilación y sistemas de aire acondicionado. Tema 48. El informe de peritación. Valoraciones y tasaciones. Valoración de maquinaria e instalaciones.

Tema 49. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo: principios generales. La clasificación y la calificación del suelo como técnica de vinculación objetiva del suelo o destinos urbanísticos. Concepto de solar. Régimen del suelo no urbanizable y urbanizable no programado.

Tema 50. Régimen del suelo urbano y urbanizable. Derechos y deberes básicos de los propietarios. Aprovechamiento permitido por el planeamiento, aprovechamiento tipo y aprovechamiento susceptible de adquisición por los propietarios. Aprovechamiento de referencia en ausencia de aprovechamiento tipo. Consecuencias del incumplimiento de los deberes urbanísticos.

Tema 51. Valoración de los terrenos según el tipo de suelo. Valoración de terrenos destinados a sistemas generales, dotaciones públicas y actuaciones expropiatorias. Valoración de obras y otros bienes y derechos. Valoración del suelo urbano sin aprovechamiento tipo.

Tema 52. La ordenación territorial: clases de planes de ordenación. Naturaleza jurídica de los instrumentos de planeamiento. El régimen de su impugnación.

Tema 53. El PGOU: Objeto, determinaciones y documentación. Normas subsidiarias y complementarias: clases, determinaciones y documentación. Los estándares urbanísticos. Sistemas generales y sistemas locales.

Tema 54. El planeamiento del desarrollo. Programas de actuación urbanística. Planes parciales: objeto, determinaciones y documentación. Planes especiales: clases. Estudios de detalle. Areas de reparto: su delimitación, aprovechamiento tipo: su cálculo. Tema 55. Elaboración y aprobación de los planes. Suspensión del otorgamiento de licencias. La participación ciudadana en la elaboración del planeamiento. Iniciativa y colaboración en el planeamiento. Competencias administrativas en la elaboración de los planes y en su aprobación. Procedimiento de aprobación. Publicación y publicidad de los planes.

Tema 56. Vigencia, revisión y modificación de los planes. Efectos de su aprobación.

Tema 57. Ejecución del planeamiento. Presupuestos de la ejecución. Unidades de ejecución: criterios y procedimiento en su delimitación. El proyecto de urbanización: naturaleza y procedimiento de aprobación. Las obras municipales ordinarias.

Tema 58. Sistemas de actuación: criterios en su elección. El sistema de compensación: sus fases. El sistema de cooperación y la reparcelación, el sistema de expropiación. Ejecución de los programas de actuación urbanística.

Tema 59. Obtención de terrenos dotacionales. Obtención de sistemas generales y locales. La ocupación directa.

Tema 60. Protección de la legalidad urbanística. Competencias en el ejercicio de la inspección urbanística. Tipificación de las infracciones urbanísticas y su sanción.

MODELO-SOLICITUD

DE ADMISION A PRUEBAS SELECTIVAS

1. Plaza a la que aspira:

1.2. Convocatoria: B.O.E Nº.... de fecha .... /..../....

2. Datos personales:

Nombre.............................................

D.N.I............................

Apellidos:..................................................... Lugar a efectos de

notificaciones........................................... tlfno ......................................

Población......................................... código postal................. Provincia................................

3. Documentación que adjunta:

3.1. Resguardo del ingreso de los derechos de examen.

3.2. Fotocopia D.N.I..

El abajo firmante, solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos consignados en esta solicitud.

Salobreña, 11 de diciembre de 2000.- El Alcalde.