Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 21/05/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DOS DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 411/2001. (PD. 1452/2002).

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N.I.G.: 2906742C20010010665.

Procedimiento: J. Verbal (N) 411/2001. Negociado: Sobre: Juicio Verbal.

De: Don Antonio Ruiz Domínguez.

Procurador: Sr. Rafael Rosa Cañada.

Contra: Don Carmelo Sánchez López.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 411/2001, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga a instancia de don Antonio Ruiz Domínguez contra Carmelo Sánchez López sobre Juicio Verbal, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En la Ciudad de Málaga, a 1 de abril de 2002. Vistos y examinados por mí don Manuel S. Ramos Villalta, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Dos de Málaga y su Partido, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado bajo el núm. 411/01 a instancia de Antonio Ruiz Domínguez, representado por el Procurador Sr. Rosa Cañadas y asistido por el Letrado Sr. Sánchez, contra Carmelo Sánchez López; sobre desahucio por falta de pago de rentas.

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación de la parte actora, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que tiene como objeto el local sito en Churriana (Málaga), calle Maestro Tomás Bretón, núm. 7; asimismo, declaro haber llegar al desahucio de Carmelo Sánchez López, condenándolo a que lo deje libre, vacía y expedita y a disposición del actor, bajo apercibimiento de ser lanzada si no se verifica en el plazo legal y a que abone a Antonio Ruiz Domínguez, en concepto de principal, la cantidad de 811,37 euros (135.000 pesetas), ello con expresa condena de las costas a la parte demandada.

Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, no se prepara recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente firmando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

E/

Publicación. Leída y publicada la anterior resolución por el señor Juez que la suscribe, encontrándose celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha, de lo que doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Carmelo Sánchez López, extiendo y firmo la presente en Málaga a veinticinco de abril de dos mil dos.- El/La Secretario.

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