Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 22/10/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE SALOBREÑA

ANUNCIO de bases.

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Don Juan Collado Flores, Alcalde-Presidente en funciones del Ayuntamiento de Salobreña (Granada).

Hago saber: Que mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 11 de septiembre de 2002 se aprueba la convocatoria para cubrir en propiedad y por promoción interna tres plazas de Administrativos, cuya provisión se rige por las siguientes

B A S E S

I. Convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el sistema de Concurso-Oposición y por Promoción Interna, de las siguientes plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Salobreña, incorporadas a la Oferta de Empleo Público del año publicada en el BOE núm. 41, de fecha 16 de febrero de 2002. Escala Administración General. Turno Libre. Subescala: Administrativa.

Grupo: C.

Vacantes: 3.

Anexo: I.

Observaciones: Promoción Interna.

1.2. Las plazas están dotadas económicamente con las retribuciones que el Ayuntamiento tiene acordadas en el Presupuesto para 2002 aprobado por el Pleno en sesión de fecha

16 de noviembre de 2001.

1.3. El proceso selectivo se regirá por las presentes bases y por lo que se determina en el Anexo I. Para lo no previsto en las mismas le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; R.D.

364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a los que ha de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitidos a la realización de los procesos selectivos, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a) Ser español/a o nacional de un estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto en la Ley/93, de 23 de diciembre, y desarrollado por Real Decreto 800/95.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla en que falten menos de 10 años para la jubilación forzosa por edad.

c) Estar en posesión de alguno de los títulos indicados en el Anexo I que acompaña a estas bases, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia judicial firme.

f) No estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto en Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

g) Acreditar un mínimo de 2 años de servicios en la Subescala de Auxiliar como funcionario de carrera.

Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse en el última día del plazo de presentación de solicitudes.

3. Instancias y documentación.

3.1. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud ajustada al modelo-solicitud que se inserta al final de estas bases, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base segunda de esta convocatoria.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Salobreña y se presentarán en el Registro General, en cualquiera de las formas contempladas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.3. Las solicitudes vendrán acompañadas de justificante de haber ingresado los derechos de examen, que serán de 18 euros. Su cuantía se ingresará directamente en la Tesorería Municipal o bien mediante giro postal o telegráfico. Las tasas

satisfechas no serán devueltas cuando las candidatos resulten excluidos por error cometido en su solicitud y atribuible a ellos mismos.

3.4. Estará exento del abono de los derechos de examen el personal que preste sus servicios en el Ayuntamiento de Salobreña por aplicación del Acuerdo Regulador del Personal de este Ayuntamiento.

4. Admisión de candidatos.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el plazo de un mes, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos con indicación de las causas de exclusión, lugar de exposición de dichas listas y plazo para subsanación de errores. La Resolución será publicada en el BOP y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Salobreña.

4.2. Transcurrido el plazo de subsanaciones, la Alcaldía dictará Resolución aprobando las listas definitivas, designando los miembros del Tribunal e indicará el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio. A la Resolución se dará publicidad mediante la inserción de Edictos en el Boletín Oficial de la Provincia.

4.3. La aspirantes excluidos podrán interponer recurso

contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses a partir de la publicación de la resolución.

5. Tribunales.

5.1. Los Tribunales tendrán la siguiente composición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.e) y f) del R.D./91, de 7 de junio:

- Presidente: El de la Corporación o miembro en quién

delegue.

- Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía, un representante del Personal y dos funcionarios de igual o superior Grupo a la plaza convocada, o miembros en quienes los mismos deleguen.

- Secretario: El Secretario de la Corporación o, en su defecto, un funcionario del Ayuntamiento.

5.2. Todos los vocales y los suplentes que se designen

deberán poseer igual o superior titulación a la exigida a los aspirantes a cada vacante.

5.3. El vocal-representante del personal deberá delegar en un funcionario de la Corporación, con la titulación adecuada, si aquél careciese de ella.

5.4. Los Tribunales de selección no podrán constituirse ni actuar sin la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes.

5.5. Los miembros del Tribunal están sometidos a las causas de abstención y recusación de las reguladas en la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6. Los distintos Tribunales que se formen están autorizados para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para velar por el buen orden de la convocatoria.

5.7. Los miembros de las Tribunales serán retribuidos de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. La categoría estará en función del Grupo que se corresponda con la plaza a cubrir.

6. Desarrollo de las pruebas.

6.1. La fecha, hora y lugar en que dará comienzo el primer ejercicio serán anunciados, al menos, con 10 días de

antelación, mediante publicación en el Boletín Oficial de lo Provincia y tablón de edictos de la Corporación.

6.2. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos

debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de los opositores se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «A¯.

6.3. Los aspirantes que posean alguna minusvalía, no excluyente para el desempeño del puesto, deberá solicitar en la instancia la oportuna adaptación de medios y tiempo que justificadamente le resulten necesarios para el desarrollo de los ejercicios.

6.4. Una vez comenzada las pruebas selectivas no será

obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de las pruebas en el BOP. Estos anuncios se harán públicos en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Entre la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente existirá un plazo no inferior a 72 horas.

7. Calificación de los ejercicios.

A) Concurso:

7.1. La fase de concurso, que será previa a la fase de

oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá servir para superar la oposición. La valoración de los méritos aportados se hará conforme a lo indicado en el Anexo I.

B) Oposición:

7.2. Los ejercicios de la fase de oposición serán calificados por cada miembro del Tribunal, conforme se determina en el repetido Anexo I. La calificación de cada ejercicio será la media aritmética de las atorgadas por cada miembro del

Tribunal.

7.3. Cada ejercicio será eliminatorio quedando eliminado el opositor que no alcance una media de 5 puntos en cada uno de ellos.

7.4. La calificación final de la Oposición vendrá determinada por la media de los puntos obtenidos por los aspirantes en cada uno de los ejercicios de la oposición.

7.5. A la calificación final de la Oposición se le sumarán los puntos obtenidos en el Concurso.

8. Listas de aprobadas, presentación de documentos y

nombramiento.

8.1. Una vez terminada la calificación de los aspirantes, cada Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento la relación de aprobados, por orden de puntuación, no pudiendo rebasar los aprobados el número de plazas

convocadas al ser ésta una exigencia impuesta legalmente. Igualmente, elevarán las respectivas propuestas a la

Presidencia de la Corporación para que proceda al otorgamiento de los correspondientes nombramientos.

8.2. En el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación en el tablón de edictos de las relaciones de aprobados, los aspirantes que figuren en las mismos deberán presentar los siguientes documentos:

a) Certificación en extracto del Acta de nacimiento expedida por el Registro Civil.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, del título exigido o equivalente.

c) Declaración jurada de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones propias de la plaza convocada.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico, ni psíquico, que impida el desempeño de las funciones propias de la plaza convocada.

e) Declaración de no estar incurso en incompatibilidad y compromiso de no desempeñar ninguna otra actividad pública o privada ajena a esta Administración, salvo las legalmente permitidas en el régimen de incompatibilidades.

8.3. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía dictará decreto nombrando a los aspirantes propuestos los cuales deberán tomar posesión en el plazo máximo de 30 días naturales, contados desde la fecha de notificación del

nombramiento. El aspirante que, sin causa justificada, no tome posesión de su cargo en el plazo señalado, decaerá en todos sus derechos.

9. Base final.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en la forma establecida por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

Plaza: Administrativo.

Vacantes: 3.

Escala: Administración General.

Subescala: Administrativa.

Grupo: C.

Titulación: Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

Provisión: Concurso-Oposición por Promoción Interna.

Fase Concurso. Baremo de méritos:

- 0,5 puntos por cada año completo de servicios prestados en las Administraciones Públicas en puestos de la Subescala de Auxiliares de la Escala de Administración General. (Máximo 3 puntos).

Se considerarán como servicios prestados únicamente los realizados en régimen funcionarial (de carrera o interinidad).

Fase de oposición.

- El primer ejercicio: Consistirá en la emisión por escrito de un caso práctico relacionado con las materias del programa y determinado por el Tribunal antes de su inicio. El ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal de cero a diez puntos, siendo la nota del ejercicio la media aritmética de las puntuaciones. Tiempo máximo: Una hora.

- El segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario, de entre tres seleccionados por el Tribunal antes del inicio, comprensivo de veinte preguntas de respuestas múltiples, tipo test, de las que sólo una será correcta, todas ellas pertenecientes al temario que se inserta a continuación. Cada pregunta contestada acertadamente se valorará en 0,5 puntos. Tiempo máximo: Una hora.

GRUPO I

(MATERIAS COMUNES)

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

generales, características y estructura.

Tema 2. El Gobierno.

Tema 3. El Poder Legislativo.

Tema 4. El Poder Judicial.

Tema 5. La Corona.

Tema 6. Organización territorial del estado. Los Estatutos de Autonomía.

Tema 7. Las Comunidades Autónomas. Organización y competencias.

Tema 8. El poder tributario derivado de las entidades locales. Planteamiento. El principio de reserva de ley en materia tributaria local. La autonomía local en el ámbito tributario. Principios del sistema tributario local.

GRUPO II

(MATERIAS DE DESARROLLO DE LAS MATERIAS COMUNES)

Tema 9. Organización municipal.

Tema 10. Organización provincial.

Tema 11. Competencias municipales y provinciales.

Tema 12. Sometimiento de la Administración a la ley y al derecho. Fuentes del derecho público. Enumeración.

Tema 13. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.

Tema 14. El reglamento. Concepto y clases. Procedimiento de elaboración.

Tema 15. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. La convalidación del acto

administrativo.

Tema 16. La revisión de oficio.

Tema 17. Fases del procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción.

Tema 18. Fases del procedimiento administrativo: Terminación y ejecución.

Tema 19. Dimensión temporal del procedimiento. Recepción y registro de documentos.

Tema 20. Consideración especial al interesado. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 21. Régimen de sesiones de los órganos colegiados locales.

Tema 22. Régimen de acuerdos de los órganos colegiados locales.

Tema 23. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales.

Tema 24. La función pública local y su organización.

GRUPO III

(MATERIAS ESPECIFICAS DEL PUESTO A DESEMPEÑAR)

Tema 25. El Patrimonio municipal. Clases de bienes: Concepto, elementos y naturaleza. Régimen jurídico de los bienes

municipales. El Inventario.

Tema 26. Régimen jurídico de los contratos de las

administraciones públicas. La administración contratante. El órgano de contratación. El contratista.

Tema 27. Actuaciones previas a la contratación. Procedimientos, formas y criterios de adjudicación. Garantía.

Tema 28. Organos Colegiados Locales. Régimen de Sesiones y Régimen de Acuerdos de los Organos Colegiados.

Tema 29. La función pública. Clases de funcionarios.

Tema 30. La relación de servicios de los funcionarios públicos locales. Situaciones administrativas.

Tema 31. Haciendas Locales: Clasificación de los Ingresos.

Tema 32. Ordenanzas Fiscales.

Tema 33. Tasas Locales y Precios Públicos Locales.

Tema 34. Las Contribuciones Especiales según La Ley/88.

Tema 35. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. El Impuesto sobre Actividades Económicas.

Tema 36. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Tema 37. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Tema 38. La deuda tributaria: Componentes. Obligados al pago de las deudas tributarias. Deudores principales.

Tema 39. Revisión administrativa de los actos de gestión tributaria.

Tema 40. La adaptación de los procedimientos de gestión tributaria a la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

MODELO-SOLICITUD DE ADMISION A PRUEBAS SELECTIVAS

1.1. Plaza a la que aspira:

1.2. Régimen: Funcionario:

1.3. Turno: Libre y Promoción Interna.

1.4. Convocatorias: Fecha BOE .../.../...

2. Datos personales.

Nombre ............................ DNI ................ Apellidos: ............................................... Lugar a efectos de notificaciones:...... Tlfno. .......... Población: ........Código Postal ..... Provincia ........

3. Documentación que adjunta (méritos para la Fase de

Concurso):

El abajo firmante, solicita ser admitido a las pruebas

selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria citada,

comprometiéndose a probar documentalmente todos los requisitos exigidos. Lugar, fecha y firma.

Salobreña, 11 de septiembre de 2002.- El Alcalde en

funciones, Juan Collado Flores.

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