Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 14/12/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTR.Nº 5 DE FUENGIROLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 337/2001. (PD. 3646/2002).

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N.I.G.: 2905441C20015000595.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 337/2001. Negociado: JP. De: Doña Yvonne Muse.

Procurador: Sr. Pérez Berenguer, Juan José. Contra: Europea del Hábitat, S.A.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 337/2001, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Fuengirola a instancia de doña Yvonne Muse contra Europea del Hábitat, S.A., ejercitando acción personal sobre declaración de propiedad de bienes inmuebles y su rectificación registral, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Fuengirola, a dieciséis de septiembre de dos mil dos.

Vistos por el Ilmo. Sr. don Antonio Fernández García, Magistrado del Juzgado Mixto núm. Cinco de Fuengirola y su partido judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario Civil, seguidos con el número 337/01, promovidos a instancia de doña Yvonne Muse, representada por el Procurador de los Tribunales don Juan José Pérez Berenguer y asistida por el Letrado don Juan Cuberos García, frente a la entidad mercantil Europea del Hábitat, S.A., en situación procesal de rebeldía, ejercitando acción personal sobre declaración de propiedad de bienes inmuebles y su rectificación registral, con las costas procesales caso de oposición.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, en nombre de S.M. Juan Carlos I y por la autoridad que me confiere la Constitución Nacional,

FALLO

Que estimando en lo principal la demanda promovida por doña Yvonne Muse, representada procesalmente por el Procurador de los Tribunales don Juan José Pérez Berenguer, frente a Europea del Hábitat, S.A., en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro que dicha doña Yvonne Muse, nacida Smith, mayor de edad y de nacionalidad británica, casada con don Ronald William Muse bajo el régimen legal de separación de bienes común en su país, con pasaporte número 018874889, domiciliada en Ravenswood, Cowley Lane, Holmesfields, Dronfield, Derbyshire S187 sd, Inglaterra, es propietaria en pleno dominio del apartamento sito en el Conjunto Rincón del Mar, bloque 2, piso 1.º, D, Urbanización Sitio de Calahonda, Mijas Costa, Málaga, inscrita al Libro 275, Folio 171, Finca registral número 21.579, inscripción primera, del Registro de la Propiedad núm. 2 de Mijas, cuya descripción figura en el apartado primero de los hechos de la demanda rectora y que fue adquirida por dicha parte actora antes del día treinta y uno de diciembre del año mil novecientos ochenta y seis a los efectos fiscales correspondientes, ordenando como ordeno se rectifique la discordancia registral, inscribiéndola a nombre de aquélla como dueña legítima de la finca referida y rectificándose todo ello en la medida que fuere necesario o cancelando incluso cualquier otra titularidad contradictoria de la propiedad, condenando como condeno a la entidad demandada a pasar por ello y llevándose a efecto todo lo que fuere menester para su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Mijas y sin que se haga una expresa condenación al pago de las costas procesales hasta ahora devengadas a ninguna de las partes litigantes.

Líbrense en su momento procesal los mandamientos precisos a costa y responsabilidad de la parte actora para llevar a efecto la inscripción registral a nombre de la actora y cancelaciones o rectificaciones contradictorias acordadas, con testimonio de la presente resolución.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos y su original al libro correspondiente, frente a la que cabe recurso de apelación en ambos efectos y sin perjuicio de la declaración de pertinencia que resulte sobre su ejecución provisional y caso de instarse, debiendo prepararse por escrito en el plazo de cinco días, contados desde el siguiente a la notificación de aquélla y debiendo además citarse la resolución apelada con la manifestación de la voluntad de recurrirla y expresando también los pronunciamientos precisos que de la misma se impugnaren en este Juzgado Mixto y para ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Málaga.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al

demandado Europea del Hábitat, S.A., extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a veinte de noviembre de dos mil dos.- La Secretario.

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