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C/ Vermondo Resta, s/n. Edificio Viapol, Portal B, Planta.ª Fax: Tel.:
NIG: 4109100C20020026767.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 824/2002. Negociado: A. Sobre: Otorgamiento Escritura Pública.
De: Doña María Reyes Díaz Bernabeu y Concepción Gallardo Díaz. Procuradora: Sra. Inmaculada Ruiz Lasida. Letrada: Sra. Franquelo Gómez, Guadalupe. Contra: Ignorados Herederos de los cónyuges don José González Uría y doña Milagros Sánchez Ortiz.
E D I C T O
CEDULA DE EMPLAZAMIENTO
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 824/2002-A sobre otorgamiento Escritura Pública de la finca: Urbana. Séptimo. Piso tercero izquierda, subiendo la escalera, de la casa núm.
4, del bloque A, situada en esta ciudad, Barriada del Fontanal, hoy C/ Pintor González Santos, núm. 8. Tiene una superficie útil de cincuenta y dos metros, cincuenta y dos decímetros cuadrados, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 11, de Sevilla, a nombre de los cónyuges don José González Uría y doña Milagros Sánchez Ortiz; finca núm. 13.500, descrita al folio
176, del tomo 315 del Archivo, libro 273; se ha acordado el emplazamiento de los demandados como sigue:
Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Sevilla.
Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado. Persona a la que se emplaza: Ignorados herederos de los cónyuges don José González Uría y doña Milagros Sánchez Ortiz en concepto de parte demandada.
Objeto del emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada.
Tribunal ante el que debe comparecer: En la sede de este Juzgado.
Plazo para comparecer: Veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.
Prevenciones legales.
Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil).
La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la L.E.C.).
Debe comunicar a este Tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la L.E.C.).
En Sevilla, a 31 de julio de 2002.- El/La Secretario/a Judicial.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s ignorados herederos de los cónyuges don José González Uría y doña Milagros Sánchez Ortiz, extiendo y firmo la presente en Sevilla a 31 de julio de 2002. El/La Secretario.
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