Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 14/05/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 3 de abril de 2002, sobre la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga en suelo no urbanizable en Churriana (Fincas Las Carmelitas y otras).

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El expediente de Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga en suelo no urbanizable en Churriana (Fincas Las Carmelitas) fue aprobado provisionalmente por el Pleno del citado Ayuntamiento con fecha 30 de marzo de

2001.

Con posterioridad, y tras la tramitación oportuna, el Ayuntamiento de Málaga remite la documentación integrante del expediente a esta Consejería para su aprobación definitiva, de conformidad con el art. Unico de la Ley 1/1997, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de régimen de Suelo y Ordenación Urbana, que asume como Derecho Autonómico el contenido de los artículos 118.3.a) y 128.1 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1992.

La Sección de Urbanismo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión celebrada el 19 de marzo de

2002, ha informado el expediente después de su análisis y tras conocer el informe emitido por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 15 de marzo de 2002.

Vistos los referidos informes, las disposiciones legales de aplicación y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el art. 5.2.10 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen,

R E S U E L V O

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga en suelo no urbanizable (Fincas Las Carmelitas y otras) relativa al cambio de categoría dentro del suelo no urbanizable de unos terrenos situados en Churriana, de Suelo No Urbanizable Común de Control Paisajístico (SNUC-CP) a Suelo No Urbanizable Especialmente Protegido agrícola de regadío (SNUPE-AR).

Segundo. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el art. 29 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, y se notificará al Ayuntamiento de Málaga.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación o, en su caso, notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el art. 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 3 de abril de 2002

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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