Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 22/10/2002

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Otros. AYUNTAMIENTO DE RUS

ANUNCIO de bases.

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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION DEL PUESTO DE TRABAJO DENOMINADO GESTOR DE EMPLEO Y PERSONAL, VACANTE EN LA PLANTILLA LABORAL DE ESTE AYUNTAMIENTO

1.ª Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, del puesto de trabajo denominado Gestor de empleo y personal, vacante en la plantilla laboral de este Ayuntamiento, e incluido en la oferta de empleo público de 2002 de dicho Ayuntamiento. Su retribución será la fijada presupuestariamente. El contrato será indefinido a tiempo parcial cumplimentándose un horario de trabajo no superior al legalmente establecido para considerarse la prestación como de a tiempo parcial.

2.ª Requisitos que han de reunir los aspirantes. Para tomar parte en el concurso-oposición serán requisitos imprescindibles:

a) Nacionalidad española.

b) Encontrarse en edad laboral.

c) Estar en posesión del título de Bachiller, Bachiller Superior o Formación Profesional de 2.º Grado o equivalente. En caso de presentar titulación equivalente, deberá ir acreditada mediante certificación expedida por la Administración Educativa competente.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal desempeño del puesto de trabajo.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

f) No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para ser contratado de acuerdo con la legislación vigente.

3.ª Solicitudes.

Las instancias solicitando tomar parte en el concursooposición deberán ir dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento. En las instancias los aspirantes harán constar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda y vendrán acompañadas de los documentos acreditativos de los méritos alegados, especificados en la base quinta, que hayan de surtir efectos en la fase de concurso.

El plazo de presentación de instancias es de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en extracto publicado en el «Boletín Oficial del Estado¯.

Los derechos de examen, que los aspirantes ingresarán al presentar la instancia, se fijan en la cantidad de 12 euros, adjuntando a las mismas el resguardo acreditativo de dicho ingreso. Dichos derechos de examen sólo serán devueltos en el caso de que el aspirante no sea admitido al presente concurso- oposición. Las instancias se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Rus, o también podrán presentarse como determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente procederá a la aprobación de la lista de admitidos y excluidos, pudiendo los aspirantes excluidos, en el plazo de diez días, previsto en el artículo 7.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, subsanar las deficiencias. Asimismo, el Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal, que se hará público en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente. En dicho edicto se determinará el lugar, fecha y hora en la que el Tribunal se constituirá para la resolución del concurso.

4.ª Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador tendrá la siguiente formación:

Presidente: El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento. Vocales:

Un Asesor en materia de derecho del trabajo y/o función pública designado por el Alcalde.

Un representante de la Junta de Andalucía.

El Delegado de Personal del Ayuntamiento.

Los portavoces de los Grupos Políticos.

Un funcionario de esta Corporación con titulación igual o superior a la exigida para la plaza.

Secretario: El del Ayuntamiento o quien legalmente le

sustituya, que actuará con voz y sin voto.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, debiendo estar en todo caso presentes el Presidente y el Secretario o quien legalmente le sustituyan.

5.ª Fase de concurso.

La calificación de aspirantes en la fase de concurso será realizada por el Tribunal, examinando las condiciones y méritos acreditados por cada aspirante con su solicitud, de acuerdo con el baremo de méritos siguiente:

1. Actividades de formación (puntuación máxima, 1 punto):

1.1. Por la asistencia a cursos, jornadas o encuentros

relacionados con el Derecho laboral o función pública, tanto generales como especializados, impartidos tanto por organismos oficiales como privados: 0,2 puntos por cada uno de ellos.

1.2. Por asistencia a cursos de informática relacionados con el puesto convocado: 0,1 puntos por cada uno de ellos.

2. Experiencia profesional (puntuación máxima, 7 puntos):

2.1. Por año trabajado en la Administración Local en el puesto de trabajo de similares características: 1,5 puntos, sea en régimen funcionarial, laboral o contrato administrativo.

2.2. Por año trabajado en la Administración Pública en el puesto de trabajo de similares características: 0,5 puntos, sea en régimen funcionarial, laboral o contrato administrativo.

2.3. Por año trabajado en la empresa privada, sea en el régimen que fuere o teniendo funciones directivas en sociedades cuyo objeto social en ambos casos sea la asesoría laboral, fiscal o contable, o en gestorías de análoga índole: 1 punto.

En ambos casos, se computarán proporcionalmente los períodos de tiempo inferiores al año. Los méritos que puntúen por el inciso

2.1 ó 2.2 no podrán puntuar recíprocamente por ambos conceptos.

3. Titulaciones (máximo 2 puntos):

3.1. Por titulación equivalente a Diplomatura o Formación Profesional de tercer grado en especialidades relacionadas directamente con las labores objeto de la plaza, acreditada en títulos oficiales, 2 puntos.

3.2. Otras titulaciones oficiales en especialidades

relacionadas directamente con las labores objeto de la plaza, equivalentes en categoría a Bachiller o Formación Profesional de segundo grado, 1 punto. No se admite puntuación si coincide exactamente con la titulación requerida como condición de los aspirantes.

Las titulaciones de carácter de Licenciatura, ya que no existen licenciaturas específicas, sino Carreras Universitarias en que parte de las asignaturas guardan relación con el objeto de la plaza, sin ser específicas, puntuará entre 1 y 1.5, como máximo, según el número de asignaturas de la carrera

universitaria que guarden relación con la naturaleza de la plaza.

4.1. Forma de acreditación de los méritos: Cursos, copia compulsada del certificado de asistencia a los mismos.

Titulaciones, copia compulsada de las mismas o bien copia compulsada de la certificación académica con las calificaciones de apto en todas las asignaturas y justificante de haber solicitado al organismo competente la expedición del título correspondiente. Experiencia profesional: Certificaciones emitidas por los organismos públicos competentes de los servicios prestados, tiempo de los mismos y régimen en el que se han prestado; copia de contratos de trabajo o mercantiles, informes de vida laboral apreciándose otros documentos

acreditativos en caso de entidades privadas.

6.ª Fase de oposición.

Primer ejercicio: Contestar por escrito a un examen tipo test de 20 preguntas del temario incluido en el Anexo I de las presentes bases, en un tiempo máximo de 45 minutos de la primera, y segunda parte del temario irán 10 preguntas por cada parte.

Segundo ejercicio: De la tercera parte del temario, un test de

20 preguntas.

Tercer ejercicio: Resolver un supuesto práctico relativo a las funciones correspondientes al puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria relacionado con la parte tercera del temario.

7.ª La puntuación máxima que podrá otorgarse a cada aspirante en la fase de concurso será de diez puntos y la puntuación que podrá otorgase en la fase de oposición a cada aspirante será de hasta diez puntos. Cada uno de los ejercicios de la fase de oposición será calificado hasta un máximo de 10 puntos. Las calificaciones de la fase de oposición se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal en el ejercicio de la oposición y dividiendo el total por el número de miembros asistentes del Tribunal, siendo el cociente la calificación obtenida en la fase de oposición por cada uno de los aspirantes. Se dividirá la suma de las

puntuaciones de las 3 pruebas por 3 y se obtendrá la

calificación final de la fase de oposición. En todo caso, es necesario para aprobar con 5 puntos cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.

El aspirante o aspirantes que hubieran obtenido una puntuación igual o superior a cinco puntos en la fase de oposición y que sumando dicha puntuación a la obtenida en la fase de concurso, resultaren haber obtenido las mayores puntuaciones finales en el concurso-oposición, serán los propuestos por el Tribunal para su contratación con carácter indefinido, no pudiendo exceder el número de aspirantes propuestos del número de puestos de trabajo a cubrir.

Los aspirantes que no hubieran superado el ejercicio de la fase de oposición, al no obtener una puntuación de, al menos, cinco puntos, quedarán eliminados en el presente concurso-oposición.

8.ª El aspirante propuesto presentará, en el plazo de veinte días naturales la documentación acreditativa de reunir las condiciones y requisitos exigidos en la base segunda.

Una vez presentada dicha documentación se procederá a la contratación del propuesto, que se formalizará mediante contrato de trabajo de carácter fijo o indefinido, que

suscribirán el aspirante propuesto y el Sr. Presidente del Patronato.

9.ª En lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; Ley para la Reforma de la Función Pública, de 2 de agosto de 1984;

Reglamento de Ingreso del personal al Servicio de la

Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 2223/1984, de 19 de diciembre; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y a cuantas disposiciones sean de aplicación.

10.ª El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que pudieran presentarse y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del presente concurso-oposición en todo lo no previsto en las presentes bases.

ANEXO I

T E M A R I O

Parte primera

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

Generales. Estructura y Principios Generales.

Tema 2. Los Derechos y Deberes fundamentales de los españoles. Garantía y suspensión.

Tema 3. La organización del Estado en la Constitución. La Corona. Las Cortes. El Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas.

Tema 4. El Poder Judicial. Concepción General. Principios de la Organización Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.

Tema 5. El Gobierno y la Administración del Estado.

Tema 6. Relación del Gobierno con las Cortes.

Tema 7. Las Administraciones Públicas en el Ordenamiento Español. Administración General y Local. Las Comunidades Autónomas. Estatutos.

Tema 8. Modelo Económico. Tribunal Constitucional. Reforma Constitucional.

Tema 9. Principios de Actuación de la Administración Pública: Eficacia, Jerarquía, Descentralización y Coordinación.

Tema 10. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho. Reglamentos y Leyes.

Parte segunda

Tema 11. El Municipio. El Término municipal. La población. El Empadronamiento.

Tema 12. Organización Municipal. Competencias. El Alcalde. Los Concejales. La Comisión de Gobierno. El Pleno.

Tema 13. Régimen General de las Elecciones Locales.

Tema 14. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones. La Autonomía Local.

Tema 15. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Procedimiento, elaboración y aprobación. Infracciones.

Tema 16. Los Bienes de las Entidades Locales. El Dominio Público. Patrimonio privado de las mismas.

Tema 17. Los contratos administrativos en la esfera local. Selección de Contratistas. Garantías y responsabilidades de la contratación. Ejecución. Modificación. Suspensión. Revisión de precios. Invalidez. Contratos. Extinción.

Tema 18. Especialidades del procedimiento administrativo local. Registro de Entrada. Registro de Salida. Requisitos de la presentación. Documentos, comunicaciones y notificaciones.

Tema 19. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificaciones. Resoluciones.

Tema 20. Los Presupuestos de las Entidades Locales. Principios, integración y documentos de que consta. Proceso aprobación del presupuesto local. Impuestos directos, indirectos, tasas, precios públicos, contribuciones especiales y otros ingresos en la Administración Local.

Parte tercera

Tema 21. Derecho del trabajo. Naturaleza y caracteres. Las fuentes del ordenamiento laboral. Principios constitucionales, normativa internacional y legislación estatal. Los Convenios Colectivos de Trabajo.

Tema 22. El contrato de trabajo; partes, capacidad para contratar. Contenido. Las prestaciones del trabajador y del empresario. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo.

Tema 23. Modalidades del contrato de trabajo. Medidas de fomento del empleo.

Tema 24. Derechos y deberes laborales. El salario: Concepto y naturaleza jurídica. Clases de salarios. La jornada laboral.

Tema 25. Libertad sindical. La participación del personal en la empresa. Comités de empresa y delegados de personal. Las asambleas de trabajadores. Los conflictos colectivos. El derecho de huelga. El cierre patronal.

Tema 26. La jurisdicción laboral.

Tema 27. La Seguridad Social. Régimen General y regímenes especiales, especial atención al régimen especial agrario. Acción protectora del régimen general y especial agrario.

Tema 28. El personal al servicio de las Corporaciones Locales. Clases y régimen jurídico. La función pública local; Clases de funcionarios locales.

Tema 29. Los instrumentos de organización del personal: Plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: La oferta de empleo público, los planes de empleo y otros sistemas de

racionalización.

Tema 30. La relación estatutaria. Los derechos de los

funcionarios locales. Derechos individuales. Especial

referencia a la carrera administrativa y a las retribuciones. El régimen de Seguridad Social. Derechos colectivos. Sindicatos y representación. El derecho de huelga. La negociación

colectiva.

Rus, 5 de septiembre de 2002.- El Alcalde, Juan A. Sánchez Díaz.

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