Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 23/05/2002

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 13 de mayo de 2002, por la que se modifica la de 2 de abril de 2002 por la que se convocan, con cargo al III Plan Andaluz de Investigación, ayudas a las Universidades y Centros de Investigación de Andalucía para apoyar a los Grupos de Investigación y Desarrollo Tecnológico Andaluces en su actividad interanual así como a las necesidades de infraestructura científica.

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La Consejería de Educación y Ciencia ha resuelto modificar la Orden de 2 de abril de 2002 (publicada en el BOJA número 51, de 2 de mayo) por la que se convocan ayudas a los Grupos de Investigación, en el punto séptimo «Criterios de evaluación del Grupo¯:

El apartado a) «Para la actividad interanual del Grupo¯. El párrafo segundo del apartado 2 quedará redactado de la siguiente forma: Para esta modalidad se destinará la cantidad de 7.800.000 E, reservando el 30% de la cantidad total disponible al apartado 1 y el 70% restante al 2.

El apartado b) «Para financiar pequeña y mediana infraestructura científica¯, el último párrafo del mismo quedará redactado de la siguiente forma: Para esta modalidad se destinarán 6.000.000 de E. Las ayudas se asignarán dentro de cada ponencia en base a la puntuación científica obtenida, fijándose dentro de cada una de ellas la puntuación mínima para poder obtener ayuda.

Añadir el apartado c), cuyo texto es el siguiente: En base a los criterios de evaluación señalados en este punto, apartado

a), se podrá asignar, a propuesta de la Comisión de Evaluación Científica y Tecnológica de Andalucía, una financiación adicional de hasta un máximo de 90.000 E, tanto para la actividad científica como para pequeña y mediana infraestructura, a aquellos Grupos que, con una puntuación científica igual o superior a 20 puntos, destaquen por su calidad investigadora, capacidad de participación en los Programas Marco de la Unión Europea y transferencia de tecnología al sector productivo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 13 de mayo de 2002

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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