Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 16/02/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 7 de febrero de 2002, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Málaga. (PP. 361/2002).

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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido Tarifa 1

Bajada de bandera 1,05 euros

Por cada kilómetro recorrido 0,55 euros

Hora de espera 13,53 euros

Carrera mínima (incluida bajada de 2,54 euros bandera más 3 kilómetros recorridos

o 6,9 minutos de espera).

Tarifa 2

Bajada de bandera 1,23 euros

Por cada kilómetro recorrido 0,66 euros

Hora de espera 16,07 euros

Carrera mínima (incluida bajada de 3,00 euros bandera más 3 kilómetros recorridos o

6,9 minutos de espera).

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

- Servicios en días laborables desde las 22,00 horas a las 6,00 horas.

- Servicios en domingos y días festivos las 24 horas.

- Servicios durante el período oficial de la Feria de agosto.

- Servicios durante los sábados desde las 16,00 horas.

Suplementos:

- Los servicios con origen y destino el Aeropuerto tendrán un suplemento de 1,80 euros.

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 7 de febrero de 2002.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.

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