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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial + de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el + artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el + ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia + de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de + mayo,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, + ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio
Calibre del contador en mm
Hasta 13 1,7214 ?/mes 15 3,3017 ?/mes 20 4,3424 ?/mes 25 y superiores 5,1886 ?/mes
Cuota variable o de consumo
Uso doméstico
De 0 hasta 10 m?/bimestre 0,3443 ?/m? Más de 10 hasta 15 m?/bimestre 0,5015 ?/m? Más de 15 hasta 20 m?/bimestre 0,6964 ?/m? Más de 20 m?/bimestre 0,9434 ?/m?
Uso industrial
Bloque único/bimestre 0,6663 ?/m?
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Uso organismos oficiales
Hasta 10% s/consumo abonados 0,0000 ?/m? Exceso 10% s/consumo abonados 0,1417 ?/m?
Derechos de acometida
Parámetro A: 6,4693 ?/mm Parámetro B: 0,1496 ?/l./seg.
Cuota de contratación y reconexión
Calibre del contador en mm
Hasta13 22,7486 ?
15 y superiores 31,0191 ?
Fianzas
Calibre del contador en mm
Hasta 13 28,8502 ?
15 y superiores 51,8294 ?
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el + Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá+ interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo + de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, + publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en + relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico + de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 15 de marzo de 2002.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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