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A los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la comunicación de las Resoluciones de 14 de marzo de 2002, se notifica a los Sres. Farmacéuticos a continuación relacionados con sus últimos domicilios conocidos, que habiendo solicitado la apertura de oficina de farmacia al amparo del R.D. 11/96, en la localidad de La Puebla de Cazalla, se consideran desistidos/as de su solicitud:
Doña Rosa Elena Méndez Redondo.
C/ Estación, 16-1.º A.
Las Rozas de Madrid.
28230, Madrid.
Don Petros Milonakos.
Camino Bajo de Huétor, 53.
18008, Granada.
Don Juan C. Cabeza Artero.
Calería, 1-3.º A.
41003, Sevilla.
Don Antonio Vaño Ezquerra.
Plaza de España, 2.
44586, Peñarroya de Tastavins (Teruel).
Don Oscar Hidalgo Sánchez.
Avda. de la Paz. Edif. Puertomar, 8-5.º C.
11500, El Puerto de Santa María (Cádiz).
Doña Carmen Escudero Castillo.
Avda. de Méjico. Edif. Granada, 3-5.ª
11405, Jerez de la Frontera (Cádiz).
Don Juan Parra de Haro.
Encina, 17, 1.º Dcha.
14400, Pozoblanco (Córdoba).
Doña María Córdoba Corral.
Estación, 96, Apt. 4.
18190, Cenes de la Vega (Granada).
Doña Teresa de J. Bautista Martín.
Virgen de la Paz, 23-2, 1.º E.
29400, Ronda (Málaga).
Sevilla, 21 de mayo de 2002.- El Delegado, Francisco J. Cuberta Galdós.
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