Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 13/06/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 17 de mayo de 2002, de la Dirección General de Administración Local, por la que se estima parcialmente la solicitud de autorización del Ayuntamiento de Adra (Almería) para que enajene quince viviendas de sus bienes de propios a los vecinos ocupantes de las mismas.

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Ha tenido entrada en esta Dirección General de Administración Local escrito del Ayuntamiento de Adra (Almería) solicitando la autorización para enajenar quince viviendas de sus bienes de propios a los adjudicatarios de las mismas.

Las viviendas cuya enajenación se pretende son las que se relacionan a continuación:

1. Vivienda sita en C/ Zacatín, número 23, a favor de don Sebastián Díaz Ferrer, por el precio de 45.676,92 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo 2178, Libro 557, Finca número 51300. Tiene una superficie de 88 m¯.

2. Vivienda sita en C/ Zacatín, número 25, a favor de doña Azucena Amador Romero, por el precio 40.868,82 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo 2178, Libro 557, Finca número 51301. Tiene una superficie de 86 m¯.

3. Vivienda sita en C/ Ecuador, número 11, 2.º A, a favor de doña María Martínez Corral, por el precio de 39.065,79 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo 2178, Libro 557, Finca número 51280. Tiene una superficie de 74,73 m¯.

4. Vivienda sita en C/ Ecuador, número 11, 2.º C, a favor de don José García Martínez, por el precio de 42.070,85 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo 2178, Libro 557, Finca número 51282. Tiene una superficie de 75,37 m¯.

5. Vivienda sita en C/ Ecuador, número 11, 2.º E, a favor de doña M.ª del Carmen García Rubio, por el precio de 42.070,85 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo

2178, Libro 557, Finca número 51284. Tiene una superficie de

75,30 m¯.

6. Vivienda sita en C/ Ecuador, número 11, 3.º B, a favor de doña Elena Sánchez Céspede, por el precio de 39.065,79 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo 2178, Libro 557, Finca número 51286. Tiene una superficie de 74,56 m¯.

7. Vivienda sita en C/ Ecuador, número 11, 3.º C a favor de don Miguel de Laca López, por el precio de 42.070,85 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo 2178, Libro 557, Finca número 51287. Tiene una superficie de 75,37 m¯.

8. Vivienda sita en C/ Ecuador, número 11, 3.º D, a favor de doña Carmen Ogalla González, por el precio de 42.070,85 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo 2178, Libro 557, Finca número 51288. Tiene una superficie de 74,51 m¯.

9. Vivienda sita en C/ Ecuador, número 11, 3.º E, a favor de don Antonio Jesús Moreno Cid, por el precio de 42.070,85 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo 2178, Libro 557, Finca número 51289. Tiene una superficie de 75,30 m¯.

10. Vivienda sita en C/ Ecuador, número 11, 4.º A, a favor de doña Rafaela García Fuentes, por el precio de 39.065,79 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo 2178, Libro 557, Finca número 51290. Tiene una superficie de 74,73 m¯.

11. Vivienda sita en C/ Ecuador, número 11, 4.º B, a favor de don Manuel del Moral Calvo, por el precio de 39.065,79 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo 2178, Libro 557, Finca número 51291. Tiene una superficie de 74,56 m¯.

12. Vivienda sita en C/ Ecuador, número 11, 4.º C, a favor de don Cristóbal Guerrero de Haro, por el precio de 42.070,85 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo

2178, Libro 557, Finca número 51292. Tiene una superficie de

75,37 m¯.

13. Vivienda sita en C/ Ecuador, número 11, 5.º C, a favor de don José Manuel Gallardo Tovar, por el precio de 42.070,85 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo

2178, Libro 557, Finca número 51297. Tiene una superficie de

75,37 m¯.

14. Vivienda sita en C/ Ecuador, número 11, 5.º E, a favor de don Juan Sirvent Ramos, por el precio 42.070,85 de euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo 2178, Libro 557, Finca número 51299 Tiene una superficie de 75,30 m¯.

15. Vivienda sita en C/ Zacatín, número 31, a favor de don José Antonio Pulido Castillo, por el precio 36.060,73 euros. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra, Tomo 2178, Libro 557, Finca número 51304. Tiene una superficie de 80 m¯.

Dicha solicitud se acompaña de la correspondiente

documentación, siendo especialmente significativa la que acredita la posesión pacífica y continuada de los ocupantes de catorce de las viviendas objeto de enajenación por un tiempo superior a dos años, así como su residencia efectiva.

La legislación a tener en cuenta en la materia que nos ocupa está representada por la Disposición Adicional Primera de Ley

15/2001, de 26 de diciembre, por la que aprueban Medidas Fiscales, Presupuestarias, de Control y Administrativas que señala que «Las Entidades Locales que no hayan enajenado directamente los inmuebles de su propiedad en el plazo señalado en el apartado 1 de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 7/99, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, podrán enajenar directamente desde la finalización del plazo establecido en la citada Ley hasta el 31 de diciembre del año 2002, en los siguientes supuestos:

B) Viviendas ocupadas mediante cualquier título por quienes ostenten la posesión pacífica de las mismas y cumplan los siguientes requisitos: a) Que el ocupante haya estado en posesión efectiva y continuada de la vivienda que constituya su domicilio habitual dos años inmediatamente antes de la entrada en vigor de la Ley cualquiera que sea su título de ocupación,

b) Que la entidad local no hubiere iniciado acciones de desahucio en vía administrativa o judicial antes de la entrada en vigor de esta Ley¯.

Acreditada documentalmente la situación física y jurídica de las viviendas, su valoración por técnico competente, así como la posesión pacífica y continuada de los ocupantes de las catorce viviendas descritas más arriba con los números 1 a 14 por un tiempo superior a dos años y su residencia efectiva, resultan bastante a los efectos de proceder a la autorización para su enajenación.

Por otro lado en el expediente tramitado no se da el supuesto establecido en la Disposición Adicional Primera de la Ley

15/2001, en cuanto no queda acreditada la posesión pacífica y continuada de los ocupantes de la última vivienda por un tiempo superior a dos años ni su residencia efectiva, resultando bastante en orden a proceder a la no autorización para la enajenación de una de sus quince viviendas de propiedad municipal.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/81, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.

En consecuencia, vistos los antecedentes expuestos, las disposiciones citadas y las normas generales de aplicación, se considera que, en virtud de las competencias atribuidas de conformidad con lo dispuesto en el art 44.5 de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, y art

5.3 del Decreto 425/2000, de 7 de noviembre, por el que se determinan los órganos competentes de la Consejería de

Gobernación en materia de tráfico jurídico de bienes de las Entidades Locales, esta Dirección General

R E S U E L V E

Primero. Autorizar al Ayuntamiento de Adra, provincia de Almería, a que enajene las catorce primeras viviendas

identificadas al principio de esta Resolución y que forman parte de su patrimonio municipal en las condiciones y

circunstancias expuestas.

Segundo. Denegar la autorización al Ayuntamiento de Adra, Provincia de Almería, para enajenar la última vivienda

anteriormente citada en esta Resolución con el número 15, y que forma parte de su patrimonio municipal en las condiciones y circunstancias expuestas.

Tercero. Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 17 de mayo de 2002.- EL Director General, Alfonso Yerga Cobos.

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