Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 14/07/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE JAEN

EDICTO sobre bases.

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Habiendo sido aprobadas por Resolución de esta Alcaldía- Presidencia de 7 de mayo de 2001, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, según redacción dada por la Ley

11/1999, de 21 de abril, las bases que han de regir para cubrir en propiedad 2 plazas de Sargento del Servicio de Extinción de Incendios, por medio del presente se efectúa la convocatoria de concurso-oposición por el sistema de promoción interna, de acuerdo con las siguientes:

BASES

1. Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición por el sistema de promoción interna, de 2 plazas de Sargentos del Servicio de Extinción de Incendios vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, dotadas con el sueldo correspondiente al grupo C, dos pagas extraordinarias, nivel de complemento de destino 18 y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para participar en el proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Acreditar, al menos, dos años de servicios efectivos en la categoría de Cabo del Servicio de Extinción de Incendios como funcionario de carrera del Ayuntamiento de Jaén.

b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, FP2 o equivalente, o dispensas que puedan estar previstas legalmente.

3. Solicitudes.

3.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.

3.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art..4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se concederá el plazo 10 días de subsanación para los aspirantes excluidos y se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios, así como la composición el Tribunal Calificador.

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o Concejal de la misma en quien delegue.

Vocales:

1. Un representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Consejería de Gobernación.

2. Un representante de la Junta o Delegado de Personal de la Corporación.

3. Un representante del Area de Personal.

4. Dos funcionarios a designar por la Corporación.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

5.2. Los vocales del Tribunal deberán tener igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.

5.3. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

5.4. El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

5.5. El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia de cuatro vocales y el Presidente. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos

correspondientes.

5.6. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, y los aspirantes podrán promover la recusación, en los casos del art. 28.2 de la Ley 30/92, ya mencionada.

5.7. A los efectos de lo establecido en el Decreto 236/88, de 4 de marzo, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en cuarta categoría.

6. Inicio de convocatoria y celebración de pruebas.

6.1. La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético conforme al resultado del sorteo público que a tal efecto se celebrará.

6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

6.3. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.

6.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas si se trata de un nuevo ejercicio.

6.5. Entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

7. Proceso selectivo.

La selección constará de dos fase: Una de concurso y otra de oposición. La fase de concurso será previa a la de oposición.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición a efectos de determinar los aspirantes seleccionados de conformidad con la mayor puntuación obtenida en ambas fases.

La puntuación obtenida en la fase de concurso, en ningún caso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Fase concurso.

En la relación en que se apruebe la lista de aspirantes admitidos y excluidos se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la baremación de los méritos alegados por los aspirantes, de conformidad con el baremo que figura en el Anexo II de la presente convocatoria.

Terminada la baremación de méritos de los aspirantes y antes de dar comienzo a los ejercicios de la fase de oposición, se hará pública aquélla en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser superior al 45% de la máxima prevista para la fase de oposición.

Fase oposición.

7.1. Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 2 horas, dos temas, extraídos a suerte entre los que figuran en el Anexo I, uno de Derecho Administrativo y otro de las materias específicas.

Se calificarán de 0 a 10 puntos en cada tema y la nota del mismo será la media aritmética de las obtenidas en aquéllos, siendo preciso para aprobar y pasar a la fase de concurso que el aspirante haya obtenido un mínimo de 5 puntos en cada uno de los temas. Siendo el presente ejercicio de carácter

eliminatorio.

7.2. Segundo ejercicio: Consistirá en una demostración práctica de conocimiento relativo al Servicio mediante la realización de las siguientes pruebas prácticas:

a) Conocimiento y utilización del material del Servicio, determinándose por el Tribunal el aparato a emplear de los existentes en el Parque de Bomberos.

b) Resolución de un supuesto de siniestro y actuación: A calificar en cuanto a determinación, medios, emplazamiento, orden de actuación y utilización, así como confección del parte correspondiente al servicio supuesto.

8. Presentación de documentos y nombramiento.

Los aspirantes propuestos aportarán, dentro del plazo de veinte días naturales, contados desde la fecha en que se hagan públicas las relaciones de aprobados, la documentación que acredite cada uno de los requisitos especificados en la base II de esta convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia.

Una vez presentada la documentación por los aspirantes, si ésta se halla conforme a lo dispuesto en estas bases, serán

nombrados funcionarios de carrera, debiendo tomar posesión en el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente a aquél en que le sea notificado el nombramiento. Quien no tomase posesión en el plazo indicado, se entenderá que renuncia a su condición de funcionario.

9. Recursos.

Las Bases de la Convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

1. El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización del Estado español.

2. Los derechos y deberes de la persona en la Constitución de

1978. Garantía y suspensión de los mismos.

3. Organización territorial de Estado. Las Comunidades

Autónomas.

4. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Estructura y

disposiciones generales. Instituciones: Parlamento, Presidente y Tribunal Superior de Justicia. Competencias. Reforma. Relaciones de la Junta de Andalucía con la Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas.

5. El procedimiento administrativo. El acto administrativo. Concepto. Elementos y clases. Los recursos administrativos. Concepto, clases y principios generales.

6. El Municipio. Concepto y elementos. Competencias

municipales.

7. La organización y funcionamiento del municipio. El Pleno. El Alcalde. La Comisión de Gobierno. Otros órganos municipales.

8. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración y aprobación. Ordenanzas Municipales del

Ayuntamiento.

Grupo II. Específicos

9. Los materiales de construcción: Clasificación y

descripción. Definición. Concepto de resistencia al fuego (R.F.). Materiales pétreos naturales. Materiales pétreos artificiales. Materiales aglomerantes. Materiales artificiales aglomerados. Materiales metálicos. Materiales orgánicos. Pinturas. Materiales plásticos.

10. Clasificación de los terrenos. Ideas generales.

Cimentaciones. Tipos. Materiales que se emplean. Resistencia al fuego. Protección contra el fuego.

11. Paredes o muros: Tipos. Materiales que se emplean.

Resistencia al fuego. Protección contra el fuego.

12. Techos o pisos: Tipos. Materiales que se emplean.

Resistencia al fuego. Protección contra el fuego.

13. Entramados: Tipos. Materiales que se emplean. Resistencia al fuego. Protección contra el fuego.

14. Cubiertas: Tipos. Materiales que se emplean. Resistencia al fuego. Protección contra el fuego.

15. Demoliciones: Ideas generales. Tipos. Herramientas que se emplean. Organización de los trabajos. Medidas preventivas.

16. Apeos y apuntalamientos: Tipos. Herramientas y materiales que se emplean. Organización de los trabajos. Medidas

preventivas.

17. Atmósferas enrarecidas. Ideas generales. Peligros

respiratorios. Productos de la combustión. Productos

industriales. Aparatos de protección.

18. Aparatos de manguera. Clasificación. Aparatos de aire fresco. Aparatos de protección.

19. Equipos autónomos. Clasificación. Circuito cerrado. Circuito abierto. Autonomía. Operaciones de uso,

mantenimientos.

20. Interpretación de planos y mapas. Definiciones: Topografía, planimetría, altimetría, mapa, plano, croquis, terreno. Nomenclatura del terreno. Escalas. Construcción de las mismas. Empleo y lectura de planos, altitud de un punto. Formas de terreno. Distancias: Procedimientos para determinación en el plano. Pendientes: Formas de hallarlas y expresión. Situación en el plano de un punto de estación.

21. Transportes de mercancías peligrosas: Riesgos y causas. Tipo de productos, riesgos y causas. Normas de actuación y precauciones según la legislación vigente.

22. Técnicas de rescate por escalada urbana. Definiciones. Materiales: Cuerdas, mosquetones, arneses, aparatos mecánicos. Ascenso y descenso; anclajes, rozamientos. Técnicas de

descenso: Rapel y descuelgues. Maniobras especiales: Tirolinas, péndulas, maniobras de recuperación. Precauciones generales: Nudos.

23. Transmisiones: Ondas, definición: Ondas de radio.

Transmisión de ondas radioeléctricas: Propagación. Estación radiotransmisora: Definición y elementos. Repetidores. Manejo de emisoras: Comparación y funcionamiento de las mismas. Normas de utilización.

24. Actuación ante riesgos y catástrofes naturales.

25. Siniestros en grandes depósitos de combustibles líquidos y G.L.P. Posibilidades de actuación.

26. La evacuación de personas y víctimas en edificios

siniestrados.

27. Sistemas de protección eléctrica. Incendios en

instalaciones bajo tensión eléctrica.

28. Sistemas de protección en aparatos elevadores. Medidas a adoptar en la liberación de personas atrapadas en ascensores.

29. Comportamiento de las estructuras de hormigón ante un incendio. Precauciones a adoptar. Comportamiento de las estructuras metálicas ante un incendio. Precauciones a adoptar.

30. La prevención en los Servicios contra Incendios.

31. La Formación en los Servicios contra Incendios. Teoría y prácticas a desarrollar.

32. La organización en los Servicios contra Incendios: Salidas, revisiones, coordinación de parques, etc.

33. Métodos de cálculos y evaluación del riesgo.

34. Las comunicaciones en los servicios de emergencia. La central de comunicaciones en los Parques de Bomberos (personal y medios óptimos).

35. Instalaciones óptimas en los Servicios contra Incendios.

36. Vehículos y equipos en el Servicio contra Incendios. Características y funcionamiento.

37. Primeros auxilios. Identificación y evacuación de víctimas en siniestros.

38. Legislación. Normativa y Reglamentación sobre incendios en España. Generalidades.

39. Los Servicios contra Incendios en la Protección Civil. Encuadre orgánico-funcional y coordinación con los demás Servicios.

40. Organización de la Protección Civil Local. Estructura de los Planes de Emergencia.

ANEXO II

BAREMO PARA EL CONCURSO

A) Titulaciones académicas:

- Doctor: 3 puntos.

- Licenciado o equivalente: 2 puntos.

- Diplomado Universitario: 1 punto.

No se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las

titulaciones exigibles para el puesto al que aspira, salvo que posea más de una, ni las necesarias para obtener la requerida; tampoco se tomarán en consideración más de una.

B) Antigüedad:

- Por cada año o fracción superior a seis meses prestados en la categoría inmediata anterior, igual o superior a la que se aspira, en los Cuerpos de Extinción de Incendios: 0,20 puntos.

- Por cada año o fracción superior a seis meses prestados en categorías en más de un grado en la que se aspira, en los Cuerpos de Extinción de Incendios: 0,10 puntos.

- Por cada año o fracción superior a seis meses prestados en otros Cuerpos de las Administraciones Públicas: 0,05 puntos.

Puntuación máxima del apartado de antigüedad: 4 puntos.

C) Formación.

Siempre que se encuentren relacionados con las funciones a desarrollar y hayan sido organizados bien por una

Administración Pública, bien por una Institución Pública o Privada en colaboración con la Administración Pública:

Puntuación:

- Entre 20 y 50 horas lectivas: 0,24 puntos.

- Entre 51 y 75 horas lectivas: 0,36 puntos.

- Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,51 puntos.

- Mas de 100 horas lectivas: 0,75 puntos.

Los cursos en los que solamente se haya obtenido «asistencia¯ se valorarán, respectivamente, en la tercera parte.

Por ser profesor de los cursos anteriores se valorarán con el doble de la puntuación establecida en las escalas anteriores. Las ponencias y publicaciones se valorarán por el Tribunal en función del valor específico hasta un máximo de un punto. Puntuación máxima del apartado de formación: 4 puntos.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Jaén, 25 de mayo de 2001.- El Alcalde.

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