Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 07/03/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. CINCO DE SEVILLA

EDICTO dimanante del juicio cambiario núm. 93/2001. (PD. 504/2002).

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N.I.G.: 4109100C20010002575.

Procedimiento: Juicio cambiario (N) 93/2001. Negociado 1I.

Sobre: Pagaré.

De: Distribuidora Andaluza de Petróleos, S.A.

Procuradora Sra.: María Ybarra Bores.

Letrado Sr.: Pascual del Pobil Valdenegro, José Luis.

Contra don: Juan Miguel Ruiz Méndez y Dolores Rioja Borrero.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Juicio cambiario (N) 93/2001-1.º I seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Sevilla a instancia de Distribuidora Andaluza de Petróleos, S.A., contra Juan Miguel Ruiz Méndez y Dolores Rioja Borrero sobre pagaré, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Sevilla, a 15 de enero de 2002. Vistos por don Antonio Marco Saavedra, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de esta ciudad, los presentes autos de juicio cambiario seguidos con el núm. 93/01 a instancia de Distribuidora Andaluza de Petróleos, S.A., representada por la Procuradora Sra. Ybarra Bores y defendida por el Letrado

Sr. Pacual del Pobil Valdenegro contra don Juan Miguel Ruiz Méndez, representado por la Procuradora Sra. Gutiérrez de Rueda García y defendido por el Letrado Sr. Laguarda García y contra doña Dolores Rioja Borrero, en rebeldía

F A L L O

Que estimando la oposición formulada por la Procuradora Sra. Gutiérrez de Rueda García, en nombre y representación de don Juan Miguel Ruiz Méndez, contra la ejecución despachada en estos autos, debo mandar y mando alzar los embargos trabados, procediéndose al archivo de las presentes actuaciones.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá Testimonio para su unión a los autos, definitivamente Juzgando en esta instancia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior Sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Ilmo. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe que obra en autos.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Dolores Rioja Borrero, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veinticuatro de enero de dos mil dos.- La Secretario.

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