Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 27/06/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Cultura

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se somete a información pública el expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural, como monumento, del Palacio de los Marqueses de Montaña de Jerez de la Frontera (Cádiz).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Encontrándose en tramitación el procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural, categoría monumento, del Palacio de los Marqueses de Montana de Jerez de la Frontera (Cádiz) y atendiendo al estado en que se encuentran las actuaciones, se anuncia la apertura de período de información pública del expediente, de conformidad con los artículos 9.2. de la Ley 16/85, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; 13.1. de su reglamento de desarrollo, Real Decreto

111/1986, de 10 de enero; 86 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y apartado 13.2 de la Resolución de 1 de junio de 1999 de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delegan en los Delegados Provinciales de la Consejería determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico (BOJA núm. 73, de 26 de junio).

A tal efecto, el expediente en cuestión estará de manifiesto por plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que cuantos tengan interés en el mismo puedan, en el plazo citado, examinarlo y formular las alegaciones que estimen pertinentes. El lugar de exhibición es la Delegación Provincial de Cultura de Cádiz, Departamento de Protección e Instituciones del Patrimonio Histórico, C/ Cánovas del Castillo, 35, planta baja, de nueve a catorce horas.

Cádiz, 14 de mayo de 2002.- La Delegada, Josefa Caro Gamaza.

Justificación de la declaración del Bien. El Palacio de Domecq presenta una serie de valores artísticos que lo han configurado como ejemplo tipológico principal de las casas burguesas jerezanas del siglo XVIII y que justifican su Declaración como Bien de Interés Cultural. A ello hay que añadir su incidencia y significación en la trama urbana del casco antiguo de la ciudad como elemento relevante y conformador de los espacios urbanos que lo rodean.

El Palacio de los Marqueses de Montana constituye uno de los ejemplos más característicos de la arquitectura civil de la alta burguesía jerezana del S. XVIII, hasta el punto de poder ser considerado como el modelo típico del grupo.

El edificio se sitúa de forma exenta y presenta una planta prácticamente cuadrada, disponiéndose interiormente de forma casi simétrica. Su composición volumétrica es clara, prácticamente paralepipédica, mostrando al exterior su disposición en dos plantas diferenciadas por los tipos de huecos y delimitadas mediante cornisas, rematando el conjunto el sobrado, de menor altura y en el que se abren huecos rematados con rejas y situados en correspondencia con los de las plantas inferiores. Características éstas que resultan también usuales en la vivienda jerezana de la época. La fachada se compone con balcones de plantas muy movidas con tejaroces y guardapolvos de pizarra, destacando la portada principal rematada con un balcón.

Justificación de la delimitación del Bien. El criterio seguido establecer la delimitación del entorno afectado ha sido la valoración de la incidencia que posteriores actuaciones sobre dichos edificios y espacios del entorno pudieran tener sobre la imagen urbana del inmueble a declarar y no la una valoración cualitativa de los mismos.

El Palacio del Marqués de Domecq se sitúa como elemento ordenador de los espacios que lo circundan, antiguo Llano de San Sebastián, que ocupaba el vacío existente hasta el S. XVIII entre los conventos de San Juan de Dios y Santo Domingo. Las circunstancias expuestas nos llevan a incluir dentro del entorno afectado por la declaración, por una parte casi todos aquellos edificios que componen en su totalidad la manzana que ocupa el palacio, y por otra parte de aquellos inmuebles que configuran el ámbito urbano en el que la presencia del mismo resulta determinante, considerando como tal el que conforman las plazas de Aladro, Mamelón y del Marqués de Casa Domecq.

Descripción literal de la delimitación.

De los estudios e investigaciones realizadas sobre al inserción del bien en el tejido urbano se ha considerado que el entorno de protección debe circunscribirse a las siguientes parcelas:

- Manzana 60436: Parcelas 1, 4, 5.

- Manzana 59426: parcelas 1, 2, 3, 4.

Descargar PDF