Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 05/10/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DOS DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento de menor cuantía 752/2000. (PD. 2905/2002).

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NIG: 4109100C20000030183.

Procedimiento: Menor Cuantía 752/2000. Negociado: 1. De: Don Julián Salguero Villadiego y doña Pilar Pérez Anaya. Procurador: Sr. Eduardo Escudero Morcillo. Contra: Don/doña José Miguel, Rosa María, Pedro Juan de Dios Cansino Cano, herederos de Prudencia Rodríguez Toscano, Francisco y José Moreno Cansino y Francisco y José Moreno Cansino.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento de Menor Cuantía 752/2000, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Sevilla, a instancia de Julián Salguero Villadiego y Pilar Pérez Anaya contra José Miguel, Rosa María, Pedro Juan de Dios Cansino Cano, herederos de Prudencia Rodríguez Toscano, Francisco y José Moreno Cansino y Francisco y José Moreno Cansino, se ha dictado la Sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Sevilla, a cinco de octubre de dos mil uno.

Sebastián Moya Sanabria, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Menor Cuantía 752/2000-1, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandantes Julián Salguero Villadiego y Pilar Pérez Anaya con Procurador Eduardo Escudero Morcillo; y de otra como demandados José Miguel, Rosa María y Pedro Juan de Dios Cansino Cano, herederos de Prudencia Rodríguez Toscano, Francisco y José Moreno Cansino y Francisco y José Moreno Cansino.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador Eduardo Escudero Morcillo en nombre y representación de Julián Salguero Villadiego y Pilar Pérez Anaya contra Francisco Moreno Cansino, José Moreno Cansino, José Miguel Cansino Cano, Rosa María Cansino Cano, Pedro Juan de Dios Cansino Cano y los desconocidos e inciertos herederos de Prudencia Rodríguez Toscano, declaro que los demandantes han adquirido por prescripción adquisitiva y para su Sociedad de gananciales el dominio de la finca sita en Castilleja de la Cuesta, calle Príncipe de Asturias, núm. 49, antes Pedro Parias, núm. 21 (finca registral 306 del Registro de la Propiedad núm. 7, de Sevilla, debiéndose practicar en ejecución de esta Sentencia la inscripción de dicho dominio en su favor en el Registro de la Propiedad, con cancelación de las inscripciones contradictorias.

Notifíquese esta Resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra ella puede interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que habrá de prepararse ante este Juzgado en un plazo de cinco días en la forma prescrita en el artículo 457.2 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; doy fe en Sevilla.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Prudencia Rodríguez Toscano, y posibles herederos en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veinte de septiembre de dos mil dos.- El/La Secretario.

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