Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 13/04/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 12 de marzo de 2002, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, de la provincia de Sevilla, de los bienes y derechos afectados por la ejecución del Plan Parcial, 3.ª fase, del Parque Industrial y de Servicios del Aljarafe, en el referido término municipal.

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El Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, de la provincia de Sevilla, mediante Acuerdo adoptado por el Pleno en la sesión celebrada el día 14 de junio de 2000, se acordó aceptar la propuesta formulada por Sodefesa, como beneficiaria de la expropiación del referido Plan, y aprobó provisionalmente el expediente expropiatorio para la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del Plan Parcial, tercera fase, del Parque Industrial y de Servicios del Aljarafe, conocido como «El Villarín¯ y se decidió someter a información pública, durante un plazo de quince días, la relación de bienes y derechos afectados por la citada expropiación.

Identificados plenamente los bienes objeto de la ocupación se practicó la Información Pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla núm. 186, de 11 de agosto de 2000, y en El Correo de Andalucía de 5 de agosto del mismo año.

Posteriormente, por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 8 de noviembre de 2000, se aprobó definitivamente el Plan Parcial, tercera fase, del PISA, siendo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia del día 2 de enero de 2001.

Mediante Acuerdo adoptado por el citado Ayuntamiento, en la sesión plenaria celebrada el día 25 de abril de 2001, se aprobó la relación definitiva de los bienes y derechos afectados, en el que se desestimaron las alegaciones presentadas por los propietarios en lo relativo a la oposición al procedimiento expropiatorio y a la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados por la tercera fase del Plan Parcial de Ordenación del Parque Industrial y de Servicios del Aljarafe y se estimaron parcialmente las alegaciones formuladas por los propietarios en lo relativo a los errores en la descripción material y legal de los bienes y derechos afectados por la expropiación y se acordó solicitar al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de urgente ocupación de los mismos.

La declaración de utilidad pública se entiende implícita a tenor del artículo 33 de la Ley 6/1998, de Régimen de Suelo y Valoraciones, que establece que «la aprobación de Planes de Ordenación Urbana y de delimitación de ámbitos de gestión a desarrollar por expropiación, implicará la declaración de utilidad pública de las obras y la necesidad de ocupación de los terrenos y edificios correspondientes, a los fines de expropiación o imposición de servidumbres¯.

Asimismo, fundamenta la urgencia y necesidad de la actuación la aprobación por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de fecha 29 de abril de 1999 de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales, correspondientes a la III Fase del Parque Industrial y de Servicios del Aljarafe (PISA), que establece como sistema de ejecución la expropiación.

La urgencia se fundamenta en un predominante interés público que existe en toda esta actuación urbanística, como es el manifiesto peso económico que para toda la zona supone la conservación, el crecimiento y la supervivencia de un enclave industrial que cuenta con casi seiscientas industrias instaladas y que es motor del desarrollo económico en el sector industrial y de servicios de toda una comarca, y que si no se realiza una ampliación del mismo corre el riesgo de sufrir un desmoronamiento, dado que las industrias allí instaladas se van a ver abocadas a su salida del Parque Industrial, con la consiguiente pérdida de empleo y riqueza, por lo que hay que aportar soluciones de forma inmediata y urgente a las mismas, dejando acabado y ordenado el parque industrial en su

totalidad.

Dado que las circunstancias relacionadas justifican debidamente el empleo de este procedimiento por parte de la Corporación interesada, procede acceder a la solicitud formulada por la Corporación y declarar, en consecuencia, la urgente ocupación pretendida, al entenderse cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el artículo 52 de la Ley.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la

Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 12 de marzo de 2002,

ACUERDA

Se declara la urgente ocupación, a los efectos de

expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, de la provincia de Sevilla, de los bienes y derechos afectados por la ejecución del Plan Parcial, tercera fase, del Parque Industrial y de Servicios del Aljarafe, en el referido término municipal y cuya descripción es la siguiente:

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su

publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos jurisdiccionales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día

siguiente al de la publicación de este Acuerdo, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de marzo de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación

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