Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 09/11/2002

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MALAGA

ANUNCIO de aprobación definitiva de Modificación de Elementos del PGOU en el ámbito del sector SUP. T-7 Biscochero Capitán. (PP. 2906/2002).

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Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 2 de agosto de 2002, se han adoptado los siguientes acuerdos:

1.º Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de Elementos del Plan General en el Sector «Bizcochero-Capitán¯, conforme a la documentación técnica que tuvo aprobación provisional fechada en octubre de 2001 y a la documentación complementaria denominada «Anexo a la Memoria y Planos fechados julio/2002¯, con el objetivo de disminuir las alturas previstas y modificar el uso de las parcelas RU.1, RU.2, RU.3 y RU.4 calificadas como Residencial Universitaria por el de Viviendas Libres, con las siguientes condiciones urbanísticas:

- Residencial Libre.

- Ocupación máxima: 37.740 metros.

- Edificabilidad bruta: 147.430 m¯, de la cual 19.914 m¯ corresponderán a comercial y 127.616 m¯ serán de techo edificable residencial libre. No obstante lo anterior, y sin que pueda variar la edificabilidad total de las parcelas, se permitirán variaciones en más o menos un 5% de los techos edificables del residencial libre y del comercial, a fin de que los proyectos de ejecución concretos puedan desarrollarse más adecuadamente.

- Altura máxima: 8 plantas (bajo + 7).

- Densidad: la del Sector (75 vvda./ha).

- Núm. máximo de viviendas: 1.150 de conformidad con lo dispuesto en los arts. 121 y 114 del Real Decreto Legislativo

1/1992, aplicable en virtud del artículo único de la Ley 1/1997 de la Junta de Andalucía.

2.º Disponer se publique el presente acuerdo y las ordenanzas urbanísticas en el BOP en cumplimiento de los arts. 124 y 131 del citado texto legal y del 70.2 de la Ley de Bases de Régimen Local, como requisito necesario para la ejecutoriedad del mismo.

3.º Dar cuenta del acuerdo a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en cumplimento de lo dispuesto en el art. 27 del Decreto 77/1994, de la Junta de Andalucía.

4.º Significar, que en el caso de contemplar el nuevo PERI previsto en el desarrollo de la presente modificación otra ordenación diferente de zonas verdes, deberá tramitarse por el procedimiento recogido en el art. 129 del Texto Refundido de

1992.¯

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el acuerdo transcrito podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el mismo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la presente publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses contados partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOJA, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Asimismo, se significa que contra el acto o acuerdo que resuelva el recurso de reposición podrá interponerse igualmente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresamente del recurso de reposición. Si no se hubiese resuelto expresamente dicho recurso, será de aplicación el régimen de actos presuntos a tal efecto regulado en el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Málaga, 2 de septiembre de 2002.- El Alcalde Acctal., P.D. Teniente-Alcalde Delegado de Urbanismo, Obras, Tráfico y Desarrollo Territorial, Manuel Ramos Gámez.

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