Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 10/12/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 8 de noviembre de 2002, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del Centro docente privado Rincón Añoreta, de Rincón de la Victoria (Málaga).

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Visto el expediente tramitado por don Antonio Salcedo Merchán y don Francisco Hernández Márquez, como representantes de la entidad Colegio Rincón Añoreta, S.L., titular del Centro docente privado de Educación Secundaria «Rincón Añoreta¯, de Rincón de la Victoria (Málaga), solicitando autorización para impartir Bachillerato: 2 unidades de la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud con 60 puestos escolares, 2 unidades de la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales con

60 puestos escolares y 2 unidades de la modalidad de Tecnología con 60 puestos escolares.

Resultando que, por Orden de 30 de agosto de 2001 (BOJA de 27 de septiembre de 2001), el Centro tiene autorización para impartir Educación Secundaria Obligatoria, con 8 unidades para

240 puestos escolares.

Vistos: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los centros docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por los Reales Decretos 1487/1994, de 1 de julio; 173/1998, de 16 de febrero, y 835/2002, de 2 de agosto, que modifica los Reales Decretos 986/1991 y 1004/1991, y el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia de Málaga, como se contempla en el artículo 9, punto 4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar el impartir las enseñanzas de Bachillerato al Centro de Educación Secundaria «Rincón Añoreta¯ de Rincón de la Victoria (Málaga), y como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del Centro que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: «Rincón Añoreta¯. Titular: Colegio Rincón Añoreta, S.L.

Domicilio: Ctra. de Macharaviaya-Urbanización Añoreta Golf, II fase.

Localidad: Rincón de la Victoria.

Municipio: Rincón de la Victoria.

Provincia: Málaga.

Código núm.: 29000153.

Enseñanzas que se autorizan:

Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 8 unidades y 240 puestos escolares. Bachillerato:

- Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y de la Salud. Capacidad: 2 unidades y 60 puestos escolares.

- Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 2 unidades y 60 puestos escolares.

- Modalidad: Tecnología.

Capacidad: 2 unidades y 60 puestos escolares.

Segundo. El Centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Tercero. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Privados para impartir

Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio).

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 8 de noviembre de 2002

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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