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El artículo 105 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, señala que en el seno del Consejo Andaluz de Patrimonio Histórico, y dependiendo directamente de su Presidente, se constituyen, entre otras, la Comisión Andaluza de Bienes Muebles.
El Decreto 4/1993, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, en su artículo 12, determina que la Comisión Andaluza de Bienes Muebles estará compuesta de nueve Vocales, designados libremente por el titular de la Consejería de Cultura de entre personas de reconocido prestigio en sus respectivos campos, y de entre ellos designará dicho titular al Presidente de la Comisión.
Asimismo, se establece que tanto los Vocales como el Presidente de la Comisión serán designados por el titular de la Consejería de Cultura por un período de dos años, pudiendo volver a ser nombrados por períodos bianuales.
De acuerdo con ello, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
DISPONGO
Artículo primero. Se nombran los siguientes Vocales de la Comisión Andaluza de Bienes Muebles:
Don Rafael Hidalgo Prieto.
Doña Paloma Acuña Fernández.
Doña Fuensanta Nieto de la Cierva.
Don Juan Agudo Torrico.
Don Eduardo Quesada Dorador.
Don Eugenio Carmona Mato.
Don Enrique Valdivieso González.
Don Alfredo Morales Martínez.
Don Ignacio Henares Cuéllar.
Artículo segundo. Se nombra Presidente de la Comisión Andaluza de Bienes Muebles a don Ignacio Henares Cuéllar.
Sevilla, 3 de septiembre de 2002
CARMEN CALVO POYATO
Consejera de Cultura
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