Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 23/06/2001

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 15 de junio de 2001, de la Dirección General de la Producción Agraria, por la que se establece la segunda convocatoria para el reparto del cupo de 250 ha de nuevas plantaciones de vid para vinificación en el ámbito de determinadas demarcaciones geográficas, al amparo de la Orden que se cita.

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Mediante la Orden de 12 de enero de 2001, de la Consejería de Agricultura y Pesca, se regula y convoca el reparto del cupo de 750 ha de nuevas plantaciones de vid para vinificación en el ámbito de las demarcaciones geográficas que se indican en ella.

Según se prevé en el artículo 6.3, se establece una primera convocatoria para la adjudicación de 500 ha del cupo autorizado. Las 250 restantes, a las que se sumarán las que, en su caso, no se hubiesen adjudicado en la primera convocatoria, serán objeto de una segunda convocatoria que se realizará mediante Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria antes del 30 de junio de 2001, la cual será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Por tanto, en ejecución de dicha previsión, y dado que las hectáreas de la primera convocatoria han sido adjudicadas en su totalidad, procede realizar la segunda convocatoria para el reparto del cupo restante, es decir, de 250 ha.

En su virtud, y en ejercicio de las facultades conferidas mediante la citada Orden de 12 de enero de 2001,

RESUELVO

Primero. Convocatoria.

1. Se establece la segunda convocatoria para el reparto del cupo de 250 ha de viñedo, en ejecución de lo previsto en el artículo 6.4 de la Orden de 12 de enero de 2001, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se regula y convoca el reparto del cupo de 750 ha de nuevas plantaciones de vid para vinificación en el ámbito de las demarcaciones geográficas que se indican.

2. La presente convocatoria se regirá por lo previsto en la citada Orden de 12 de enero de 2001. Las demarcaciones geográficas en las que se podrán realizar las nuevas plantaciones que se adjudiquen, las variedades autorizadas a implantar y las condiciones de realización de la plantación son las específicamente establecidas en la misma.

Segundo. Solicitudes y plazo de presentación.

1. Las solicitudes se formularán conforme al modelo que figura en el Anexo de la Orden de 12 de enero de 2001, y se presentarán conforme se prevé en la misma, acompañándose de la correspondiente documentación.

2. El plazo de presentación de solicitudes de esta segunda convocatoria será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Efectos.

La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de junio de 2001.- El Director General, Luis Gázquez Soria.

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