Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 16/8/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 10 de julio de 2001, por la que se autoriza el cambio de titularidad al Centro privado de Educación Especial Dulce Nombre de María, de Málaga.

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Carlos Gustavo de Linares von Schmiterlow, en su calidad de representante legal del «Instituto Psicopedagógico Dulce Nombre de María, C.B.¯, entidad titular del Centro Privado de Educación Especial «Dulce Nombre de María¯, con domicilio en C/ Manuel del Palacio, núm. 17, de Málaga, en solicitud de cambio de titularidad «mortis causa¯ de don Miguel de Linares Pezzi a favor del «Instituto Psicopedagógico Dulce Nombre de María, C.B.¯.

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia de Málaga.

Resultando que el centro «Dulce Nombre de María¯, con código

29004912, tiene autorización definitiva de 19 unidades de Educación Especial (15 unidades de Educación Básica Especial para 148 puestos escolares y 4 unidades de Formación Profesional de Aprendizaje de Tareas para 60 puestos escolares) por Orden de 1 de diciembre de 2000.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa aparece debidamente acreditada, la titalaridad del Centro «Dulce Nombre de María¯, a favor de don Miguel de Linares Pezzi.

Resultando que por fallecimiento de don Miguel de Linares Pezzi, sus herederos, mediante escritura de aceptación de la herencia otorgada ante el Notario de Málaga don Francisco Javier Misas Barba, con el número 5.115, de su protocolo, aceptan la herencia, y en especial la titalaridad del centro privado «Dulce Nombre de María¯, constituyendo la entidad «Instituto Psicopedagógico Dulce Nombre de María, C.B.¯, quedando representada por don Carlos Gustavo de Linares von Schmiterlow y doña Yolanda María del Mar de Linares von Schmiterlow, que la aceptan.

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero); la Ley Orgánica 1/1990, de

3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE de 4 de octubre); el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de

20 de junio), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás disposiciones complementarias.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder el cambio de titularidad al Centro Privado «Dulce Nombre de María¯, que en lo sucesivo la ostentará el «Instituto Psicopedagógico Dulce Nombre de María, C.B.¯, que como cesionario queda subrogado en la totalidad de las obligaciones y cargas que afectan al Centro, cuya titalaridad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que el Centro pueda tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que les correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración que a continuación se especifica:

Denominación genérica: Centro de Educación Especial.

Denominación específica: Dulce Nombre de María.

Código de Centro: 29004912.

Domicilio: C/ Manuel del Palacio, núm. 17.

Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Provincia: Málaga.

Titular: Instituto Psicopedagógico Dulce Nombre de María, C.B.

Composición resultante: 19 unidades de Educación Especial (15 unidades de Educación Básica Especial para 148 puestos

escolares y 4 unidades de Formación Profesional de Aprendizaje de Tareas para 60 puestos escolares).

El cambio de titularidad no afectará al régimen de

funcionamiento del Centro.

Segundo. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Tercero. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su

publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de julio de 2001

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia