Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 25/05/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 29 de abril de 2002, de la Dirección General de Administración Local, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Menjíbar (Jaén) a que enajene unas parcelas de sus bienes de propios a los vecinos ocupantes de las mismas.

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El Ayuntamiento Pleno de Menjíbar (Jaén) en sesión celebrada el 28 de enero de 2002 acordó regularizar las situaciones de hecho existentes en las fincas resultantes de la masa común de la concentración parcelaria, de acuerdo con lo señalado en la disposición adicional primera de la Ley 15/2001 y en la letra D) de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 7/99, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, previo informe favorable emitido por esta Dirección General de Administración Local con fecha 26 de noviembre de 2001.

Los vecinos han venido ocupando dichas parcelas dos años antes de la entrada en vigor de la Ley 7/99, quedando suficientemente acreditada la posesión pacífica y continuada de las mismas por un tiempo superior a dos años.

Las parcelas objeto de la enajenación directa y los adjudicatarios de las mismas son los que se relacionan a continuación:

1. Parcela 61 sita en el polígono 1, a favor de don Victoriano Fernández Zarcos, por un valor de 3.786,08 euros (629.950 ptas.). Finca Registral: Libro 237, finca núm. 14.184.

2. Parcela 117 sita en el polígono 2 , a favor de don Fernando Gómez Martos, por un valor de 4.347,87 euros (723.424 ptas.). Finca Registral: Libro 237, finca núm. 14.190.

3. Parcela 108 sita en el polígono 2, a favor de don Manuel Gómez Martos, por un valor de 6.325,47 euros (1.052.469 ptas.). Inscripción Registral: Libro 237, finca núm. 14.189.

4. Parcela 77 sita en el polígono 2, a favor de don Manuel Robles Reyes, por un valor de 3.335,03 euros (554.902 ptas.). Inscripción Registral: Libro 237, finca núm. 14.188.

5. Parcela 68 sita en el polígono 2, a favor de don Bernardino Maeso Medina, por un valor de 7.423,92 euros (1.235.236 ptas.). Inscripción Registral: Libro 237, finca núm. 14.187.

6. Parcela 60 sita en el polígono 2, a favor de don Bernardino Maeso Medina, por un valor de 5.056,29 euros (841.296 ptas.). Inscripción Registral: Libro 237, finca núm. 14.186.

7. Parcela 172 sita en el polígono 3, a favor de don Lorenzo Torres Castro, por un valor de 2.831,88 euros (471.186 ptas.). Inscripción Registral: Libro 237, finca núm. 14.193.

8. Parcela 115 sita en el polígono 3, a favor de don Francisco y don Blas García Torres, por un valor de 9.683,38 euros (1.611.179 ptas.). Inscripción Registral: Libro 237, finca núm.

14.192.

9. Parcela 90 sita en el polígono 3, a favor de doña Francisca Gálvez Beltrán, por un valor de 4.584,58 euros (762.810 ptas.). Inscripción Registral: Libro 237, finca núm. 14.191.

10. Parcela 33 sita en el polígono 3, a favor de doña Francisca Gálvez Beltrán, por un valor de 47.572,19 euros (7.915.346 ptas.). Inscripción Registral: Libro 237, finca núm. 14.194.

11. Parcela 56 sita en el polígono 11, a favor de don Juan Criado Murillo, don Antonio Najas Peral, don Florentino Alabarce Lérida, don Antonio Martos Cazalla y don Antonio Fernández Martínez, por un valor de 32.944,03 euros (5.481.425 ptas.). Inscripción Registral: Libro 237, finca núm. 14.198.

12. Parcela 5 sita en el polígono 10, a favor de don Antonio Delgado Bruno, por un valor de 1.663,30 euros (276.750 ptas.). Inscripción Registral: Libro de Mengíbar 237, finca núm.

14.196.

13. Parcela 41 sita en el polígono 11, a favor de don Bartolomé García Zamora y don Manuel Liébana González, por un valor de

6.385,08 euros (1.062.388 ptas.). Inscripción Registral: Libro

237, finca núm. 14.197.

14. Parcela 86 sita en el polígono 12, a favor de don José Linares Lorente, por un valor de 12.479,98 euros (2.076.494 ptas.). Inscripción Registral: Libro de Mengíbar 237, finca núm. 14.199.

15. Parcela 16 sita en el polígono 12, a favor de don Juan García Jurado, por un valor de 12.596,81 euros (2.095.933 ptas.). Inscripción Registral: Libro 237, finca núm. 14.201.

16. Parcela 11 sita en el polígono 14, a favor de don Vicente Zarcos Fernández, por un valor de 4.571,69 euros (760.666 ptas.). Inscripción Registral: Libro 237, finca núm. 14.202.

La legislación a tener en cuenta en la materia que nos ocupa está representada por la Disposición Transitoria Primera de la Ley 7/99, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, que señala que «las entidades locales podrán enajenar directamente los inmuebles de su propiedad en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, entre otros, en el siguiente supuesto:

D) Cualquier otro supuesto excepcional que la entidad local determine por analogía con los anteriores, previo informe favorable de la Consejería de Gobernación y Justicia¯.

Acreditada documentalmente la situación física y jurídica de los bienes inmuebles, su valoración por técnico competente, así como la posesión pacífica y continuada de los ocupantes de las mismas por un tiempo superior a dos años, resultan bastante en orden a proceder a la autorización para la enajenación de las parcelas de propiedad municipal.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/81, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.

En consecuencia, vistos los antecedentes expuestos, las disposiciones citadas y las normas generales de aplicación, se considera que en virtud de las competencias atribuidas de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.5 de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, y el art. 5.3 del Decreto 425/2000, de 7 noviembre, por el que se determinan los órganos competentes de la Consejería de

Gobernación en materia de tráfico jurídico, de bienes de las Entidades Locales, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Autorizar al Ayuntamiento de Menjíbar, provincia de Jaén, a que enajene las parcelas relacionadas anteriormente a sus ocupantes actuales y por los precios indicados.

Segundo. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la

notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de abril de 2002.- El Director General, Alfonso Yerga Cobos.

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