Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 21/03/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 21 de febrero de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la resolución adoptada por el Consejero de Gobernación al recurso de alzada interpuesto por don Juan de Dios Pérez Salamanca, contra la resolución del Delegado del Gobierno de Granada recaída en el exp. núm. GR-80/00-EP.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al interesado don Juan de Dios Pérez Salamanca, contra resolución del Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno en Granada, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

"En Sevilla, a diecisiete de diciembre de dos mil uno.

Visto el recurso interpuesto y con base en los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. Por el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada se dictó resolución en el expediente arriba referenciado.

Segundo. Notificada la misma el día 27 de julio de 2000, se interpuso por el interesado recurso de alzada el día 6 de octubre.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I

El Consejero de Gobernación es competente para resolver los recursos de alzada interpuestos contra las resoluciones de los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.8 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma (Ley 6/1983, de 21 de julio).

Por Orden de 18 de junio de 2001, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), esta competencia de resolución de recursos administrativos ha sido delegada en la Secretaría General Técnica.

I I

El artículo 115.1 de la LRJAP-PAC, da como plazo para la interposición de recurso de alzada contra las resoluciones administrativas el de un mes a partir, según su artículo 48.2, del día siguiente al de su notificación. A la vista de la fecha de la notificación de la resolución (27 de julio) y de la de interposición del recurso de alzada (6 de octubre), éste fue interpuesto fuera del plazo legalmente establecido, por lo que deviene firme la resolución recurrida.

Vistos los preceptos citados, concordantes y demás de general y especial aplicación, resuelvo no admitir el recurso

de alzada interpuesto fuera de plazo, confirmando la resolución recurrida.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Ley

29/1998, de 13 de julio). El Secretario General Técnico, P.D. (Orden 18.6.2001). Fdo.: Sergio Moreno Monrové."

Sevilla, 21 de febrero de 2002.- El Secretario General

Técnico, Sergio Moreno Monrové.

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